ACUERDO DE COOPERACION PARA LA PROMOCION DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA NUCLEARES EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE

Document typeAcuerdo
CategoryMultilateral
SubjectDesarme
.~
.
.J-
ACUERDO
DE
COOPERACION PARA
LA
PROMOCION
DE
LA
CIENCIA
Y
LA
TECNOLOGIA NUCLEARES
EN
AMERICA
LA
TINA
Y
EL
CARIBE
CONSIDERANDO, que los Estados Parte en el presente
Acuerdo
(en adelante
"Estados Parte") reconocen que en sus respectivos
programas
nacionales de
desarrollo nuclear existen sectores de interes
comun,
en los
que
una
mutua
cooperaci6n puede
contribuir
a
promover
Ia
ciencia y
tecnologfa
nucleares y su
utilizaci6n
con
fines
padficos,
asf
como
a un
mas
eficaz y
eficiente
aprovechamiento
de las capacidades disponibles;
RECORDANDO,
que
una de las funciones
estatutarias
del
Organismo
lnternacional
de Energfa
At6mica
(en adelante
"Organismo")
consiste
en
fomentar
y
facilitar
Ia
investigaci6n, el desarrollo y
Ia
aplicaci6n
practica
de
Ia
energfa nuclear
con
fines
padficos,
y
que
Ia
misma
puede potenciarse
estrechando
Ia
cooperaci6n
tcknica
entre sus Estados
Miembros
a traves de
Ia
aplicaci6n del
concepto
de
"Asociadas
para el
Desarrollo";
TENIENDO
EN
CUENTA, que -
con
el
patrocinio
del Organismo -los Estados Parte
desean
concertar
un
Acuerdo
Regional para el
fomento
y el
fortalecimiento
de
tales
actividades
de
cooperaci6n tecnica;
Los Estados Parte acuerdan lo siguiente:
ARTICULO I. OBJETIVO
1. Los Estados Parte,
con
el patrocinio del Organismo, se
comprometen
a
traves
de
sus
instituciones
nacionales
competentes
a propiciar,
fomentar,
coordinar
y ejecutar acciones
de
cooperaci6n
para
Ia
capacitaci6n,
Ia
investigaci6n,
el desarrollo y las aplicaciones
de
Ia
ciencia y
tecnologfa
nucleares en
Ia
regi6n de America Latina y el Caribe.
2.
El
presente
acuerdo se denominara
"Acuerdo
Regional
de
Cooperaci6n para
Ia
Promoci6n
de
Ia
Ciencia y
Ia
Tecnologfa Nucleares en
America
Latina y el
Caribe",
y se conocera
porIa
sigla
"ARCAL".
ARTICULO II. ORGANO
DE
REPRESENT
ANTES
1 . Los Estados Parte designaran sus
respectivos
Representantes Permanentes
ante
ARCAL.
Dichos representantes (en adelante "Representantes
de
ARCAL")
integraran el "Organo de Representantes
de
ARCAL"
(en adelante
"ORA"),
maximo
cuerpo decisorio del
Acuerdo,
el
que
se reunira, al
menos,
una vez al ario.

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