La perspectiva china del Derecho internacional

AuthorDavide Farah, P.
Pages227-234
REDI, vol. 70 (2018), 1
II. FORO
LA PERSPECTIVA CHINA DEL DERECHO
INTERNACIONAL
LA PERSPECTIVA CHINA DEL DERECHO
INTERNACIONAL
Paolo DAVIDE FARAH *
China se unió a la comunidad internacional de Naciones Unidas (ONU)
poco después del establecimiento de la organización en 1945. Aunque China
era tratada hasta cierto punto como un paria internacional durante los tiem-
pos turbulentos que siguieron a la guerra civil ganada por Mao Ze Dong y el
Partido Comunista, fueron alcanzados logros signif‌icativos en 1971 cuando
—ya como la República Popular de China— fue recompensada con un asien-
to permanente en el Consejo de Seguridad de la ONU, ocupado originalmente
por Taiwán. Este paso podría ser también interpretado como la aceptación tá-
cita por parte de la comunidad internacional a la política de Una Sola China.
Desde el principio, China siguió un enfoque pragmático con su pertenencia a
la ONU en general y al Consejo de Seguridad en particular, considerando sus
intereses particulares y estableciendo coaliciones, especialmente entre países
del Sur global. En tanto la economía de China ha crecido, el país también ha
adoptado un papel más activo y af‌irmativo en las Naciones Unidas 1.
1. EL ENTENDIMIENTO CHINO DEL DERECHO
Cuando hablamos acerca de la perspectiva china sobre el Derecho inter-
nacional, es necesario en primer lugar aclarar la percepción china sobre el
* West Virginia University, Eberly College of Arts and Sciences, John D. Rockefeller IV School of
Policy and Politics, Department of Public Administration and College of Law; WVU Energy Institute
and Center for Innovation in Gas Research and Utilization (CIGRU), Morgantown, WV, USA. Founder,
President and Director of gLAWcal-Global Law Initiatives for Justainable Development (UK). The au-
thor can be contacted at: paolofarah@yahoo.com.
1 LEI, X., «China as a Permanent Member of the United Nations Security Council», Friedrich Ebert
Stiftung: International Policy Analysis, abril de 2014, núm. 3, disponible online: http://library.fes.de/pdf-
f‌iles/iez/10740.pdf (consultada el 28 de agosto de 2017).
Revista Española de Derecho Internacional
Sección FORO
La perspectiva china del Derecho internacional
Vol. 70/1, enero-junio 2018, Madrid, pp. 227-234
http://dx.doi.org/10.17103/redi.70.1.2018.2a.01
© 2018 Asociación de Profesores
de Derecho Internacional
y Relaciones Internacionales
ISSN: 0034-9380; E-ISSN: 2387-1253
Coordinación a cargo de
Luis HINOJOSA y Manuel DESANTES

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