Recomendaciones Empleadores por Covid-19

AuthorPaulina Miranda
PositionSocia de PPU experta en derecho laboral, seguridad social e inmigración, especializándose en la asesoría sobre asuntos laborales a empresas nacionales y multinacionales en todos los aspectos del derecho laboral

Al 16 de marzo y en la fase 4 de la emergencia sanitaria, nuestras recomendaciones generales a los empleadores son las siguientes:

1.La Dirección del Trabajo ha dispuesto que las empresas tienen el deber de informar a los trabajadores los posibles riesgos asociados al desempeño del trabajo y mantener condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, proporcionando los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades. Ello incluye la obligación de proporcionar efectiva y oportunamente información actualizada que emane de la autoridad sanitaria u otra competente, que diga relación con la prevención y control del virus, así como el control eficaz de las medidas al interior de la empresa (Ord. Nº1116/004, de 6.03.2020).

2.Las empresas pueden acordar el teletrabajo con sus colaboradores.
3.En aquellas operaciones que no puedan hacerse vía teletrabajo, las empresas deben disponer de elementos de protección personal, tales como alcohol gel, mascarillas, instructivos de lavado de manos, etc. Además, implementar medidas para permitir el distanciamiento físico entre los trabajadores.
4.La empresa debe hacer cumplir las cuarentenas por viajes fijadas por la autoridad, así como disponer que los trabajadores informen a RRHH si han tenido contacto con personas contagiadas, quienes tampoco deberían asistir al lugar de trabajo.
5.La empresa debe instruir a los trabajadores de informar si tienen síntomas de la enfermedad, en cuyo caso deberán abstenerse de concurrir al lugar de trabajo o hacer abandono de éste, y solicitar atención médica.
6.Las empresas deben dar las facilidades para que los trabajadores concurran a realizarse los tests. Si el trabajador está enfermo, deberá recibir licencia médica y no puede trabajar ni siquiera bajo teletrabajo según las reglas generales. En dicho caso las remuneraciones serán pagadas por los subsidios respectivos.

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