Resolution No. 36 IACHR. Precautionary Measure No. 516/20 (Venezuela), 17-07-2020

Case OutcomeGranted
Respondent StateVenezuela
Date17 July 2020
CourtInter-American Comission of Human Rights
Resolution Number36
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COMISIÓNINTERAMERICANADEDERECHOSHUMANOS
RESOLUCIÓN36/2020
Medidas cautelares No. 516-20
M.C.C.M. respecto de la República Bolivariana de Venezuela
17 de julio de 2020
I. INTRODUCCIÓN
1. El 3 de junio de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares presentada por
las organizaciones Foro Penal y Robert F. Kennedy Human Rights (“los solicitantes”), instando a la
Comisión que requiera a la Reblica Bolivariana de Venezuela (“el Estado” o “Venezuela”) que proteja
los derechos de M.C. Carrero M. (“la propuesta beneficiaria”), quien habría sido
privada de libertad en abril de 2020 por agentes estatales y cuyo paradero o localización se desconoce a
la fecha.
2. La CIDH solicitó información el 11 de junio de 2020, de conformidad con el artículo 25.5 de su
R.mento y XIII de la Convención Interamericana sobre D.ición Forzada de Personas. El 25 de
junio de 2020, los solicitantes remitieron información adicional.
3. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por los solicitantes, la Comisión
considera, desde el estándar primafacieaplicable, que la señora M..C.C.M. se
encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derech os a la vida e integridad
personal enfrentan un riesgo de daño irreparable. Por consiguiente, se solicita a la República Bolivariana
de V enezuela que: a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad
personal de la señora M.C.lina C.M.. En particular, informe si la beneficiaria se
encuentra bajo custodia del Estado y las circunstancias en las que está detenida, o bien, de las medidas
encaminadas a determinar su paradero o destino; y b) implemente las acciones tendentes a investigar
los hechos que motivaron el otorgamiento de esta medida cautelar y evitar así su repetición.
II. RESUMENDEHECHOSYARGUMENTOS
1. Informaciónaportadaporlossolicitantes
4. La propuesta beneficiaria es M.C.C.M., ciudadana venezolana, de
profesión contadora, residente en Caracas. El 2 de abril de 2020, habría sido detenida por
aproximadamente 15 agentes de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM)
quienes habrían irrumpido en su vi vienda, presuntamente por su relación con un asesor del señor
Juan Guaidó. Asimismo, se habrían llevado varios objetos valiosos y aparatos electrónicos de la
familia e indicado a los padres de M..C. que se la llevaban temporalmente y que la
“traerían de vuelta”.
5. Inicialmente, ella habría sido detenida en la DGCIM. Durante el primer mes, solo se le habría
permitido realizar una llamada de teléfono “extremadamente” corta una vez por semana, siempre
en presencia de agentes. El 4 de abril de 2020, la propuesta beneficiaria fue imputada penalmente
por los cargos de “asociación para delinquir” y “ocultación de armas de fuego y explosivos”,
respecto de los cuales los solicitantes presentaron diversos cuestionamientos sobre debido

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