La sucesión de estados en materia de bienes y deudas de estado: el caso de la desintegración de la república federativa

AuthorTatsiana Ushakova
PositionDoctora en Derecho.
Pages865-884

    Agradezco al Profesor Carlos Jiménez Piernas sus consejos en la elaboración de este artículo.

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I Introducción

La desintegración de la República Federativa Socialista de Yugoslavia (RFSY) representa uno de los supuestos más complicados y trágicos de sucesión de Estados, ocurridos en Europa recientemente 1. En este caso, como en ningún otro, destaca el Page 866 papel de la Sociedad Internacional 2, y especialmente de las Organizaciones Internacionales. Su intervención fue decisiva para la determinación del estatuto de sucesores de todos los Estados en el territorio de la antigua Federación y para la resolución de las cuestiones concretas de sucesión en materia de bienes y deudas de Estado. Estas dos materias (de entre los numerosos ´efectos jurídicosª 3de la sucesión de Estados) se estudian aquí para presentar un análisis comparado entre las normas convencionales y la práctica de las repúblicas de la antigua RFSY y, de manera más general, vislumbrar cómo los tres elementos de la naturaleza sucesoria - el histórico, el político y el jurídico 4- se manifiestan en este supuesto de desintegración del Estado.

En 1918, se creó el Reino de los serbios, croatas y eslovenos, denominado Reino de Yugoslavia a partir de 1929 5. Después de la segunda guerra mundial, el Estado se transformó en una Federación socialista de seis repúblicas: Serbia, Croacia, Eslovenia, Bosnia-Herzegovina, Macedonia y Montenegro, y pasó a convertirse en uno de los países de la órbita de la Unión Soviética. En Yugoslavia, la cuestión nacional se resolvió según el modelo de la URSS. La nación dominante, los serbios, que representaban un 40 por 100 de la población, quedó dispersa entre todas las repúblicas federativas (generalmente, entre Serbia, Croacia y Bosnia-Herzegovina). Además, en Serbia se establecieron dos autonomías: Voevodina y Kosovo. No obstante, aun siendo la república más significativa por su territorio y su población, Serbia no llegó a tener una posición tan importante como la Federación Rusa en la URSS 6. La Constitución de 1974 estableció un mayor grado de independencia de todos los sujetos de la Federación, incluidas las provincias autónomas de Voevodina y Kosovo. A pesar de Page 867 todos los arreglos administrativos, con el transcurso de los años se agravaron las controversias nacionales y religiosas entre los distintos pueblos de Yugoslavia, y se dispararon después de la disolución del Pacto de Varsovia y del desmembramiento de la URSS.

En enero de 1990, en la XIV Asamblea de la Liga de comunistas de Yugoslavia, las delegaciones eslovena y croata proclamaron la independencia de sus correspondientes organizaciones republicanas 7. A este acto le siguieron las sucesivas declaraciones de independencia por parte de las repúblicas 8. En consecuencia, sólo dos sujetos de la antigua RFSY permanecieron unidos: Serbia y Montenegro (con las provincias autónomas de Kosovo y Voevodina). En abril de 1992, el Parlamento federal, compuesto por los representantes de la República de Serbia y de la República de Montenegro, anunció la creación de la República Federativa de Yugoslavia, que pretendía continuar, a efectos internos y externos, la personalidad jurídica del antiguo Estado socialista. Sangrientos conflictos en el territorio de varias repúblicas, en particular en Bosnia-Hezegovina, hicieron imposibles las pretensiones de la RFY y, asimismo, una negociación efectiva sobre los problemas de sucesión.

Tras la crisis en Kosovo en marzo de 2000, a finales del mismo año parecía estabilizarse la situación en el territorio de la ex RFSY. Sin embargo, la desintegración adquirió un nuevo impulso con la reforma constitucional de la RFY, pactada en marzo de 2002 y llevada acabo en febrero de 2003 9. Las autoridades de Serbia y los independentistas de Montenegro acordaron entonces el fin de la existencia de la RFY y la formación de un nuevo Estado de Serbia y Montenegro. Las partes se comprometieron a preservar el Estado común, aunque con competencias centrales muy reducidas, por al menos tres años.

II Influencia del reconocimiento sobre la sucesión en el caso yugoslavo
1. Estatuto jurídico internacional de la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)

El proceso de disolución de la RFSY demostró que, desde sus comienzos, existían dos posiciones opuestas: la de Serbia [posteriormente, RFY (Serbia y Montenegro)] y la de las otras repúblicas que formaban parte de la antigua Federación Yugos- Page 868 lava. Las últimas luchaban por su independencia, invocando el derecho a la autodeterminación de los pueblos y, en consecuencia, el derecho a la separación. A su vez, la República de Serbia centró sus esfuerzos en evitar el desmembramiento de la RFSY, apoyándose en el principio de la integridad territorial del Estado. No obstante, pasado un tiempo y al fracasar su estrategia centralista 10, se vio obligada a cambiar de criterio y acudir a otros argumentos, como la continuidad de la personalidad jurídica de la antigua RFSY por la RFY (Serbia y Montenegro).

En este sentido, la voluntad de un Estado es un factor importante, pero no único ni dominante, dado que el hecho de la continuidad o no de un sujeto tiene grandes repercusiones. Según el Derecho Internacional, si un Estado se considera como Estado continuador, y los demás como Estados sucesores, la situación en el territorio del antiguo Estado se califica como una separación de los Estados del Estado anterior, que sigue existiendo. Si, en cambio, no se aprecia la continuidad, todos los sujetos independientes se reconocen como Estados sucesores, y la situación se define como una disolución del Estado predecesor, que desaparece 11.

Tanto la doctrina de Derecho Internacional como la práctica de Estados, care- ce de criterios precisos para constatar el hecho de la desaparición o de la continuidad de un Estado en el supuesto de desmembramiento 12. La valoración de los elementos constitutivos del Estado (el territorio, la población, el poder de Estado y la soberanía) no parece suficiente, ni da resultados satisfactorios. En los casos de creación de nuevos Estados, éstos siempre conservan algunos elementos de sus predecesores: con otras palabras, siempre existe una continuidad de facto 13. No obstante, del mismo modo podría afirmarse lo contrario, en particular para el fenó- Page 869meno de desmembramiento de una federación: los nuevos Estados jamás disponen de la totalidad, o ni siquiera de la parte esencial de los elementos del Estado desaparecido 14.

No cabe duda alguna de que la RFY (Serbia y Montenegro) presentaba una parte importante de los elementos constitutivos de la antigua RFSY. En defensa de su identidad 15con la RFSY, la RFY reiteró los siguientes argumentos: la conservación de una parte significativa del territorio y de la población; la existencia de un Gobierno independiente y la organización de poder según la Constitución del Estado; una posición de Serbia y Montenegro como el núcleo del Estado yugoslavo del que provenían todos los derechos y las obligaciones, tratados internacionales y participación en las Organizaciones Internacionales. En definitiva, la RFY insistía en que reunía las condiciones materiales y jurídicas suficientes para la continuidad de la RFSY 16. Sin embargo, la práctica internacional reciente en este ámbito se apoya en otro criterio, llamado extrajudicial o político, esto es, el reconocimiento de tal continuidad por otros sucesores en el territorio del antiguo Estado y por la mayoría de los sujetos de la Sociedad Internacional 17. Precisamente, estos criterios jugaron un papel decisivo para denegar a la RFY el estatuto de Estado que continúa, a todos los efectos, la personalidad de la RFSY 18.

2. Práctica de reconocimiento de los nuevos estados en el territorio de la antigua RFSY

Desde el inicio del proceso de desmembramiento del Estado yugoslavo, Bosnia-Herzegovina, Croacia, Eslovenia y Macedonia se negaron a aceptar el estatuto particular de la RFY 19. Eslovenia se mostró más categórica en este sentido, al subrayar el hecho de la disolución y, asimismo, el fin de la existencia de la RFSY, en la carta del Ministerio de Asuntos Exteriores de Eslovenia al Secretario General de la ONU 20. Una postura menos explícita, pero del mismo contenido, se aprecia en las declaraciones de Macedonia y Croacia en el marco de los acuerdos correspondientes de cada Page 870 república con la RFY 21. Ambos Estados reconocieron la continuidad de la RFY, aunque no con respecto a la antigua RFSY, sino con respecto a los...

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