Presidential Statement nº S/PRST/2014/3 of the United Nations Security Council

Year2014
IssuerSecurity Council of the United Nation
Naciones Unidas
S
/PRST/2014/3
Consejo de Seguridad
Distr. general
12 de febrero de 2014
Español
Original: inglés
14-23341 (S) 120214 120214
*1423341*
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
En la 7109ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 12 de febrero de
2014, en relación con el examen del tema titulado “La protección de los civiles en
los conflictos armados”, la Presidencia hizo la siguiente declaración en nombre del
Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso respecto de la protección
de los civiles en los conflictos armados y de la aplicación continuada y plena de
todas sus anteriores resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 1265 (1999),
1296 (2000), 1674 (2006), 1738 (2006) y 1894 (2009), así como de todas sus
resoluciones relativas a las mujeres, la paz y la seguridad, los niños y los conflictos
armados, y el mantenimiento de la paz, y de todas las declaraciones pertinentes de
su Presidencia.
El Consejo de Seguridad observa que este año se cumplen quince años desde
que comenzó a examinar progresivamente la protección de los civiles en los
conflictos armados como cuestión temática, y reconoce la persistente necesidad de
que el Consejo y los Estados Miembros continúen reforzando la protección de los
civiles en los conflictos armados. El Consejo de Seguridad sigue comprometido a
abordar el impacto de los conflictos armados en los civiles.
El Consejo de Seguridad reafirma su res ponsabilidad primordial, con arreglo a
la Carta de las Naciones Unidas, de mantener la paz y la seguridad internacionales,
y su compromiso y disposición a esforzarse por lograr la paz sostenible en todas las
situaciones sometidas a su consideración.
El Consejo de Seguridad recuerda que los Estados tienen la responsabilidad
primordial de respetar y asegurar los derechos humanos de sus ciudadanos, así como
de todas las personas que se encuentren en su territorio, tal como se establece en el
derecho internacional pertinente, y reafirma la responsabilidad individual de cada
Estado de proteger a sus poblaciones frente al genocidio, los crímenes de guerra, la
depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad.
El Consejo de Seguridad reafirma que las partes en los conflictos armados
tienen la responsabilidad primordial de adoptar todas las medidas viables para
asegurar la protección de los civiles afectados e insta a las partes en los conflictos
armados a que satisfagan sus necesidades básicas y presten atención a las
necesidades específicas de las mujeres y los niños, los refugiados, los desplazados
internos y demás civiles que puedan ser vulnerables por motivos específicos, como
las personas con discapacidad y las personas de edad.
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El Consejo de Seguridad reitera su enérgica condena de todas las violaciones
del derecho internacional aplicable y exige que las partes en los conflictos armados
cumplan estrictamente las obligaciones que les corresponden en virtud del derecho
internacional humanitario, el derecho de los derechos humanos y el derecho de los
refugiados, y apliquen todas las decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad.
El Consejo de Seguridad destaca la necesidad de poner fin a la impunidad de
las violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y los abusos
contra los derechos humanos, y reafirma que deben comparecer ante la justicia
quienes hayan cometido violaciones y abusos de esa índole o sean responsables de
ellos por otras razones.
El Consejo de Seguridad recuerda su determinación de mejorar la supervisión
estratégica de las operaciones de mantenimiento de la paz teniendo presente el
importante papel que desempeñan para la protección de los civiles, reafirma su
apoyo a los esfuerzos realizados por el Secretario General para examinar las
operaciones de mantenimiento de la paz y mejorar su planificación y apoyo, y
alienta nuevamente a que se intensifiquen estos esfuerzos, en colaboración con los
países que aportan contingentes y fuerzas de policía y otros interesados pertinentes.
El Consejo de Seguridad reafirma la necesidad de que las misiones de
mantenimiento de la paz con mandatos de protección de los civiles aseguren su
ejecución, y destaca la importancia de que los directivos superiores de las misiones
mantengan e intensifiquen su participación, con miras a asegurar que todos los
componentes de las misiones y todos los niveles de la cadena de mando estén
debidamente informados del mandato de protección de la misión y de sus
responsabilidades pertinentes y desempeñen las funciones que les corresponden. El
Consejo de Seguridad reitera la necesidad de que las misiones de mantenimiento de
la paz cuenten con un liderazgo firme y también alienta a las Naciones Unidas y a
las instituciones regionales y subregionales, según proceda, a que sigan coordinando
las cuestiones relativas a la protección de los civiles en las operaciones de
mantenimiento de la paz.
El Consejo de Seguridad observa el informe del Secretario General sobre la
protección de los civiles de 22 de noviembre de 2013 (S/2013/689) y las
recomendaciones que en él se formulan.
El Consejo de Seguridad reconoce la contribución a la protección de los civiles
del
aide-mémoire
actualizado para el examen de las cuestiones relativas a la
protección de los civiles en los conflictos armados, que figura en el anexo de la
presente declaración, como instrumento práctico que puede servir de base para
mejorar el análisis y el diagnóstico de las principales cuestiones de protección, y
destaca la necesidad de continuar utilizándolo en forma más sistemática y
coherente.”
* El
aide-mémoire
inicial se aprobó el 15 de marzo de 2002 y figura en el documento
S/PRST/2002/6.
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Aide-mémoire
Para el examen de las cuestiones relativas a la protección de los civiles
en los conflictos armados
El aumento de la protección de los civiles en los conflictos armados constituye
una parte fundamental de la labor del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
en lo que respecta al mantenimiento de la paz y la seguridad. A fin de facilitar el
examen en el seno del Consejo de las cuestiones relacionadas con la protección de
los civiles en un contexto determinado, incluso en el momento del establecimiento o
renovación de los mandatos de misiones de mantenimiento de la paz, en junio de
2001 los miembros del Consejo sugirieron que, en cooperación con el Consejo, se
preparara un
aide-mémoire
que incluyera las cuestiones pertinentes (S/2001/614). El
15 de marzo de 2002, el Consejo aprobó el
aide-mémoire
con carácter de guía
práctica para el estudio de las cuestiones relacionadas con la protección de los
civiles y convino en examinar y actualizar su contenido en forma periódica
(S/PRST/2002/6). Posteriormente fue actualizado en dos ocasiones y aprobado
como anexo de las declaraciones de la Presidencia S/PRST/2003/27, de 15 de
diciembre de 2003, y S/PRST/2010/25, de 22 de noviembre de 2010.
Esta es la quinta edición del
aide-mémoire
y se basa en las deliberaciones
anteriores del Consejo sobre la protección de los civiles, incluidas las resoluciones
1265 (1999), 1296 (2000), 1674 (2006), 1738 (2006) y 1894 (2009). Es resultado de
las consultas celebradas entre el Consejo de Seguridad y la Oficina de Coordinación
de Asuntos Humanitarios (OCAH), así como entre esta y los departamentos y
organismos interesados de las Naciones Unidas y otras organizaciones humanitarias
pertinentes.
El
aide-mémoire
tiene por objeto facilitar al Consejo de Seguridad el examen
de las cuestiones pertinentes para la protección de los civiles en los conflictos
armados. A tal fin, destaca los objetivos primordiales de la acción del Consejo de
Seguridad; ofrece, sobre la base de la práctica anterior del Consejo de Seguridad,
cuestiones concretas para el examen en relación con el cumplimiento de esos
objetivos; y presenta, en la adición, una selección de textos acordados de las
resoluciones del Consejo de Seguridad y las declaraciones de la Presidencia que se
refieren a dichas cuestiones.
Teniendo en cuenta que cada mandato de mantenimiento de la paz debe ser
elaborado considerando cada caso en particular, el
aide-mémoire
no constituye un
modelo para la adopción de medidas. Es preciso examinar si las diversas medidas
que se describen son pertinentes y viables y adaptarlas a las condiciones concretas
de cada situación.
Muy a menudo la población civil se encuentra atrapada en circunstancias de
extrema necesidad cuando no se ha establecido una operación de mantenimiento de
la paz. Tales situaciones pueden exigir la atención urgente del Consejo. Por
consiguiente, este
aide-mémoire
puede también servir de orientación en
circunstancias en que el Consejo tal vez desee considerar la posibilidad de adoptar
medidas que rebasen el alcance de una operación de mantenimiento de la paz.

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