La Resolución 1497 (2003) del consejo de seguridad: ¿Una vuelta al régimen de capitulaciones en el derecho internacional?

AuthorElena García Rico
PositionProfesora Titular de Derecho internacional público/Universidad de Málaga
Pages185-192

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  1. A pesar de su alcance y contenido, la Resolución 1497 (2003) del Consejo de Seguridad (CS) de Naciones Unidas (NU) sobre la situación en Liberia, parece haber pasado desapercibida entre las numerosas resoluciones relativas al establecimiento de operaciones de mantenimiento de la paz adoptadas por este órgano recientemente. El escaso interés suscitado, no obstante, resulta comprensible en la medida en que tiene como objetivo principal autorizar la creación, en el marco del capítulo VII de la Carta, de una fuerza multinacional que permita acabar con la amenaza para la paz y seguridad internacional inherente a los conflictos armados que se desarrollan en numerosos países del continente africano. En este sentido, hemos de reconocer que la decisión del CS acerca de Liberia, en poco se diferencia de aquellas otras Resoluciones relativas a la situación en Costa de Marfil [Resolución 1528 (2004), de 27 de febrero], República Democrática del Congo [Resolución 1484 (2003), de 30 de mayo] o Etiopía y Eritrea [Resolución 1320 (2000), de 15 de septiembre], entre otras.

    Ahora bien, un examen riguroso de la Resolución 1497 (2003) pondría de manifiesto, en nuestra opinión, la existencia de un elemento novedoso y de gran relevancia contenido en el párrafo 7.º de la misma, a tenor del cual el Consejo de Seguridad: «Decide que los ex funcionarios u oficiales, o los que están actualmente en servicio, de un Estado aportante que no sea una parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, quedarán sujetos a la jurisdicción exclusiva de ese Estado aportante en relación con todos los presuntos actos u omisiones dimanantes de la fuerza multinacional o de la fuerza de estabilización de las Naciones Unidas en Liberia, o relacionados con ellas, a menos que ese Estado aportante haya renunciado expresamente a dicha jurisdicción exclusiva».

  2. Nuestra afirmación en torno a la importancia y trascendencia de esta parte del dispositivo, encuentra apoyo en el análisis de las circunstancias y el contexto dentro del cual se adoptó, el 1 de agosto de 2003, la Resolución que examinamos. AlPage 186 respecto, debemos comenzar por señalar que constituyó la primera ocasión en que el CS permitió el despliegue de una fuerza multinacional tras la adopción de la Resolución 1487 (2003) sobre Operaciones de Mantenimiento de la Paz, el 12 de junio de 2003. En ella se procedía a la renovación, por un nuevo período de doce meses, de una petición idéntica a la formulada por este órgano en el párrafo 1.º de la Resolución 1422 (2002), donde se exigía «de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Estatuto de Roma, que la Corte Penal Internacional, si surge un caso en relación con acciones u omisiones relacionadas con operaciones establecidas o autorizadas por las Naciones Unidas y que entrañe la participación de funcionarios, ex funcionarios, personal o antiguo personal de cualquier Estado que no sea parte en el Estatuto de Roma y aporte contingentes, no inicie, ni prosiga, durante un período de doce meses a partir del 1.º de julio de 2003, investigaciones o enjuiciamientos de ningún caso de esa índole salvo que el Consejo de Seguridad adopte una decisión en contrario».

    A diferencia de la 1422 (2002), sin embargo, que fue adoptada por unanimidad el 12 de julio de 2002, la Resolución 1487 (2003) se aprobó con las abstenciones de tres Estados miembros del Consejo de Seguridad (Francia, Alemania y Siria), mientras que otros tantos mostraron serias reservas a pesar de su voto afirmativo 1. Por su parte, un representativo número de Estados solicitó intervenir en el debate que precedió a su adopción, en el transcurso del cual quedó de manifiesto el rechazo de todos ellos a condicionar la renovación y autorización de las operaciones de mantenimiento de la paz de NU, a la exclusión de la competencia de la Corte Penal Internacional (CPI) sobre el personal que participe en las mismas 2.

    Asimismo, en contra de la opinión expresada por el Secretario General y otros Estados de la organización 3, la Resolución 1487 (2003) reitera en su segundo párrafo la intención del Consejo de «renovar en las mismas condiciones, el 1.º de julio de cada año, la petición que se indica en el párrafo 1 para períodos sucesivos de doce meses durante el tiempo que sea necesario».

    Sin que resulte necesario examinar en profundidad estas Resoluciones 4, podemos afirmar que ambas comparten con la Resolución 1497 (2003) el objetivo de limitar la jurisdicción de la Corte Penal Internacional respecto de las personas que presten servicios en las operaciones de mantenimiento de la paz de Naciones Unidas.

  3. Este objetivo ha sido perseguido con interés por Estados Unidos, patrocinador de este conjunto de decisiones, en la medida en que su principal preocupación «es que el personal estadounidense pueda estar sometido a la jurisdicción de la Corte, incluso aunque los Estados Unidos no sean parte en el Estatuto de Roma» 5. No esPage 187 casual, por tanto, que este país exigiera la adopción de la Resolución 1422 (2002) antes de aceptar la prórroga del mandato de la Fuerza Multinacional de Estabilización en Bosnia-Herzegovina, en la que participan unidades de su ejército (tras vetar el proyecto de resolución S/2002/712, de 30 de junio de 2002).

    Tampoco resulta extraño que, en aplicación del artículo 32 del reglamento del Consejo, rechazara someter a votación párrafo a párrafo el proyecto de resolución sobre Liberia con el fin de incluir el polémico párrafo 7.º trascrito ut supra y, con ello, asegurar inmunidad a los miembros de sus fuerzas armadas que formaran parte de la Fuerza Multinacional cuyo establecimiento autoriza la Resolución 1497 (2003).

    En la votación tras la cual se adoptó esta Resolución, Francia, Alemania y México se abstuvieron debido, precisamente, a la inclusión del mencionado párrafo, aunque coincidían plenamente con la necesidad de establecer esa fuerza multinacional 6. Sobre el sentido de su decisión, resultan clarificadoras las palabras del representante mexicano, al considerar esta parte del dispositivo como «irrelevante y ajeno al objetivo de restablecer la seguridad y la paz en Liberia e innecesario para los propósitos que busca esta resolución» 7.

    La calificación del intento de garantizar inmunidad de jurisdicción de la CPI al personal que participa en operaciones establecidas o autorizadas por NU como de innecesaria, fue ya avanzada por algunos Estados en el transcurso de los intensos debates que precedieron a la adopción de las Resoluciones 1422 (2002) y 1487 (2003) 8.

    De igual modo, podemos detectar en la explicación de su voto respecto de la Resolución 1497 por el representante del gobierno alemán 9, una gran coincidencia con los argumentos esgrimidos en su momento contra la adopción de las Resoluciones 1422 y 1487. En particular, aquellos que alertaban sobre el riesgo inherente a la asunción como válida de la postura estadounidense, según la cual la eficacia de las operaciones de mantenimiento de la paz depende en última instancia de una limitación al ejercicio de su jurisdicción por la CPI 10.

    Frente a las tesis presentadas por Estados Unidos, en efecto, fueron muchas las voces que rechazaron lo que se consideraba un enfoque equivocado, por considerar que las operaciones de mantenimiento de la paz «y la institución de la Corte Penal Internacional son dos importantes pilares para el logro de las metas de las Naciones Unidas» 11 y no constituye, por tanto, «una amenaza al mantenimiento de la paz» 12.

  4. A pesar de compartir objetivos y situarse en el contexto del rechazo de Estados Unidos a la CPI, consideramos que la Resolución 1497 (2003) muestra algunas diferencias respecto de las polémicas Resoluciones 1422 (2002) y 1487 (2003), que merecen ser destacadas. En primer lugar, el dato relativo al escaso interés mostradoPage 188 por aquellos Estados que habían rechazado...

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