A/RES/70/235. Resolution of the United Nations General Assembly, 2015

Resolution NumberA/RES/70/235
Year2015
Session70th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Naciones Unidas
A/RES/70/235
Asamblea General
Distr. general
15 de marzo de 2016
Septuagésimo período de sesiones
Tema 79 a) del programa
15-16989 (S)
*1516989*
Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2015
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/70/L.22 y Add.1)]
70/235. Los océanos y el derecho del mar
La A samblea General ,
Reco rdand o su s resol uciones anua les rela tivas a l derec ho del mar y a l os
océa nos y el derec ho del mar, inc luida la res olución 69/24 5, de 29 de d iciembr e
de 2014 , y la s demás resol uciones relativ as a la Conve nción d e las Nacione s Unid as
sobr e el Der echo del Mar (l a Conve nción)
1
,
Reco rdand o tam bién a ese res pecto la reso lución 69/292 , de 19 de ju nio
de 2015 , relativ a a la el aboració n de un i nstrumen to inter nacional jurídic amente
vinc ulante en el mar co de la Co nvención relat ivo a la con servaci ón y el uso
sost enible de la d iversida d biol ógica marin a de las zona s situ adas fu era de la
juris dicción naciona l,
Habi endo exa minado el infor me del Secre tario Ge neral
2
, el res umen de la
prime ra eva luación integr ada d el med io ma rino a escal a mund ial
3
, tr ansmiti do en la
carta de fecha 7 de j ulio d e 2015 dirig ida a l Presi dente de la Asamble a Gen eral p or
los copresid entes d el Grup o de Trab ajo Ple nario E special sobre el Proces o Ordin ario
de Prese ntación de Inf ormes y Evalua ción del Estad o d el Medio Marin o a Es cala
Mund ial, incl uidos lo s Aspectos Socioe conómic os (el Pr oceso Or dinario)
4
, y lo s
infor mes sobre la la bor del Grup o d e Tr abajo Plen ario Espec ial sobre el Pro ceso
Ordinario
5
, del Proces o Abierto de C onsultas Oficio sas de l as Naci ones Uni das
sobr e l os Océano s y el Derech o del Mar (el Pr oceso de Consult as Oficios as) en
su 16ª reunión
6
y so bre la 25ª Re unión d e los E stados P artes en la Conv ención
7
,
Reco noci endo la eminent e contr ibución de la Convenci ón al f ortaleci miento de
la pa z, la seg uridad, la co operació n y las r elacione s de amis tad entr e todas las
nacio nes, de co nformid ad co n los princ ipios de j usticia e i gualdad de derecho s, así
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1834, núm. 31363.
2
A/70/74 y Add.1.
3
Evaluación Mundial de los Océanos I.
4
Véase A/70/112.
5
A/70/418.
6
A/70/78.
7
SPLOS/287.
Los océanos y el derecho del mar
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como a la promoc ión del pr ogreso ec onómico y social de t odos los p ueblos de l
mund o, de con formidad con los p ropósito s y princi pios de l as Nacion es Unida s
enunc iados en la Ca rta de las Nac iones Unid as, y al desarr ollo soste nible de los
océa nos y lo s mares,
Poni endo de reliev e el cará cter u niversal y unita rio d e la Con vención y
reafi rmando q ue e n el la s e en uncia el marco j urídico d entro de l cua l de ben
desar rollars e toda s l as act ividade s en los o céanos y l os mar es, qu e revi ste
impo rtancia estraté gica c omo ba se de las ac tividad es y l a co operació n en los pla nos
nacio nal, regi onal y mund ial e n el se ctor mari no, y que d ebe mante nerse su
integ ridad, como reconoci ó tamb ién la Confer encia de las Nacione s Unid as sob re el
Medi o Ambient e y el D esarrol lo en el capítu lo 17 del Program a 21
8
,
Reco noci endo la impor tante c ontribuc ión del de sarrollo y la o rdenació n
sost enibles de los rec ursos y los usos de lo s o céanos y los mare s a l l ogro de los
obje tivos internac ionales de desarr ollo, incluid os lo s que figur an en la Declar ación
del Milenio
9
,
Obse rvando con satis facción que en el d ocument o fi nal d e la Confe rencia de
las Nac iones Unid as sobre el Desa rrollo Sost enible, la cua l t uvo lugar en Río de
Jane iro (Br asil) de l 20 a l 22 de j unio d e 2012, titulad o “El futuro que que remos”
10
y
que la Asam blea G eneral hizo suyo e n la r esolució n 66/288, de 27 de julio de 20 12,
los Estados reconoc ieron qu e los o céanos, los mar es y las zonas c osteras constit uyen
un comp onente int egrado y esen cial del ecosi stema terre stre y son fund amental es
para manten erlo, y qu e el d erecho in ternacio nal, ref lejado en l a Co nvenció n,
cons tituye el mar co jurí dico d e la c onserva ción y el us o sost enible de los océan os y
sus recurs os, y dest acaron la i mportan cia d e la conser vación y e l uso sost enible de
los o céanos y mares y sus r ecursos para el desarro llo sos tenible, en part icular d ebido
a su contri bución a la err adicació n de l a pobre za, el d esarrol lo econó mico so stenido ,
la s eguridad alimen taria y la cre ación d e medio s de v ida sos tenibles y tr abajo
dece nte, así c omo de la prot ección de la d iversida d bi ológica y el me dio marino y
las medidas para ha cer frent e a los efectos del cam bio cli mático,
Acog iendo con benep lácito el docume nto final de la cumbre de las Nacio nes
Unid as p ara la apr obación de la a genda par a el de sarroll o des pués de 20 15,
celeb rada de l 25 al 27 de s eptiembr e de 2 015, ti tulado “Transfor mar nue stro mu ndo:
la Ag enda 2 030 pa ra el Desarr ollo So stenibl e” y aprobad o por la Asam blea G eneral
en s u resolu ción 70 /1, de 25 de se ptiembr e de 20 15, y, a e se resp ecto, re afirmand o el
comp romiso de con servar y utili zar en forma sostenib le los océanos , los mares y los
recu rsos ma rinos para e l desa rrollo sosteni ble, co mo se reflej a en el obj etivo 1 4 del
docu mento fi nal,
Reco noci endo lo s párra fos 64 y 65 de la Agen da de A cción d e Addis Abeba d e
la Tercer a Con ferencia Inte rnacion al so bre l a Fin anciació n par a el De sarroll o,
apro bada en la Conf erencia, que se celebró del 13 a l 16 de j ulio de 2015
11
,
Reco rdand o q ue, en el d ocument o “El futur o que quere mos”, los Estad os
reca lcaron q ue la particip ación a mplia d el públ ico y e l acces o a la informa ción y los
_______________
8
Informe d e la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las
Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo II.
9
Resolución 55/2.
10
Resolución 66/288, anexo.
11
Resolución 69/313, anexo.
Los océanos y el derecho del mar
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proc edimient os judi ciales y ad ministr ativos eran esenc iales p ara pro mover el
desar rollo s ostenibl e y que el desa rrollo s ostenibl e reque ría la i mplicaci ón efec tiva y
la pa rticipa ción act iva de las a utoridad es legis lativas y jud iciales regio nales,
nacio nales y su bnaciona les, así co mo d e tod os los grup os pr incipale s, y que, a est e
respe cto, convini eron en co laborar más estrec hamente con los grupos prin cipales y
demá s inter esados y los alenta ron a que p articipa ran ac tivament e, seg ún pro cediera,
en los pr ocesos que c ontribu yeran a la adopci ón de decisi ones, la pla nificaci ón y la
aplic ación de po líticas y pr ogramas que foment aran e l desa rrollo sosteni ble a todos
los n iveles,
Cons cien te de q ue los pro blemas d el espaci o oceánic o están e strecham ente
relac ionados entre sí y han de exa minarse en conju nto, aplic ando u n enfo que
integ rado, interdi sciplina rio e inte rsectori al, y reafi rmando la necesid ad de mej orar
la coo peració n y la coordi nación e n los plano s naciona l, region al y mundi al, de
confo rmidad con la Convenci ón, p ara a poyar y co mplemen tar la labo r de cada uno
de l os Esta dos en l a promo ción de la apl icación y la ob servanc ia de l a Conve nción y
la or denació n integr ada y el desarro llo sos tenibl e de los océanos y los m ares,
Reit erand o la ne cesidad esenc ial de que exista coope ración, por medios como
la creación de capacida d y la tra nsferenc ia de tecnol ogía ma rina, a fin de q ue tod os
los Estado s, esp ecialmen te los paíse s en desarro llo y en pa rticular los países menos
adela ntados y los pe queños Esta dos insular es en desarrol lo, así como los Est ados
riber eños d e Áfric a, pued an a la v ez apl icar la Con vención y ben eficiars e del
desar rollo sostenib le de los o céanos y los mares , así como partici par ple namente en
los f oros y pr ocesos m undiale s y regi onales s obre asu ntos rel acionado s con lo s
océa nos y el derecho del ma r,
Ponien do de relieve la n ecesidad d e hacer qu e las orga nizaciones internacion ales
comp etentes estén en mejo res condi ciones d e contrib uir, en lo s planos mund ial,
regi onal, sub regiona l y b ilateral , me diante pr ograma s de coo peració n co n lo s
gobi ernos, a l desarr ollo de la capa cidad na cional en cienc ias del mar y l a orden ación
sost enible d e los oc éanos y sus recu rsos,
Reco rdand o qu e las ci encias del mar son imp ortantes para er radicar la po breza,
cont ribuir a la segurid ad alim entaria , cons ervar el med io y los re cursos marinos del
mund o, ayud ar a c omprend er y p redecir los fen ómenos natural es y r esponde r a ell os
y fo mentar el d esarrol lo sost enible d e los océa nos y l os mar es, pue s permi ten
aume ntar los conoc imientos me diante acti vidades sos tenidas de inve stigaci ón y la
eval uación d e los re sultado s de la vigil ancia y aplicar esos co nocimie ntos a la
orde nación y a la ad opción de decis iones,
Reit erando su pro funda preocu pación por los grav es ef ectos adve rsos d e
deter minadas activ idades humana s par a el medio marino y l a biod iversid ad mar ina,
en particul ar los ecosis temas marinos vulner ables y su e structur a físi ca y b iogénic a,
inclu idos lo s ar recifes de cor al, los hábita ts de a guas frí as, los r espir aderos
hidro térmico s y los montes marinos,
Poni endo de relieve la neces idad de que los buques se reci clen de forma se gura
y amb iental mente ra cional,
Expre sando profund a pre ocupació n p or lo s pe rjuicios eco nómicos, soc iales y
ambi entales de las alterac iones físicas y la de strucció n de los hábita ts ma rinos que
pued en a carrear las acti vidades de desar rollo realiz adas en tierra y en la c osta, en
part icular las de stinadas a ga nar terren o a l mar que se ejec utan de un mod o q ue
redu nda en menoscab o del me dio ma rino,

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