A/RES/S-21/2. Resolution of the United Nations General Assembly, 1999

Resolution NumberA/RES/S-21/2
Year1999
SessionSpecial
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Subject MatterPopulation and development
NACIONES A
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/S–21/2
8 de noviembre de 1999
Vigésimo primer período extraordinario de sesiones
Tema 8 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/S–21/5 y Add.1)]
S–21/2. Medidas clave para seguir ejecutando el Programa de Acción de la
Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo
La Asamblea General
Aprueba las medidas clave para seguir ejecutando el Programa de Acción de la Conferencia
Internacional sobre la Población y el Desarrollo que figuran en el anexo de la presente resolución.
9a. sesión plenaria
2 de julio de 1999
ANEXO
Medidas clave para seguir ejecutando el Programa de Acción de la Conferencia Internacional
sobre la Población y el Desarrollo
I. PREÁMBULO
1. El Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo1, aprobado
por consenso el 13 de septiembre de 1994, tal como figura en el informe de la Conferencia y que la
1Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de
septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1,
anexo.
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A/RES/S21/2
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Asamblea General hizo suyo en su resolución 49/128, de 19 de diciembre de 1994, marcóel inicio de una
nueva era en las esferas de la población y el desarrollo. El objetivo del acuerdo trascendental concertado
en la Conferencia fue mejorar la calidad de vida y el bienestar de los seres humanos y promover el
desarrollo humano reconociendo las interrelaciones existentes entre las políticas y los programas de
población y desarrollo encaminados a lograr la erradicación de la pobreza, el crecimiento económico
sostenido en el contexto del desarrollo sostenible, la educación, especialmente de la niña, la equidad y la
igualdad entre los géneros, la reducción de la mortalidad de lactantes, niños y madres, el acceso universal
a los servicios de salud reproductiva, incluida la planificación de la familia y la salud sexual, las
modalidades sostenibles de consumo y producción, la seguridad alimentaria, el desarrollo de los recursos
humanos y la garantía de todos los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo como derecho
universal e inalienable y como parte integral de los derechos humanos fundamentales.
2. En el Programa de Acción se reconoce que el objetivo de la potenciación y la autonomía de la mujer
y el mejoramiento de su situación política, social, económica y de salud es, en símismo, una meta
sumamente importante y es esencial para el logro del desarrollo sostenible. Para alcanzar los objetivos del
Programa de Acción es esencial hacer una mayor inversión en servicios de salud y educación para todos
y en particular para la mujer, a fin de permitir su participación plena y en condiciones de igualdad en la
vida civil, cultural, económica, política y social.
3. En el Programa de Acción se destaca que todos tienen derecho a la educación, que deberáestar
orientada hacia el pleno desarrollo de los recursos humanos y de la dignidad y el potencial humanos, con
particular atención a la mujer y la niña, y que, por consiguiente, todos deben recibir la educación necesaria
para satisfacer las necesidades humanas básicas y para ejercer los derechos humanos. Se insta a la
eliminación de todas las prácticas que discriminan contra la mujer y se afirma que la promocióndela
igualdad y la equidad entre los géneros y la potenciación del papel de la mujer, la eliminación de todo
tipo de violencia contra ella y la garantía de la capacidad de la mujer de controlar su propia fecundidad
son piedras angulares de los programas relacionados con la población y el desarrollo. Se afirma también
que los derechos humanos de la mujer y de la niña son una parte inalienable, integral e indivisible de los
derechos humanos universales. Se afirma además que los derechos de salud reproductiva abarcan ciertos
derechos humanos ya reconocidos en las legislaciones nacionales, los instrumentos internacionales de
derechos humanos y otros documentos aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el
reconocimiento del derecho fundamental de todas las parejas y todas las personas a decidir libre y
responsablemente el número de sus hijos y el espaciamiento y el momento de los nacimientos, y a
disponer de la información y los medios necesarios para poder hacerlo, asícomo el derecho a disfrutar
del más alto nivel de salud sexual y reproductiva. También incluyen su derecho a tomar decisiones en
materia de reproducción sin ser sometidos a discriminación, coerción ni violencia, según se establece en
diversos documentos de derechos humanos. En ejercicio de este derecho, deberán tener en cuenta las
necesidades de sus hijos nacidos y futuros y sus obligaciones con la comunidad. La promoción del
ejercicio responsable de esos derechos para todos debe ser la base primordial de las políticas y los
programas estatales y comunitarios en la esfera de la salud reproductiva, incluida la planificacióndela
familia.
4. La Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y su ejecución deben considerarse
en estrecha relación con los resultados y el seguimiento coordinado de las demás conferencias importantes
de las Naciones Unidas celebradas en el decenio de 1990. El progreso en la ejecución del Programa de
Acción se debe apoyar en el seguimiento integrado de todas las conferencias y cumbres importantes de
las Naciones Unidas y estar en armonía con dicho seguimiento.
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