Programas de cuplimiento impuestos por las cortes: caso de construcción y corrupción

AuthorPaola Galich
Pages21-22
CASOS RELEVANTES 41
40
Programas de
cumplimiento
IMPUESTOS POR
LAS CORTES:
Caso de
Construcción y
Corrupción
(Guatemala)
por:
Paola Galich
pgalich@mayora-mayora.com
Los programas de cumplimiento son sistemas
formales que se implementan en la empresa para
garantizar que todas las áreas de la operación se
desarrollen dentro del marco legal y regulatorio. Esto
puede incluir desde la vericación del cumplimiento
de leyes ambientales hasta el cumplimiento de las
políticas internas sobre acoso.
Su principal enfoque es evitar riesgos materiales,
especialmente, aquellos que se derivan de escenarios
creados por los mismos empleados cuando actúan al
margen de la ley o del marco regulatorio.
En la actualidad, las compañías multinacionales deben
contar con programas de cumplimiento en todas las
jurisdicciones en que operen y deben garantizar el
cumplimiento de la legislación y regulación local, tanto
en sus operaciones, como en las relaciones con sus
proveedores, clientes, consumidores y, especialmente,
con los funcionarios de gobierno.
Esta obligación viene impuesta por regulaciones del
tipo extraterritorial como el Foreing Corrupt Practices
Act (FCPA) y el UK Bribery Act, entre otras.
Cada empresa decide el enfoque principal de su
programa de cumplimiento, dependiendo del tipo
de industria, tamaño de la empresa, localidad de
operaciones y los riesgos más considerables, pero es
innegable que el tema corrupción ha tomado el foco
principal.
Recientemente, una amiga americana me comentó
en tono de broma, “... la ocina del ocial de
cumplimiento pasó del sótano al último piso del
edicio, a lado de la Gerencia General”.
Esta armación no tendría sentido, si no hubiésemos
visto en los últimos años cómo compañías de gran
trayectoria han tenido que defenderse ante la justicia
por casos relacionados a corrupción. Especialmente,
casos en dónde representantes de estas entidades
llevaron a cabo negocios o esquemas de negocios con
ociales de gobierno con el objetivo de obtener una
ventaja competitiva.
Muchas de las personas involucradas nunca pensaron
que estaban cometiendo actos al margen de la ley.
Dentro de nuestra cultura latina, algunos dirían “...
esta es la forma de hacer negocios...”. Esta forma de
hacer negocios, implicó para Odebrecht una multa de
US$2,600,000,000 impuesta por un Juez del Estado
de Nueva York, por haber llevado a cabo actos de
corrupción en Brasil.
Las compañías de capital guatemalteco no habían
tenido conciencia de la importancia de los programas
de cumplimiento en la operación de sus negocios. Si
bien las noticias existieron, sonaban como música de
elevador.
La inversión que implica la implementación y, más
aún, la reestructuración de la forma de hacer negocios,
no había tenido eco hasta la sentencia de la Jueza
Erika Aifán en 2018, en el caso Construcción y
Corrupción, en donde varias empresas constructoras
de capital guatemalteco se vieron involucradas
en investigaciones de corrupción relacionadas al
Ministerio de Comunicaciones.
Compensación al Estado de Guatemala por medio
de la ejecución de proyectos viales equivalentes
al monto de Q35,528,450.47, en los cuales debe
colocarse un signo que identique la obra como
cumplimiento de la condena.
Compensación al Estado de Guatemala por medio
de la ejecución de proyectos viales equivalentes
al monto de Q35,528,450.47, en los cuales debe
colocarse un signo que identique la obra como
cumplimiento de la condena.
Una disculpa pública a los guatemaltecos por el
delito cometido, el daño causado y la garantía de
no reincidir.
La implementación de un programa de
cumplimiento en cada una de las entidades
relacionadas a la comisión de los delitos, el cual
debe incluir:
Un canal de denuncia anónima que permita a
los empleados comunicar las irregularidades
que detecten.
Un sistema de cumplimiento normativo que
apoye las acciones de prevención y control.
Un ocial de cumplimiento que actúe como
una persona responsable del sistema, quien
identique, reporte, denuncie e implemente
cualquier otra medida para evitar hechos
relacionados con actos de corrupción y lavado
de dinero y otros activos.
1.
2.
3.
A primera vista, estas tres obligaciones parecen
comandos abstractos incomprensibles. Sin embargo,
estos son pilares fundamentales de cualquier programa
de cumplimiento: un sistema normativo; una línea de
denuncias anónimas y un ocial de cumplimiento.
Esta condena es novedosa en el sistema guatemalteco
por dos motivos principales: i. los programas de
cumplimiento están regulados exclusivamente en
la Ley de Lavado de Dinero y Otros Activos y su
reglamento para empresas especícas, con el objeto
de prevenir el lavado de dinero; ii. Porque supone
la imposición por orden judicial de implementar un
programa de cumplimiento de objeto distinto al lavado
de dinero, lo que en inglés se conoce como Court
imposed compliance program.
En Guatemala, los programas de cumplimiento
anticorrupción no se encuentran regulados, pero
existen varios programas para la autorregulación,
cuyas metodologías abarcan no solo prevención de la
corrupción, sino además el cumplimiento de la ley.

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