Las relaciones de la Unión Europea con los países de pequeña dimensión territorial. Especial referencia al Principado de Andorra

AuthorRamon Viñas Farré
PositionUniversitat de Barcelona
Pages339-340

Page 339

  1. La Unión Europea mantiene relaciones importantes y cada vez más intensas con la República de Islandia, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza y con los Estados de pequeña dimensión territorial: el Principado de Liechtenstein, el Principado de Andorra, el Principado de Mónaco y la República de San Marino. El Consejo de la UE considera que las relaciones con estos siete Estados son importantes no sólo por la situación geográfica y una historia común, sino también por compartir intereses, valores, fronteras interiores y exteriores, una identidad europea común y economías de mercado sólidas profundamente integradas en el Mercado único ampliado de la UE.

  2. Las relaciones con la República de Islandia han estado marcadas por las negociaciones relativas a un posible acuerdo de adhesión a la UE, que fueron suspendidas por el Gobierno islandés en el año 2013 y por las discusiones en Islandia acerca de su futura política europea. No obstante, el proceso de negociación sigue abierto y el Gobierno islandés está dispuesto a desarrollar una política europea sobre la base de una cooperación intensificada del acuerdo del EEE. Las relaciones con el Reino de Noruega son estrechas y estables y la cooperación con la UE ha recibido un nuevo impulso por parte del Gobierno noruego con la presentación del documento «Norway in Europe 20142017». Entre la UE y la Confederación Suiza existen unas relaciones basadas en un sistema muy complejo, que comprende más de 120 acuerdos sectoriales específicos que abarcan un amplio abanico de políticas de la UE, especialmente la participación de Suiza en numerosos aspectos del Mercado interior de la UE. El Gobierno suizo es partidario de seguir con el sistema de los acuerdos sectoriales, pero el Consejo de la UE viene indicando, desde el año 2008, que sería mejor establecer un marco institucional global que regulase las relaciones bilaterales, con el fin de garantizar la homogeneidad y la seguridad jurídica en el Mercado único. Con ello, se quiere cerrar, cara al futuro, la vía de los acuerdos sectoriales específicos.

  3. Con respecto a los Estados de pequeña dimensión territorial, el Consejo de la UE, en la reunión del Consejo de Asuntos Generales, del día 16 de diciembre de 2014, adoptó la decisión de autorizar la apertura de negociaciones sobre uno o varios acuerdos de asociación entre la UE y el Principado de Andorra, el Principado de Mónaco y la República de San Marino. No se incluyó el Principado de...

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