Sentencia Nº 2422 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 20-12-2019

Cabe recordar que la desestimación del REF por falta de adecuación del planteo a las exigencias reglamentarias establecidas por la Acordada Nº 4/2007 de la CSJN no exige una fundamentación exhaustiva, a tenor del art. 11 de la misma acordada que establece que: “En el caso de que el apelante no haya satisfecho alguno o algunos de los recaudos para la interposición del recurso extraordinario federal y/o de la queja, o que lo haya hecho de modo deficiente, la Corte desestimará la apelación mediante la sola mención de la norma reglamentaria pertinente… Del mismo modo deberán proceder los jueces o tribunales cuando...

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