Vilariño Pintos, E. Curso de Derecho Diplomático y Consular (Parte General y Derecho Diplomático)

AuthorJuan Manuel de Faramiñán Gilbert
Pages1165-1166

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VILARIÑO PINTOS, E. Curso de Derecho Diplomático y Consular (Parte General y Derecho Diplomático), Tecnos, Madrid, 2003, 356 pp.

  1. De antiguo se ha acuñado que la diplomacia es la ciencia y el arte de la representación de los Estados y de las negociaciones, o, como la definía el conde de Chambrun (L'esprit de la Diplomatie,1922), ´l'art infiniª, y, sin embargo, para Michel de Montaigne corresponde a los embajadores ´los manejos, las intrigas y las prácticas y las maneras de conducirlasª (Ensayos completos, 2003). Lo que resulta evidente es que la diplomacia es una ciencia muy hablada pero poco tratada, y es merecedora del estudio profundo y aquilatado que realiza el profesor Vilariño Pintos con la publicación de esta segunda edición de su Curso. Es un modo académico de dar fe sobre la función y profesión diplomática y consular y que, como consecuencia, aclara lo que con cierta ironía decía el embajador Chambon, en su opúsculo titulado ´Mais ces diplomates, que font-ils entre deux cocktails?ª (1983). Ya que, como ambos autores entienden, y el primero asevera (en su Prólogo a la edición de 1987) ´no resulta vano ni intempestivo el intento de exponer de modo sistemático el contenido, o, cuanto menos, el contenido sustancial, del Derecho diplomático y consular actual, a pesar de las críticas adversas que, como en toda época, se hacen tanto a la diplomacia como a la institución consularª.

    La función diplomática y consular es un ejemplo de la praxeología de las relaciones internacionales no sólo en sus representaciones permanentes ante los Estados, sino que, como un paso hacia delante, se refleja, también, en los sistemas de representación ante las organizaciones internacionales gubernamentales, o la ´diplomacia directaª en manos de los altos dignatarios de los Estados, reunidos ´au sommetª. Quizá lo más interesante de esta función, como señala Vilariño Pintos (Nota a la presente edición), sea la capacidad de negociar siempre y constantemente, ´y potenciar, así, el ejercicio de la diplomacia en su carácter prospectivo y sistemático y, por ende, preventivoª.

  2. La obra que comentamos se presenta inteligentemente estructurada. Su Parte General nos introduce en el ámbito de regulación del Derecho diplomático y consular y nos permite conocer las analogías, diferencias y necesaria coordinación entre estas dos funciones (capítulo I), sin olvidar los presupuestos fácticos y jurídicos que informan a las relaciones diplomáticas y consulares (...

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