República Dominicana es responsable internacionalmente por la expulsión de personas haitianas y dominicanas

Published date22 October 2014
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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
COUR INTERAMERICAINE DES DROITS DE L'HOMME
CORTE INTERAMERICANA DE DIREITOS HUMANOS
INTER-AMERICAN COURT OF HUMAN RIGHTS
COMUNICADO DE PRENSA
REPÚBLICA DOMINICANA ES RESPONSABLE INTERNACIONALMENTE POR LA
EXPULSIÓN DE PERSONAS HAITIANAS Y DOMINICANAS
CASO DE PERSONAS DOMINICANAS Y HAITIANAS EXPULSADAS VS. REPUBLICA
DOMINICANA
San José, Costa Rica, 22 de octubre de 2014.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos
notificó el día de hoy la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas
en el caso de Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas, sometido a la jurisdicción de la
Corte el 12 de julio de 2012 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El texto
íntegro de la Sentencia y el resumen oficial de la misma pueden consultarse en el siguiente
enlace: http://www.corteidh.or.cr/index.php/es/casos-contenciosos.
El caso se refiere a las privaciones ilegales y arbitrarias de libertad y posteriores expulsiones
sumarias de personas dominicanas y haitianas de República Dominicana hacia Haití, incluidas
niñas y niños1, ocurridas entre los años 1999 y 2000, sin las debidas garantías y sin acceso a
un recurso efectivo para garantizar sus derechos. En esta situación, los documentos de
identidad oficiales de algunas de las víctimas fueron destruidos o desconocidos por las
autoridades estatales al momento de la expulsión, o bien, en otros casos las víctimas nacidas
en República Dominicana no se encontraban registradas ni contaban con documentación que
acreditara su nacionalidad. La Corte determinó que para la época de los hechos en República
Dominicana las personas haitianas y de ascendencia haitiana comúnmente se encontraban
indocumentadas y en situación de pobreza. Además, sufrían con frecuencia tratos peyorativos o
discriminatorios, inclusive por parte de autoridades, lo que agravaba su situación de
vulnerabilidad. Por otra parte, la Corte determinó la existencia, al menos durante un período
cercano a una década a partir de 1990, de un patrón sistemático de expulsiones, inclusive
mediante actos colectivos, de haitianos y personas de ascendencia haitiana, que obedece a una
concepción discriminatoria. La Corte concluyó que República Dominicana era responsable
internacionalmente por la violación de los derechos que se detallan a continuación.
La Corte determinó la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos al
reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre, a la nacionalidad y, por el conjunto de
dichas violaciones, al derecho a la identidad, en consideración de que las expulsiones de
Willian, Awilda, Luis Ney y Carolina Isabel, todos de apellido Medina, así como de Rafaelito
1 A saber: Familia Medina integrada por: Willian Medina y Lilia Jean Pierre, y sus hijos Awilda Medina Pérez, Luis Ney
Medina y Carolina Isabel Medina (fallecida); familia Fils-Aimé integrada por: Jeanty Fils-Aimé (fallecido) y Janise Midi, y
sus hijos Antonio Fils-Aimé, Diane Fils-Aimé y Endry Fils-Aimé; familia Gelin integrada por: Bersson Gelin y su hijo
William Gelin; familia Sensión integrada por: Antonio Sensión y Ana Virginia Nolasco, y sus hijas Ana Lidia Sensión
Nolasco y Reyita Antonia Sensión Nolasco; familia Jean integrada por: Víctor Jean y Marlene Mesidor, y sus hijos
Markenson Jean Mesidor, Miguel Jean, Victoria Jean (fallecida) y Natalie Jean; y Rafaelito Pérez Charles. Los nombres
que se encuentran subrayados corresponden a las víctimas que al momento de los hechos eran niñas y niños.

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