THEVENEAU, Adam; Los Preceptos del Rey San Luis a Felipe III su Hijo, 1627

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para bien vivir & reinar. Extraídos de las historias de Francia & de los regis-tros de la Cámara de Cuentas. Con el discurso sobre cada uno de aquellos con los que se relacionan & donde se interpretan varias ordenanzas relacionadas con la política, tanto espiritual como temporal,

París, Jean Petit-Pas.

[1] Libro I, Mi querido hijo, sabiendo que sólo de Dios depende la salvación de todo cristiano, te exhorto: ámalo & hónralo con todo tu corazón & con todo tu poder. La piedad, la justicia, son los cargos, feudos y reinos que dependen inmediatamente [2] de Dios. La piedad es el homenaje y el servicio que le es debido. La justicia es el ministerio por el que los reyes son establecidos sobre los pueblos y de la que siempre hay que tener cuidado, que tales cosas no son simples cargos de la realeza, sino condiciones, bajo las que los reyes poseen los reinos.

[126] L. III, C. I, Se equitativo & recto en juicio sin emplear favor ni extraviarte por cosa alguna del recto sendero de la justicia, sosteniendo más bien el partido del pobre que el del rico, hasta que te hayas asegurado de la verdad.

La fórmula según la que Dios quiere que los reyes reinen sobre su pueblo y una de las condiciones sobre la que hemos dicho que los reinos son cedidos [a los nobles] es el de juzgar justamente, es decir, retener a los malvados, abatir su audacia y castigar sus desperfectos, recibir a los inocentes bajo su protección y salvaguardia, servirles de asilo y de salvación [...].

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[145] C. III, Da a cada uno lo que le pertenezca, ya lo hayas tomado tú, o que lo tengas de tus predecesores.

Los empíricos del Estado no le aconsejan a los príncipes el uso de este precepto y muchos de ellos no lo reciben debido a su gran codicia [...], por ello, la consumación de este precepto es acto [146] de Príncipe justo y no sólo de justicia, porque verdaderamente justo es aquél que pronuncia juicio contra sí mismo y lo ejecuta, siendo así que el hombre puede hacer justicia entre otras personas y no ser justo consigo mismo. Quien es justo hace justicia enteramente, pero quien ha hecho justicia, no es siempre y en todo momento justo [...].

[149] C. IV, No pudiendo estar en todo lugar para hacer justicia, ten buenos magistrados & senescales que la hagan.

Es este el caso por el que el precepto de que los reyes están dispensados de dictar ellos mismos justicia, pero bajo condición de poner en su lugar buenos jueces, es decir, temerosos de Dios, amantes de la verdad...

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