Resolution No. 26 IACHR. Precautionary Measure No. 170/18 (El Salvador), 03-05-2018

Case OutcomeGranted
Case TypePrecautionary Measures
Respondent StateEl Salvador
Date03 May 2018
CourtInter-American Comission of Human Rights
Resolution Number26
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN 26/2018 DE OTORGAMIENTO
Medida cautelar No. 170-18
Ó.Á.R. respecto de El Salvador
3 de mayo de 2018
I. INTRODUCCIÓN
1. El 6 de marzo de 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares presentada por
un solicitante cuya identidad requirió se mantuviera bajo reserva (“el solicitante”), instando a la
Comisión que requiera a la República de El Salvador (“El Salvador” o “el Estado”) la adopción de las
medidas de protección necesarias para garantizar la vida e integridad personal del señor Ó.Á.
.
R. (“el propuesto beneficiario”). Según la solicitud, el propuesto beneficiario fue deportado de
Estados Unidos en septiembre de 2017 y, desde el 4 de enero de 2018, se desconocería su paradero o
destino.
2. Tras haber solicitado información al Estado conforme al artículo 25 de su Reglamento, la
Comisión recibió su respuesta el 25 de abril de 2018.
3. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por las partes, la Comisión
considera que la información presentada demuestra prima facie que el señor O.Á.R. se
encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad
personal enfrentan un riesgo de daño irreparable. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del
Reglamento de la CIDH, la Comisión solicita a El Salvador que: a) adopte las medidas necesarias para
proteger los derechos a la vida e integridad personal del señor O.Á.R. y, en particular, para
determinar su paradero o destino; y b) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los
presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar.
II. RESUMEN DE HECHOS Y ARGUMENTOS
1. Información alegada por el solicitante
4. El propuesto beneficiario de dieciocho años de edad habría estado viviendo en la ciudad de
Arlington, estado de Virginia, Estados Unidos. Cuando todavía era menor de edad, el propuesto
beneficiario habría participado en una riña en su escuela y, por consiguiente, habría sido detenido y
posteriormente puesto en libertad condicional, teniendo que acudir a firmar periódicamente ante el
juez. Al alcanzar la mayoría de edad, el propuesto beneficiario habría sido deportado a El Salvador en
septiembre de 2017.
5. Según el solicitante, una vez deportado, el propuesto beneficiario estuvo viviendo por tres
meses en casa de una tía, en la “colonia 15 de septiembre, pasaje nº 3, casa nº 5”, constando en el
expediente información de contacto telefónico. El 4 de enero de 2018, “[…] unos muchachos [habrían
llegado] a sacarlo de la casa”, y desde ese día no se tendrían noticias sobre su destino o paradero. El
solicitante indicó que familiares en El Salvador acudieron ante diversas instituciones públicas pero no
obtuvieron información, denunciando que las labores de búsqueda solamente empezaron hasta cuatro

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