Periodo de suspensión actividades de dependencias federales

Con motivo de la presencia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, el 30 de marzo del año en curso el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el cual se declaró emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor. Posteriormente, el 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus.

En consecuencia, diversas dependencias de gobierno a nivel federal han determinado tomar medidas para mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica el virus, como lo es la suspensión de actividades, plazos, términos y sustanciación de procedimientos ante ellas.

Por ello, Bello, Gallardo, Bonequi y García, S.C. (“BGBG”) presenta una tabla informativa de las acciones y medidas de prevención que han implementado las diversas dependencias Federales para atender la emergencia sanitaria.

Tabla de acuerdos y decretos publicados en el DOF con motivo de la pandemia por el COVID-19
Dependencia Acuerdo o decreto Alcances y efectos Fecha de publicación
SEP Secretaría de Educación Pública ACUERDO número 02/03/20 Se suspenden las clases del periodo comprendido del 23 de marzo al 17 de abril de 2020 como una medida preventiva para disminuir el impacto de propagación del COVID-19. La SEP y autoridades educativas locales informarán sobre las medidas a tomar para recuperar los días escolares que por medio del presente acuerdo se suspenden, con la finalidad de cumplimentar debidamente los respectivos planes y programas de estudio. Por su parte el IPN deberá comunicar a su comunidad escolar las medidas a tomar ante el COVID-19. 16/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 03/03/20 Se suspenden plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante las unidades y órganos administrativos desconcentrados de la SEP del 23 de marzo al 20 de abril de 2020, considerándose inhábiles para los efectos legales a que haya lugar. El IPN queda exceptuado, correspondiendo a sus autoridades competentes determinar lo conducente. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 06/03/20 Se suspenden las clases del periodo comprendido del 23 de marzo al 30 de abril de 2020 en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, a excepción del Instituto Politécnico Nacional, como una medida preventiva para disminuir el impacto de propagación de la COVID-19. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO NÚMERO 07/04/20 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NÚMERO 03/03/20 Se suspenden, durante el periodo comprendido del 23 de marzo al 18 de mayo de 2020, los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEP. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 09/04/20 por el que se amplía el periodo suspensivo del 23 de marzo al 30 de mayo del año en curso y se modifica el diverso número 02/03/20. Se REFORMA el artículo Primero del Acuerdo número 02/03/20 y se ADICIONA el artículo Quinto por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, a excepción del Instituto Politécnico Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 2020. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 10/05/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 Se suspenden, durante el periodo comprendido del 23 de marzo, hasta nuevo aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación, los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública. 18/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 12/06/20 Tiene por objeto regular acciones específicas y extraordinarias ante la emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor relativas a la conclusión del ciclo escolar 2019-2020 y a las evaluaciones establecidas en los Planes y Programas de Estudio para el tipo educativo Básico (preescolar, primaria y secundaria) y Normal, así como el tipo educativo Medio Superior que dependan de la Secretaría de Educación Pública, a excepción del Instituto Politécnico Nacional, las cuales serán aplicables tanto para la conclusión del ciclo mencionado, como para el inicio del ciclo escolar 2020-2021, en función de las indicaciones de las autoridades correspondientes respecto a la emergencia sanitaria. Su alcance y vigencia están sujetos a lo que indiquen las autoridades en materia de salud competentes. 05/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número 11/06/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 Los trámites que se enlistan en ese Acuerdo, a cargo de las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública que se indican podrán ser prestados por medios digitales, conforme a las condiciones, requisitos y particularidades que se establecen en la página web de dicha dependencia (www.gob.mx/sep). En todos los trámites referidos, las comunicaciones que se generen se realizarán por medio de correo electrónico de conformidad con los procesos establecidos en el artículo 35 fracción II, de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, por lo que dichos actos deben considerarse válidos y legales. 09/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación ACUERDO General número 3/2020 Se declaran inhábiles los días que abarcan el periodo del 18 de marzo al 19 de abril de 2020, entendiéndose que no correrán términos dentro del periodo anterior. 18/03/ 2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 4/2020 Las sesiones del Pleno de la SCJN a las que se refieren los artículos 5o. y 6o. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación podrán celebrarse a distancia, mediante el uso de herramientas tecnológicas, ante una emergencia que impida o haga inconveniente la presencia de los Ministros en el edificio sede o en su sede alterna, conforme a las formalidades que al tenor de lo previsto en la normativa que rige las sesiones de carácter presencial, se indican en ese Acuerdo General. 15/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 5/2020 Las sesiones de las Salas de la SCJN a las que se refiere el artículo 16 de la LOPJF podrán celebrarse a distancia, mediante el uso de herramientas tecnológicas, ante una emergencia que impida o haga inconveniente la presencia de los Ministros en el edificio sede o en su sede alterna, conforme a las formalidades que al tenor de lo previsto en la normativa que rige las sesiones de carácter presencial, se indican en ese Acuerdo General. 15/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 6/2020 Se prorroga la suspensión de toda actividad jurisdiccional de la SCJN durante el periodo comprendido del 20 de abril al 05 de mayo de 2020 por lo que, con las salvedades indicadas en el Punto Segundo de ese Acuerdo General, esos días se declaran como inhábiles, en la inteligencia de que no correrán términos. 15/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 7/2020 Se prorroga la suspensión de toda actividad jurisdiccional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante el periodo comprendido del 6 al 31 de mayo de 2020. 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 8/2020 Por medio de éste se regula la integración de los expedientes impreso y electrónico en controversias constitucionales y en acciones de inconstitucionalidad, así como en los recursos e incidentes interpuestos dentro de esos medios de control de la constitucionalidad; el uso del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para la promoción, trámite, consulta, resolución y notificaciones por vía electrónica en los expedientes respectivos y la celebración de audiencias y comparecencias a distancia. 25/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 9/2020 El Acuerdo tiene por objeto regular la integración de los expedientes impreso y electrónico en los asuntos de la competencia de esta Suprema Corte de la Justicia de la Nación, salvo en controversias constitucionales y en acciones de inconstitucionalidad, así como el uso del sistema electrónico de este Alto Tribunal para la promoción, trámite, consulta, resolución y notificaciones por vía electrónica en los expedientes respectivos, y la celebración de audiencias y comparecencias a distancia. 28/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General número 10/2020 Se prorroga la suspensión de plazos en los asuntos tramitados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante el periodo comprendido del 1° al 30 de junio de 2020 por lo que, con las salvedades indicadas en el Punto Segundo de ese Acuerdo General, se considerarán inhábiles. 28/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SCT Secretaría de Comunicaciones y Transportes ACUERDO por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles Se considerará inhábil el periodo comprendido del 19 de marzo al 17 de abril de 2020, en el cual no se computarán plazos y términos correspondientes a los procedimientos administrativos que se sustancien ante unidades administrativas de la SCT, lo anterior no implica la suspensión de labores. Existiendo plazos y términos en los que no se considerarán inhábiles los días mencionados en el presente acuerdo. En materia de medicina preventiva en el transporte, autotransporte federal, aeronáutica civil, marina mercante y materia ferroviaria se acordaron suspensiones y prórrogas en sus respectivos ámbitos. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se prorroga por un plazo de tres meses la vigencia y efectos de los permisos Se prorrogan por un plazo de 3 meses: v Los efectos jurídicos del permiso de transporte o arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, cuyo ámbito de operación comprende la franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional con los E.UA. v La vigencia de las aprobaciones y de las revalidaciones, para obtener el permiso para operar como unidad de verificación, en materia de emisiones contaminantes, como de condiciones físico-mecánicas y de seguridad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal. (Únicamente para aquellas unidades de verificación que a partir de la fecha de ese aviso llegase a vencer su vigencia de aprobación o revalidación) 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se precisan las actividades esenciales competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en el marco de atención de la emergencia sanitaria. Se enlistan las actividades esenciales referidas en el acuerdo de emergencia sanitaria en las siguientes materias: v Infraestructura v Transporte v Operación Portuaria v Comunicaciones 08/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la SCT. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la SCT, se considerarán inhábiles los días 19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de marzo, así como del 1 al 3, 6 al 10, 13 al 17, 20 al 24, y 27 al 30 de abril de 2020, sin implicar la suspensión de labores. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reforma, por segunda ocasión, el diverso por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no se considerarán hábiles los días 19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de marzo, 1 al 3, 6 al 10, 13 al 17, 20 al 24, y 27 al 30 de abril de 2020, así como 4, 6 al 8, 11 al 15, 18 al 22 y 25 al 29 de mayo, todos ellos de 2020, sin implicar suspensión de labores. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del diverso por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas Se REFORMAN los párrafos primero y segundo del Artículo Cuarto, los párrafos primero y segundo del Quinto, el Sexto, el Séptimo y el Octavo, y se DEROGA el tercer párrafo del Artículo Cuarto del “Acuerdo por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)”. 14/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que reforma diversas disposiciones del Acuerdo por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no se considerarán hábiles los días 19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de marzo, así como del 1 al 3, 6 al 10, 13 al 17, 20 al 24, y 27 al 30 de abril, 4, 6 al 8, 11 al 15, 18 al 22 y 25 al 29 de mayo, así como 1 al 5, 8 al 12 y 15 de junio de 2020, sin implicar suspensión de labores. En materia de autotransporte federal se suspenden hasta el 19 de junio de 2020, los trámites relativos a la expedición y reposición de licencia federal de conductor, así como los trámites de expedición de permisos, altas y bajas vehiculares de Autotransporte Federal, Transporte Privado y sus Servicios Auxiliares, para reanudarse exclusivamente mediante el Sistema de Citas que se implemente para su operación en la Dirección General de Autotransporte Federal y Centros SCT. Aunado a lo anterior, se tiene por prorrogada la vigencia y efectos jurídicos de las licencias federales de conductor, así como de las constancias de capacitación de conductores del autotransporte federal, hasta el 30 de septiembre de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CAPUFE Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales Se establece la suspensión por causa de fuerza mayor los plazos y términos durante el período del 06 al 30 de abril de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante las unidades administrativas de CAPUFE. Para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, se deberán considerar como inhábiles los días que comprende el periodo citado anteriormente. Esto sin perjuicio de la facultad de ese Organismo para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones. 15/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CNH Comisión Nacional de Hidrocarburos ACUERDO por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos. Se suspenden plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la CNH del lunes 23 de marzo al domingo 19 de abril 2020. Debiendo tomar en cuenta las prórrogas a las que se hace mención en el presente acuerdo para el cumplimiento de obligaciones, resoluciones respecto actos o procedimientos. La oficialía de parte permanecerá abierta en un horario de 9 horas a 13 horas. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Se modifica el periodo de suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la Comisión, comprendiendo el nuevo periodo del lunes 23 de marzo al jueves 30 de abril de 2020. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO modificatorio al Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Se modifica el periodo de suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la Comisión, para quedar comprendido del lunes 23 de marzo al domingo 31 de mayo de 2020. En el caso de que las autoridades competentes en materia de salud del Gobierno Federal determinen una ampliación o reducción del período de suspensión de actividades por la emergencia sanitaria, se entenderá que el periodo de suspensión establecido por este acuerdo será por esa misma temporalidad, sin necesidad de una nueva publicación, salvo disposición en contrario. 06/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEGUNDO Acuerdo modificatorio al Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Se modifica el periodo de suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la Comisión, para quedar comprendido del lunes 23 de marzo de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. Aquellos procedimientos que hayan sido habilitados para su desahogo con anterioridad a la fecha de publicación del presente, deberán mantener el carácter suspensivo por el periodo referido en ese Acuerdo. 04/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
PROFECO Procuraduría Federal del Consumidor ACUERDO que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican. En cuanto a los procedimientos de conciliación que tengan agendada audiencia del 23 de marzo al 20 de abril de 2020, las mismas serán atendidas de manera telefónica y excepcionalmente por correo electrónico, aquellas que no puedan ser atendidas de la manera señalada anteriormente, serán diferidas a la fecha más próxima disponible, posterior al 20 de abril de 2020. La atención de quejas o reclamaciones se llevará a través de Conciliaexprés, así como por vía telefónica. En el caso de las ODECO se publicará en la página oficial de la PROFECO un directorio para cada una. Se suspenden plazos y términos en relación a la substanciación de procedimientos por infracciones a la ley y procedimientos arbitrales, así como en los registros públicos de contratos de adhesión, incluidos los relativos a telecomunicaciones y su emisión de dictámenes; de consumidores, y el de Casas de Empeño del 23 de marzo al 20 de abril de 2020. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reforma el Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican, publicado el 20 de marzo de 2020. Se modifican los artículos PRIMERO, SEGUNDO, CUARTO y QUINTO del Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2020. Al igual que se adiciona un párrafo al artículo SEXTO del mismo acuerdo. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los siguientes acuerdos: Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican; y Acuerdo por el que se reforma el Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican publicado el 20 de marzo de 2020, publicados el 20 de marzo y 1 de abril del presente año, respectivamente. Se reforma el artículo PRIMERO del Acuerdo por el que se reforma el Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría Federal del Consumidor y suspende los plazos y términos que se indican. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se dan a conocer los lineamientos para la operación de casas de empeño durante la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Las Casas de Empeño podrán continuar funcionando exclusivamente para la atención de empeño, refrendo y desempeño de las prendas evitando la enajenación de las mismas; solamente se podrán vender aquellas que se consideren fundamentales para el funcionamiento de otros sectores esenciales de la economía. Las Casas de Empeño deberán observar todas las medidas de prevención para evitar la propagación y contagio del virus SARS-CoV2, emitidas por la Secretaría de Salud, evitando en todo momento la concentración de personas en sus establecimientos. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se dan a conocer los lineamientos para la operación de casas de empeño durante la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 4 de mayo de 2020. Las Casas de Empeño podrán continuar funcionando exclusivamente para la atención de empeño, refrendo y desempeño de las prendas evitando la enajenación de las mismas; por lo que no podrán enajenar ningún tipo de prenda. Las Casas de Empeño deberán observar todas las medidas de prevención para evitar la propagación y contagio del virus SARS-CoV2, emitidas por la Secretaría de Salud, evitando en todo momento la concentración de personas en sus establecimientos. 13/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SFP Secretaría de la Función Pública ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales Se suspenden plazos y términos legales en la SFP del 23 de marzo al 17 de abril, en los asuntos de su competencia, los que se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión. Se exceptúan los casos de notificaciones y requerimientos que a consideración del titular de la unidad administrativa competente de la SFP considere de urgencia y relevancia. Así como los procedimientos de investigación por faltas administrativas que se inicien de oficio, derivado de denuncias o auditorías, y los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y obra pública considerados urgentes, previa justificación al OIC. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante las unidades administrativas se entenderán realizadas hasta el primer día hábil siguiente. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos a que hace referencia la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Se suspenden plazos y términos legales en la SFP del 23 de marzo al 17 de abril, relativos a la operación de los subsistemas a que hace referencia la LSPCAPF, incluidos los relativos a las designaciones realizadas conforme al art. 34 de la misma ley, en atención al mismo numeral las dependencias y órganos desconcentrados podrán autorizar nombramientos de personal, los mismos suspenderán las acciones que impliquen la concurrencia de servidores públicos y aspirantes a vacantes. Los plazos y términos suspendidos se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión, sin que sea exigible el cumplimiento de las obligaciones emanadas de los subsistemas previstos en la ley de la materia. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen los criterios en materia de administración de recursos humanos para contener la propagación del COVID-19, en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Durante el periodo comprendido del 23 de marzo al 17 de abril de 2020 los Titulares de la Oficialía Mayor de la SHCP y de las TUAF podrán permitir: trabajo en casa para adultos mayores de 60 años, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y personas con enfermedades crónicas no transmisibles; días de trabajo alternados para servidores públicos con hijos menores de 12 años que se encuentre cursando educación básica; horarios de entrada escalonados para los funcionarios en los días que asistan a los centros de trabajo. En caso de incapacidades, y de la justificación de inasistencias con motivo de síntomas de enfermedades respiratorias, las dependencias podrán aceptar las constancias electrónicas emitidas por las instancias de Seguridad Social. Corresponde a los OIC en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal la vigilancia del cumplimiento de los presentes criterios. Los presentes criterios son de observancia obligatoria para las dependencias de la APF, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, órganos reguladores coordinados en materia energética, la oficina de la Presidencia de la República, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, así como las entidades paraestatales de la APF. Quedando excluidas de la aplicación del presente acuerdo las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, las instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones participen directa o indirectamente en la Seguridad Nacional. 23/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se reforma por adición los criterios en materia de administración de recursos humanos para contener la propagación del COVID-19 El Titular de cada Dependencia y Entidad, fijará las funciones esenciales que garanticen la continuidad de operaciones en el cumplimiento de atribuciones, programas y objetivos institucionales o la prestación de bienes y servicios públicos indispensables en beneficio de la ciudadanía, las que servirán de sustento para las acciones que deben realizar los Titulares de las Áreas de Administración y Finanzas u homólogos. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se aclara y reforma el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de la Función Pública. Se aclara el numeral PRIMERO del Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de la Función Pública, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2020. Igualmente se reforma el numeral tercero del mismo acuerdo mencionado anteriormente. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden plazos y términos legales, así como actividades en la SFP, con las exclusiones que en el mismo se indican. Se suspende por causa de fuerza mayor los plazos y términos legales, y las actividades no esenciales de la SFP y de sus Unidades Administrativas señaladas en el artículo 6o. del Reglamento Interior de la SFP, durante el periodo que comprende del 18 de abril al 17 de mayo de 2020, para aquellos casos que el ejercicio de sus funciones se realicen dentro del territorio de municipios catalogados por las autoridades sanitarias de bajo nivel de transmisión y hasta el 30 de mayo de 2020, en el resto del país. En el caso de que las autoridades competentes en materia de salud del Gobierno Federal, determinen una ampliación o reducción del período de suspensión de las actividades no esenciales por la emergencia sanitaria, se entenderá prorrogado este acuerdo por esa misma temporalidad, sin necesidad de nueva publicación, salvo disposición en contrario. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos a que hace referencia la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF) En los días 23 al 27, 30 y 31 de marzo; del 1º al 3, 6 al 10, 13 al 17, 20 al 24, 27 al 30 de abril, así como el 1º, 4 al 8, 11 al 15, 18 al 22 y 25 al 29 de mayo de 2020 se suspenden los plazos y términos legales relativos a la operación de los subsistemas a que hace referencia la LSPCAPF, incluidos los relativos a las designaciones realizadas conforme a lo dispuesto por el artículo 34 del citado ordenamiento, los cuales se suspenden, reanudándose a partir de la interrupción del cómputo legal y original una vez levantada o concluida dicha suspensión. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional Las disposiciones de los presentes Lineamientos son de carácter obligatorio para todos los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, quienes serán responsables de su observancia y aplicación. Se exceptúan de esos Lineamientos las unidades administrativas de las secretarías de Salud, Defensa Nacional, Marina y Guardia Nacional que estén realizando actividades prioritarias para hacer frente a la contingencia sanitaria o dando continuidad a los proyectos prioritarios de la presente administración. Así como aquellos trámites que actualmente se llevan por medios electrónicos. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19). Se amplía el plazo para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación en términos de la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, hasta el 31 de julio de 2020, para todas las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal, incluidas aquellas que deberán presentarlas por primera vez en términos del artículo SEGUNDO del “ACUERDO por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”. Lo anterior, sin perjuicio de las determinaciones que la autoridad sanitaria establezca para mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). 22/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de plazos y términos a que hace referencia la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y se fija como medida de prevención de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2 la utilización de tecnologías de información y comunicación. Se suspenden para el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2020, los plazos y términos legales relativos a la operación de los subsistemas a que hace referencia la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, incluidos los relativos a las designaciones realizadas conforme a lo dispuesto por el artículo 34 del citado ordenamiento jurídico, los cuales se reanudarán a partir del 01 de julio de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ASF Auditoría Superior de la Federación ACUERDO por el que se suspenden los plazos y términos legales Se suspenden plazos y términos legales en todos sus alcances en la ASF del 23 de marzo al 3 de abril, y del 13 al 17 de abril de 2020. Con excepción de las actividades de la DG de Responsabilidades y de la DG de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, para el único efecto de la emisión de acuerdos de inicio de los procedimientos resarcitorios, los oficios citatorios y su notificación, así como los trámites administrativos de las áreas que resulten necesarios para su debido cumplimiento. Toda actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante cualquiera de las unidades administrativas de la ASF, en los días considerados, surtirá efectos el primer día hábil siguiente en términos del art. 28 de la LFPA. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales del 20 al 30 de abril de 2020. Lo anterior, con excepción de las actividades de la DG de Responsabilidades y de la DG de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, para el único efecto de la emisión de los acuerdos de inicio de los procedimientos resarcitorios, los oficios citatorios y su notificación; así como los trámites administrativos de las áreas que resulten necesarios para su debido cumplimiento. 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso acuerdo publicado el 16 de abril de 2020 Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales del 1 al 17 de mayo de 2020. Con excepción de las actividades de la Dirección General de Responsabilidades y de la Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, para el único efecto de la emisión de los acuerdos de inicio de los procedimientos resarcitorios, los oficios citatorios y su notificación; así como los trámites administrativos de las áreas que resulten necesarios para su debido cumplimiento. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso acuerdo publicado el 30 de abril de 2020 Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales del 18 al 31 de mayo de 2020. Lo anterior, con excepción de las actividades de la Dirección General de Responsabilidades y de la Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, para el único efecto de la emisión de los acuerdos de inicio de los procedimientos resarcitorios, los oficios citatorios y su notificación; así como los trámites administrativos de las áreas que resulten necesarios para su debido cumplimiento. 15/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso Acuerdo publicado el 15 de mayo de 2020 Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales del 1 al 14 de junio de 2020. Lo anterior, con excepción de las actividades de la DG de Responsabilidades y de la DG de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, para el único efecto de la emisión de los acuerdos de inicio de los procedimientos resarcitorios, los oficios citatorios y su notificación; así como los trámites administrativos de las áreas que resulten necesarios para su debido cumplimiento. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CJF Consejo de la Judicatura Federal ACUERDO General 4/2020 Se suspenden labores en los órganos jurisdiccionales del PJF del 18 de marzo al 19 de abril de 2020, como consecuencia, no correrán plazos y términos, no se celebrarán audiencias, ni sesiones en los Plenos de Circuito. Quedan exceptuado de la medida anterior los órganos jurisdiccionales que se encuentran de guardia, exclusivamente para la atención de asuntos urgentes, en atención al calendario que se encuentra como anexo en el artículo quinto transitorio del presente acuerdo. En cuanto a los Juzgados Especializados en materia de Ejecución con competencia en todo el país y los Juzgados de Procesos Penales Federales se enuncian los asuntos que se considerarán como urgentes para su atención. Por su parte, el Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones operará regularmente. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 5/2020 Durante el periodo comprendido del 18 de marzo al 19 de abril de 2020 las labores de las áreas administrativas del CJF se sujetarán a las modalidades previstas en el presente acuerdo. En este mismo periodo el Pleno del CJF designa al Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y al Consejero Alejandro Sergio González Bernabé para integrar la Comisión que deberá proveer los trámites y resolver los asuntos que se presenten. Se suspenden plazos y términos en las investigaciones ante la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, en los procedimientos disciplinarios y en aquellos seguidos ante la Comisión Substanciadora Única del PJF. Se suspenden labores en los CEDI y Estancias Infantiles del Consejo, durante la duración de la presente contingencia. 20/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACLARACIÓN al Acuerdo General 4/2020 Debe decir en su artículo 10: “El Pleno y la Comisión Especial…” 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACLARACIÓN al Acuerdo General 5/2020 Aclaraciones: “Artículo 2. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal designa al Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y al Consejero Alejandro Sergio González Bernabé para integrar la Comisión Especial…” “Artículo 6. En el caso de las obras cuya entrega o entregas estén calendarizadas o sujetas a plazos, las áreas administrativas, por conducto de la Secretaría Ejecutiva de Administración, solicitarán semanalmente a la Comisión Especial…” “Artículo 10. La Comisión Especial del Consejo…” 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 6/2020 Se reforman los artículos 1, 3, 4, fracciones I, III, V y VI, y 9; segundo y quinto transitorios; y se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 4 del Acuerdo General 4/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19. 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 7/2020 Se reforman los artículos 1, 4, fracción I, y 7 del Acuerdo General 5/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia en las áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 8/2020 Con el objetivo de dar continuidad a las medidas tendientes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus, así como reanudar las actividades jurisdiccionales en mayor escala dentro del Poder Judicial de la Federación, se establece que durante el período del 6 al 31 de mayo de 2020, la función jurisdiccional se regirá en atención a los postulados de ese Acuerdo. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 9/2020 Se reforma el artículo 1 del Acuerdo General 5/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia en las áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 10/2020 Con el objetivo de dar continuidad a las medidas tendientes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus, así como reanudar las actividades jurisdiccionales en mayor escala dentro del Poder Judicial de la Federación, se establece que durante el período del 6 de mayo al 15 de junio de 2020. 28/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General 11/2020 Con la finalidad de evitar la concentración de personas y, con ello, la propagación del virus, las labores de las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal se sujetarán a las siguientes modalidades durante el período comprendido del 18 de marzo al 15 de junio de 2020. 28/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SECTUR Secretaría de Turismo ACUERDO por el que se suspenden, por causa de fuerza mayor, los actos y procedimientos administrativos A partir del 23 de marzo de 2020 y hasta que se publique acuerdo diverso en contrario, se suspenden los actos y procedimientos administrativos por causas de fuerza mayor, considerándose inhábiles los días que abarca el periodo anterior. Únicamente en aquellos asuntos de imperiosa necesidad para el desempeño institucional se emitirán actos y resoluciones para su substanciación. 23/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CSG Consejo de Salubridad General ACUERDO por el que se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia. El CSG acuerda que la SSA establecerá las medidas necesarias para la prevención y control de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, COVID-19, en consenso con las dependencias y entidades involucradas en su aplicación, definiéndose sus modalidades específicas, las fechas de inicio y término de las mismas, así como su extensión territorial. 23/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General señala los días inhábiles del 26 de marzo al 19 de abril de 2020, para efectos de la realización de trámites administrativos. El CSG continuará en sesión permanente la cual, además de utilizar las formas convencionales para sus reuniones, también empleará la tecnología que permite el uso de medios de comunicación electrónica. Se considerarán días inhábiles del 26 de marzo al 19 de abril de 2020 por causa de fuerza mayor. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2. La Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia sanitaria declarada. 30/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se señalan días inhábiles para efectos de la realización de trámites administrativos a cargo del Consejo de Salubridad General. Para efectos de la realización de trámites ante el CSG, se considerarán días inhábiles los comprendidos del 20 al 30 de abril de 2020, por lo que no correrán los plazos o términos que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables. El CSG proveerá lo necesario para la atención de los asuntos urgentes que resulten indispensables para hacer frente a la contingencia; se mantengan en labores el personal necesario para no afectar las funciones propias del Consejo, y deberá garantizar la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). 21/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se adiciona un artículo Noveno al similar por el que se establece como obligatorio, a partir del 1 de enero de 2012, el requisito de certificación del Consejo de Salubridad General a los servicios médicos hospitalarios y de hemodiálisis privados, que celebren contratos de prestación de servicios con las dependencias y entidades de las administraciones públicas de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales, publicado el 29 de diciembre de 2011. En caso de epidemias de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades exóticas, emergencia sanitaria o desastres naturales en el territorio nacional, se eximirá de cumplir con el requisito de certificación de los establecimientos de atención médica a los servicios médicos hospitalarios y de hemodiálisis privados, así como de cualquier otro que obstaculice la ejecución de las acciones para la atención de cualquiera de las calamidades señaladas, a efecto de que se celebren contratos de prestación de servicios con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, hasta que se declare por la autoridad sanitaria el término de la contingencia. 22/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se señalan días inhábiles para efectos de la realización de trámites administrativos a cargo del Consejo de Salubridad General, publicado el 21 de abril de 2020. Por causa de fuerza mayor, para efectos de la realización de trámites ante el Consejo de Salubridad General, se considerarán días inhábiles los comprendidos del 20 de abril al 30 de mayo de 2020, por lo que no correrán los plazos o términos que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, como medida de prevención y mitigación de la epidemia de enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se señalan días inhábiles para efectos de la realización de trámites administrativos a cargo del Consejo de Salubridad General, publicado el 21 de abril de 2020. Por causa de fuerza mayor, para efectos de la realización de trámites ante el Consejo de Salubridad General, se considerarán días inhábiles los comprendidos del 20 de abril y hasta el nuevo Acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no correrán los plazos o términos que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, como medida de prevención y mitigación de la epidemia de enfermedad causada por el virus SARS-CoV2. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
TFJA Tribunal Federal de Justicia Administrativa ACUERDO SS/10/2020 por el que se determina la suspensión de actividades jurisdiccionales. Se suspende toda actividad jurisdiccional en el TFJA del 18 de marzo al 19 de abril de 2020, considerando los mismos como inhábiles, en la inteligencia que no correrán plazos ni términos procesales. 23/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO G/JGA/37/2020 por el que se dan a conocer los Lineamientos para las guardias temporales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Se establecen las reglas conforme a las cuales se cubrirán las guardias temporales, durante el período del 20 de abril al 05 de mayo de 2020, o durante todo el tiempo que dure la suspensión de actividades jurisdiccionales. Los servidores públicos jurisdiccionales que cubran la guardia, estarán habilitados en los términos de estos Lineamientos para tramitar y resolver las peticiones urgentes que no admitan demora relacionadas con medidas cautelares o la suspensión de la ejecución del acto impugnado que se presenten conforme el último párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para la atención de esos asuntos se establecen 9 Regiones cuya integración se menciona en el numeral tercero de ese Acuerdo. Se establece como horario de recepción de las peticiones o solicitudes de lunes a viernes de las 10:00 a las 14:30 horas. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO SS/11/2020 por el que se determina la suspensión de actividades jurisdiccionales del 20 de abril al 05 de mayo de 2020. Se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales en el TFJA por el periodo comprendido del 20 de abril al 05 de mayo de 2020, por lo tanto, los días comprendidos en dicho periodo se considerarán inhábiles. Se determina el establecimiento de guardias temporales, para atender y resolver las solicitudes, en los casos urgentes que no admitan demora, de las medidas cautelares o suspensión del acto impugnado, que se presenten durante el periodo de suspensión de actividades jurisdiccionales. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se da a conocer la Modificación de los Lineamientos para las guardias temporales Se modifica el lineamiento CUARTO, en sus párrafos primero y segundo. 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO SS/12/2020 Se modifica el Acuerdo SS/11/2020, en sus acuerdos primero, segundo y tercero, así como se adiciona un CUARTO acuerdo. Se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales en el TFJA por el periodo comprendido del 6 al 29 de mayo de 2020. 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO SS/13/2020 Se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa por el periodo comprendido del primero al quince de junio de dos mil veinte, por lo tanto los días comprendidos en dicho periodo se considerarán inhábiles, en la inteligencia de que no correrán plazos ni términos procesales. 03/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados. Se considerará inhábil del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, por causas de fuerza mayor con motivo de la situación sanitaria generada por el coronavirus COVID-19, para efectos de los actos, y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la SEMARNAT, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría y sus órganos administrativos desconcentrados para habilitar días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, etc., siempre y cuando no se ponga en riesgo la salud de los servidores públicos respectivos. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se habilitan días y horas para las unidades administrativas que se indican, a efecto de que lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los trámites y procedimientos que se señalan. Se exceptúan del acuerdo publicado por esa secretaría el 24 de marzo de 2020 los plazos y términos de ley en los trámites, diligencias, actuaciones y procedimientos específicos de las siguientes materias: v Forestal v Sustancias químicas y residuos peligrosos sujetos a tratados internacionales. v Emisiones a la atmósfera v Áreas naturales protegidas v Procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios v Obra pública y servicios relacionados. En todos los supuestos señalados en el presente Acuerdo, se deberán observar rigurosamente las disposiciones sanitarias y de sana distancia, privilegiando que las comunicaciones entre Unidades Administrativas, o de interacciones de éstas con otras instancias públicas así como en las que corresponda con los particulares, se realicen utilizando medios en electrónicos. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete A partir del 9 de abril y hasta el 17 de abril de 2020 se suspenden los plazos y términos para efectos de: v Los procedimientos de fiscalización, consistentes en visitas domiciliarias y revisiones de gabinete que en ejercicio de sus atribuciones se encuentran desahogando la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua. v Los diversos procedimientos en trámite contemplados en los artículos 192-E, 230-A, 236-B, 286-A de la LFD; 22, 22-A, 22-D, 23, 34, 41, 63, 66, 66-A, 67 y 74 del CFF, así como las “Reglas que establecen la metodología para determinar el volumen de uso eficiente de aguas nacionales. 08/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la SEMARNAT y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican. Para efectos de los actos, y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la SEMARNAT, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, se considerarán inhábiles los días del 20 al 24 y 27 al 30 de abril del 2020, sin implicar ello la suspensión de labores. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esa Secretaría y de sus órganos administrativos desconcentrados para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten a efecto de evitar cualquier perjuicio o dilación a la ciudadanía, siempre y cuando no se ponga en riesgo la salud de los servidores públicos respectivos. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el periodo de suspensión de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comprobación, así como los plazos y términos de procedimientos distintos a los anteriores, sustanciados por la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización en los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua. Se amplía el periodo de suspensión de los plazos para su continuación, a partir del 20 de abril de 2020 y hasta el 4 de mayo del mismo año, pata efectos de: v Los procedimientos de fiscalización, consistentes en visitas domiciliarias y revisiones de gabinete que en ejercicio de sus atribuciones se encuentran desahogando la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua. v Los diversos procedimientos en trámite contemplados en los artículos 192-E, 230-A, 236-B, 286-A de la LFD; 22, 22-A, 22-D, 23, 34, 41, 63, 66, 66-A, 67 y 74 del CFF, así como las “Reglas que establecen la metodología para determinar el volumen de uso eficiente de aguas nacionales. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, se considerarán inhábiles los días que comprenden el periodo del 4 al 29 de mayo del 2020, sin implicar suspensión de labores. En el artículo TERCERO de ese Acuerdo se contemplan los trámites, diligencias, actuaciones y procedimientos que se exceptúan. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el periodo de suspensión de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comprobación, así como los plazos y términos de procedimientos distintos a los anteriores, sustanciados por la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización en los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua Se amplía el periodo de suspensión de los plazos para su continuación, a partir del 5 y hasta el 30 de mayo del mismo año, para efectos de: v Los procedimientos de fiscalización, consistentes en visitas domiciliarias y revisiones de gabinete que en ejercicio de sus atribuciones se encuentran desahogando la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua. v Los diversos procedimientos en trámite contemplados en los artículos 192-E, 230-A, 236-B, 286-A de la LFD; 22, 22-A, 22-D, 23, 34, 41, 63, 66, 66-A, 67 y 74 del CFF, así como las “Reglas que establecen la metodología para determinar el volumen de uso eficiente de aguas nacionales. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se habilitan días y horas para la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos que se indican, a efecto de que se lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los procedimientos de su competencia que se señalan. Se habilita la Oficialía de Partes de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Col, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Ciudad de México, de las 10:00 a las 15:00 y 16:00 a las 18:00 horas de los días 7, 14, 21, y 28 de mayo del año 2020. Se habilita de las 10:00 a las 15:00 y 16:00 a las 18:00 horas de los días 7, 14, 21, y 28 de mayo del año 2020, a efecto de que la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de este órgano desconcentrado, dé continuidad a las atribuciones de Supervisión mediante requerimientos de información, respecto al cumplimiento de las Disposiciones Administrativas de Carácter General y Normas Oficiales Mexicanas y Acuerdos competencia de la Agencia, en términos del artículo 13 del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Artículo Segundo del Acuerdo por el que se Delegan a los Jefes de la Unidad de Gestión Industrial y la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, las facultades y atribuciones que se indican. 06/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se habilitan días y horas para las unidades administrativas que se indican, a efecto de que lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los trámites y procedimientos que se señalan. se habilitan de las 09:00 horas a las 18:00 horas durante los días 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de mayo del año en curso, para que la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua, así como las oficinas de la Comisión Nacional del Agua en las entidades federativas (Organismos de Cuenca y Direcciones Locales), lleve a cabo los procedimientos relacionados con los trámites siguientes: I. CONAGUA-02-002. Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica. Para efectos del trámite antes indicado y con el objetivo de realizar los actos, procedimientos y notificaciones correspondientes de este trámite, se habilita el funcionamiento del Sistema Con@gua en Líne@, en el horario mencionado. II. CONAGUA-02-002. Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica. Para efectos del trámite antes indicado y con el objetivo de realizar los actos, procedimientos y notificaciones personales de este trámite en las oficinas de la Subdirección General Técnica a nivel central, así como en las diferentes sedes de la Comisión Nacional del Agua en las entidades federativas (Organismos de Cuenca y Direcciones Locales), se habilitan las horas y los días señalados en el primer párrafo del presente Artículo. 18/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se habilitan días y horas para efectos de llevar a cabo los trámites para la obtención de los certificados previstos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria “PROFEPA-03-005 certificación de vehículos nuevos”, revisión, evaluación y, en su caso, certificación de vehículos nuevos en planta, “PROFEPA-02-001 obtención de un certificado ambiental” modalidades A y C y “PROFEPA-02-002 solicitud para la renovación de un certificado ambiental”, modalidades A y B. Se habilitan las siguientes horas y días, de las 9:00 horas a las 14:00 horas de los días 27, 28 y 29 de mayo de 2020, para llevar a cabo los trámites para la obtención del certificado contemplado en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, bajo el trámite PROFEPA-03-005. Revisión, evaluación y, en su caso, certificación de vehículos nuevos en planta, relacionado con las normas que se mencionan en el acuerdo respectivo. Los mismos días y horas hábiles se aplicarán para la realización de los trámites correspondientes a la Obtención de un Certificado Ambiental, así como la Solicitud de renovación de un Certificado Ambiental, identificados en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria. Estos trámites se podrán realizar en las oficinas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ubicadas en Camino al Ajusco 200, Colonia Jardines de la Montaña, C.P. 14210, Ciudad de México, Tlalpan y a través del Sistema de Auditoría Ambiental en Línea SAAEL. 27/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con las excepciones que en el mismo se indican. Se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades no esenciales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, para efectos de los actos y procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realizan sus distintas unidades administrativas, durante el periodo comprendido del 1 de junio de 2020, y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el periodo de suspensión de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comprobación, así como los plazos y términos de procedimientos distintos a los anteriores, sustanciados por la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización en los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua Para efectos de los procedimientos de fiscalización, consistentes en visitas domiciliarias y revisiones de gabinete que en ejercicio de sus atribuciones se encuentra desahogando la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua, se amplía el periodo de suspensión de los plazos para su continuación, durante el periodo comprendido del 1 de junio de 2020 y hasta que entre en vigor el nuevo Acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, con motivo de que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se habilitan días y horas para la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos que se indican, a efecto de que se lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los procedimientos de su competencia que se señalan. Se habilita la Oficialía de Partes de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Col, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Ciudad de México, de las 10:00 a las 15:00 horas, los días jueves a partir del 04 de junio del año en curso y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 04/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
COFECE Comisión Federal de Competencia Económica ACUERDO mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos A partir del 23 de marzo y hasta el 17 de abril de 2020 no correrán plazos ni términos de los procedimientos tramitados ante la Comisión (considerándose laborables), salvo los procedimientos que se tramiten con fundamento en los artículos 90, 92, 98 y 99 de la LFCE, así como 111, 112, 113, 113 bis, 113 bis 1, 113 bis 2, 113 bis 3, 113 bis 4, 113 bis 5, 113 bis 6 y 133 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE, para los cuales correrán plazos y términos correspondientes así como se podrán practicar todas las diligencias necesarias para su desahogo. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota Debido a la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) reconocido como una enfermedad grave de atención prioritaria, y durante el tiempo que continúe la misma, en atención a las medidas preventivas para la mitigación y control de riesgos para la salud que implica el virus COVID-19, en lo concerniente al funcionamiento del Pleno, se autoriza la realización de las sesiones plenarias de manera remota por medios electrónicos. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica. Se determina que, a partir del 20 de abril y hasta el 30 de abril de 2020, los días serán laborables, pero no correrán los plazos ni términos de los procedimientos tramitados ante la Comisión, salvo en los casos señalados en el punto de acuerdo quinto de ese Acuerdo, sin que ello derive en el cierre de las oficinas de la Comisión, las que mantendrán un horario de atención ordinario, sin perjuicio de las medidas sanitarias que resulten aplicables y se consideren pertinentes. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica emite las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por correo electrónico. Durante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, las notificaciones que deban realizarse personalmente se podrán realizar a través de correo electrónico considerando las reglas establecidas en estas Disposiciones Regulatorias. La notificación a través de correo electrónico sólo podrá realizarse a la dirección de correo electrónico de la persona sujeta al procedimiento, sus representantes o sus autorizados, siempre y cuando se tenga certeza de que el correo electrónico correspondiente les pertenece. 23/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica. Se determina que, a partir del 6 de mayo 2020 y hasta el 29 de mayo de 2020, los días serán laborables, pero no correrán los plazos ni términos de los procedimientos tramitados ante la Comisión, salvo en los casos señalados en el punto de acuerdo quinto siguiente, sin que ello derive en el cierre de las oficinas de la Comisión, las que mantendrán un horario de atención ordinario, sin perjuicio de las medidas sanitarias que resulten aplicables y se consideren pertinentes. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica A partir del 1° de junio de 2020 y hasta el 12 de junio de 2020, los días serán laborables, pero no correrán los plazos ni términos de los procedimientos tramitados ante la Comisión, salvo en los casos señalados en el punto de acuerdo QUINTO, sin que ello derive en el cierre de las oficinas de la Comisión, las que mantendrán un horario de atención ordinario, sin perjuicio de las medidas sanitarias que resulten aplicables y se consideren pertinentes. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEGOB Secretaría de Gobernación ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en los trámites de la Secretaría de Gobernación que se indican. Se suspenden los plazos y términos legales del día 24 de marzo al 17 de abril de 2020 en todos los trámites sustanciados por la DG de Asuntos Religiosos y la DG de Juegos y Sorteos, en el mismo periodo, se suspenden los trámites y plazos de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, salvo aquellos relacionados con la presentación de la solicitud de refugio y a la opinión de la SEGOB con respecto a la solicitud de asilo político de conformidad con disposiciones jurídicas aplicables. Consecuentemente no se celebrarán audiencias, ni se practicarán notificaciones y requerimientos, estos últimos dos supuestos se exceptuarán de la medida de suspensión en asuntos de urgencia y relevancia que lo ameriten. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante las unidades administrativas de la SEGOB, se entenderán realizadas hasta el primer día hábil siguiente. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden plazos, términos y actividades de la Secretaría de Gobernación, con las exclusiones que en el mismo se indican. Se suspenden por causa de fuerza mayor los plazos, términos y actividades no esenciales de la SEGOB, durante el período que comprende del 1 al 30 de abril de 2020, incluyendo la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la SEGOB. Respecto al Instituto Nacional de Migración se suspenden únicamente los trámites que deban llevar a cabo las personas extranjeras con condición de estancia de residente temporal o residente permanente que se encuentren actualmente en el país o en el exterior, incluyendo los que se derivan de los realizados en las embajadas o consulados de México. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría de Gobernación hasta el 30 de mayo de 2020, con las exclusiones que en el mismo se indican. Se amplía la suspensión decretada en fecha 01 de abril de 2020, en consecuencia, se suspenden por causa de fuerza mayor los plazos, términos y actividades no esenciales de la Secretaría de Gobernación, durante el período comprendido del 30 de abril al 30 de mayo de 2020. En su artículo CUARTO de ese Acuerdo se encuentran las actividades y trámites excluidos de la aplicación del mismo. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO SIPINNA/EXT/01/2020 Se aprueban diversas ACCIONES INDISPENSABLES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR POR LA EPIDEMIA DE ENFERMEDAD GENERADA POR EL VIRUS SARS- COV2 26/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría de Gobernación, con las exclusiones que en el mismo se indican. Se amplía la suspensión, por causas de fuerza mayor, de los plazos, términos y actividades no esenciales de la Secretaría de Gobernación, durante el período comprendido del 1 de junio de 2020, y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. La presente suspensión incluye la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Gobernación. 27/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SSA Secretaría de Salud ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Para los integrantes del Sistema Nacional de Salud será obligatorio el cumplimiento de las disposiciones del presente acuerdo. Se debe entender por medidas preventivas aquellas intervenciones comunitarias definidas en la Jornada Nacional de Sana Distancia que tiene como objetivo el distanciamiento social para la mitigación de la transmisión poblacional del virus COVID-19, disminuyendo así el número de contagios de persona a persona y por ende la propagación de la enfermedad, con énfasis en grupos vulnerables, permitiendo además que la carga de enfermedad esperada no se concentre en unidades de tiempo reducidas, con el subsecuente beneficio de garantizar el acceso a la atención médica hospitalaria para los casos graves. En el artículo segundo de este acuerdo se enlistan las medidas preventivas que se deben poner en práctica. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
DECRETO por el que se sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas La SSA a través de su titular realizará todas las acciones que resulten necesarias a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas en el presente decreto e informará cada 24 horas al ejecutivo federal sobre la situación existente. Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a coordinarse y brindar los apoyos necesarios para la instrumentación de las medidas preventivas del acuerdo que se sanciona por el presente. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos. Se suspenden los plazos y términos legales del 26 de marzo al 19 de abril de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la SSA, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, comprendiéndose como inhábiles los días que comprende el periodo citado. Únicamente se proveerá o necesario respecto de los trámites que sean indispensables y/o urgentes para hacer frente a la contingencia. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
DECRETO por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional La SSA podrá implementar de manera inmediata además de lo previsto en el artículo 184 de la LGS, las acciones extraordinarias previstas en ese decreto. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. Los sectores público, social y privado deberán implementar las medidas enlistadas en la fracción I del artículo 1 de ese acuerdo. Debiendo suspenderse inmediatamente toda actividad no esencial del 30 de marzo al 30 de abril de 2020. En la fracción II del mismo numeral se menciona aquellas actividades esenciales que deberán seguir en funcionamiento. Se modifica la integración del CSG. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias que se deberán de realizar para la adquisición e importación de los bienes y servicios a que se refieren las fracciones II y III del artículo Segundo del Decreto. Se establece que las Secretarías de Salud; de la Defensa Nacional, y de Marina; así como el Instituto de Salud para el Bienestar; el Instituto Mexicano del Seguro Social, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en sus respectivos ámbitos de competencia y con sujeción a sus recursos disponibles, serán las unidades facultadas para adquirir y, en su caso, importar los bienes y servicios, así como las mercancías y objetos a que se refieren las fracciones II y III del artículo Segundo del Decreto publicado por esa misma secretaría el 27 de marzo de 2020 en el DOF. La SFP en apoyo a las unidades facultadas realizará el acompañamiento preventivo de los procedimientos de adquisición de los bienes y servicios, los cuales se realizarán por adjudicación directa en atención al procedimiento previsto en la normatividad aplicable. 03/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria. En su artículo segundo debe decir: “Se establece como acción extraordinaria, para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, la participación en las sesiones del Consejo de Salubridad General, en términos del artículo 24 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, de los siguientes servidores públicos”. 03/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias. Se establecen los lineamientos técnicos a seguir para: v Empresas cuya suspensión pueda tener efecto irreversible para su operación (acero, cemento, vidrio y servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social) v Empresas de mensajería. v Empresas necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables: energía eléctrica. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
FE de erratas que emite la Secretaría de Salud al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020, publicado el 6 de abril de 2020. En el apartado A, párrafo segundo del Lineamiento SEGUNDO debe decir: “ Aquellas empresas de producción de acero, cemento y vidrio que tengan contratos vigentes con el Gobierno Federal, continuarán las actividades que les permitan cumplir con los compromisos de corto plazo exclusivamente para los proyectos de Dos Bocas, Tren Maya, Aeropuerto Felipe Ángeles, Corredor Transístmico; así como los contratos existentes considerados como indispensables para Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad.” 08/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se prohíbe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y se sugieren medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria. Se prohíbe expresamente a todas las autoridades de todos los órdenes de gobierno, así como a cualquier institución pública o privada que tenga a su cargo el manejo de los cadáveres, lo siguiente: v La incineración de los cuerpos no identificados, o identificados, pero no reclamados, en todo el país fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), o cualquier otra causa tal como lo establece la LGMDFP, e v Inhumar los cadáveres de los cuerpos no identificados, o identificados, pero no reclamados, en las fosas comunes existentes. Las autoridades e instituciones antes mencionadas, deberán facilitar la trazabilidad tanto de los cuerpos identificados como los no identificados, mediante el uso de tumbas individuales o fosas específicas para casos sospechosos o confirmados de COVID-19, claramente marcadas, que especifiquen que se trata de una defunción por la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). En el caso de cuerpos sospechosos o confirmados de COVID-19, no se podrá realizar exhumación de cuerpos antes de 180 días a partir de la fecha en que se haya inhumado. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, publicado el 26 de marzo de 2020. Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales durante el periodo comprendido del 26 de marzo al 30 de abril de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020. Se modifica la fracción I, del artículo Primero, y se adicionan los artículos Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020 21/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen especificaciones que las secretarías de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina; así como el Instituto de Salud para el Bienestar, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en su carácter de unidades facultadas, deberán observar para la contratación del personal que en el mismo se menciona. Las unidades facultadas, con sujeción a sus recursos disponibles y exclusivamente por el tiempo que dure la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, podrán contratar a profesionales de la salud que, habiendo obtenido durante los años 2019 y 2020, el respectivo diploma de especialidad médica de la institución de educación superior o de salud oficialmente reconocida ante las autoridades correspondientes donde hayan cursado sus estudios, no cuenten aún con la cédula profesional de especialidad o el certificado de especialidad emitido por el Consejo de Especialidad Médica respectivo, conforme a lo señalado en el artículo 81 de la Ley General de Salud. 24/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, publicado el 26 de marzo de 2020 Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales durante el periodo comprendido del 26 de marzo al 30 de mayo de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, de manera enunciativa mas no limitativa; la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a sus servidores públicos adscritos, salvo aquellos trámites y procedimientos considerados indispensables y/o urgentes por las referidas unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias. La estrategia consiste en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, considerando las siguientes etapas: i) Etapa 1.- Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19; ii) Etapa 2.- Abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud, conforme al Artículo Cuarto, segundo párrafo, del presente Acuerdo, y iii) Etapa 3.- Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas. 14/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa Se modifican los numerales Segundo, fracción ii) y Cuarto del Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias. 15/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas. Los lineamientos técnicos son de aplicación general para todos los centros de trabajo, y tienen por objetivo establecer las medidas específicas que las actividades económicas deberán implementar en el marco de la estrategia general para la Nueva Normalidad, para lograr un retorno o la continuidad de las actividades laborales seguro, escalonado y responsable. Con el fin de que los centros de trabajo puedan identificar las medidas obligatorias para el retorno o la continuidad de sus labores, se contemplan cuatro dimensiones que deberán considerarse: el tipo de actividad (esencial o no esencial), el tamaño del centro de trabajo, el nivel de alerta sanitaria de la ubicación del centro de trabajo, así como sus características. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el numeral primero del Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales durante el periodo comprendido del 26 de marzo de 2020 y hasta nuevo Acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CRE Comisión Reguladora de Energía ACUERDO número A/010/2020 Se declara la suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados en la CRE del 24 de marzo al 17 de abril de 2020. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante este órgano regulador durante este periodo, se entenderán realizadas hasta el 20 de abril de 2020. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO número A/014/2020. Se modifica el diverso número A/010/2020 por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la CRE, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, a efecto de ampliar el periodo suspensivo hasta el 30 de abril de 2020. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante esa Comisión durante el periodo señalado se entenderán realizadas hasta el 4 de mayo de 2020. 07/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los diversos núm. A/010/2020 y A/014/2020 por los que se establecen la suspensión de plazos y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, a efecto de ampliar el periodo suspensivo. Se amplía el periodo de suspensión hasta el 30 de mayo de 2020, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19. Quedan exceptuados de la medida de suspensión prevista en el presente Acuerdo los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios cuya realización sean de extrema urgencia o resulten necesarios para la continuidad de operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales de la Comisión Reguladora de Energía. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los diversos Núm. A/010/2020, A/014/2020 y A/015/2020 por los que se establecen la suspensión de plazos y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía. Se amplía el periodo suspensivo establecido en los Acuerdos Núm. A/010/2020, A/014/2020 y A/015/2020, del 1 de junio del presente año hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. Quedan exceptuados de la medida de suspensión prevista en el presente Acuerdo los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios cuya realización sean de extrema urgencia o resulten necesarios para la continuidad de operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales de la CRE. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
IMPI Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ACUERDO por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales. Se suspenden los plazos y términos legales en el IMPI por causas de fuerza mayor, del 24 de marzo al 19 de abril del 2020. Con excepción de aquellas diligencias que sean necesarias para contribuir a la mitigación de los efectos de la pandemia, o en su caso, levantar medidas provisionales impuestas dentro de un procedimiento de declaración administrativa de infracción. Las solicitudes o promociones presentadas durante dicho periodo se entenderán realizadas hasta el primer día hábil siguiente. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden las actividades por causa de fuerza mayor. Se suspenden las actividades del 27 de marzo al 19 de abril de 2020. Se podrá convocar al personal estrictamente necesario bajo los supuestos del artículo 3 de ese acuerdo. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del IMPI por causa de fuerza mayor. Se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en los términos del Acuerdo dictado por dicha Dependencia, del 27 de marzo al 30 de abril de 2020. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el IMPI en el periodo que se indica. Se suspenden los plazos y no correrán términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causas de fuerza mayor, de conformidad con lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles del 24 de marzo al 30 de abril de 2020. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causa de fuerza mayor. Se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial del 27 de marzo al 30 de mayo de 2020. El Instituto podrá convocar al personal estrictamente necesario para: a) Atender los asuntos urgentes relacionados con la administración de la Entidad o cualquier tipo de diligencia que sea necesaria para contribuir a la mitigación de los efectos de la pandemia; b) Levantar medidas provisionales impuestas dentro de un procedimiento de declaración administrativa de infracción, o c) Ordenar la suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en las aduanas del país, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Para efectos de los incisos b) y c) anteriores se habilitarán las horas o días necesarios, previa solicitud al correo electrónico medidas@impi.gob.mx. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en el periodo que se indica. Se suspenden los plazos y no correrán términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causas de fuerza mayor, de conformidad con lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles del 24 de marzo al 30 de mayo de 2020. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causa de fuerza mayor. Se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en los términos del Acuerdo dictado por dicha Dependencia, durante el período comprendido del 27 de marzo de 2020 y hasta en tanto que las autoridades de la región en donde se encuentra cada una de las oficinas de este Instituto lo estimen pertinente. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en el periodo que se indica. Se suspenden los plazos y no correrán términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causas de fuerza mayor, de conformidad con lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, durante el período comprendido del 24 de marzo de 2020 y hasta en tanto se materialicen las condiciones previstas para la reapertura de las actividades en la sede principal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INE Instituto Nacional Electoral EXTRACTO del Acuerdo INE/JGE34/2020. Se aprueban las medidas de excepcionalidad e instrucciones de carácter temporal en los términos de ese acuerdo para la continuidad de operaciones institucionales derivado de la pandemia del COVID-19. 24/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO del CG del INE por el que se autoriza la celebración de sesiones virtuales, ordinarias o extraordinarias, del Consejo General o la Junta General Ejecutiva. Se deberá privilegiar la realización de sesiones virtuales o a distancia, y únicamente, de manera excepcional y justificada cuando ello no fuera posible, se optará por el desahogo de sesiones presenciales tomando en consideración las medidas preventivas que se deben implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se determina como medida extraordinaria la suspensión de plazos inherentes a las actividades de la función electoral Se aprueba como medida extraordinaria la suspensión de los plazos y términos relativos a las actividades inherentes a la función electoral enunciadas en el anexo único de este Acuerdo, hasta que se contenga la pandemia de coronavirus, Covid-19, para lo cual este Consejo General dictará las determinaciones conducentes a fin de reanudar las actividades y retomar los trabajos inherentes al ejercicio de sus atribuciones. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
RESOLUCIÓN del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el cual se aprueba ejercer la facultad de atracción, para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo. Una vez restablecidas las condiciones de seguridad sanitaria y en atención a la información que proporcione la SSA y a las medidas que determine el CSG, el CG del INE determinará la fecha para celebrar la Jornada Electoral y reanudar las actividades inherentes al desarrollo de los Procesos Electorales Locales, en Coahuila e Hidalgo, en coordinación con el TEPJF, los respectivos Organismos Públicos Locales, los tribunales electorales estatales y los congresos de dichas entidades federativas. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
EXTRACTO del Acuerdo INE/JGE45/2020 de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se modifica el diverso INE/JGE34/2020 Se aprueba modificar el diverso INE/JGE34/2020, a efecto de ampliar la suspensión de los plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos de este Instituto, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que este órgano colegiado acuerde su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con la pandemia, debiendo continuar vigentes de igual manera el resto de las determinaciones contenidas en el acuerdo de referencia. 24/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se prorroga la suspensión de los plazos y términos legales Se prorroga la suspensión de los plazos y términos que legal, reglamentaria y normativamente deben observarse en los procedimientos a cargo del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, durante el periodo del 20 de abril de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria determine la reanudación de actividades no esenciales del sector público, que permitan el desarrollo normal de funciones del Órgano Interno de Control en sus instalaciones, o bien, hasta que la autoridad sanitaria levante la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, por lo que los días previstos en dicho período no se computarán en los plazos y términos para tramitar, sustanciar y/o resolver los procedimientos o recursos administrativos que sean competencia de ese Órgano Interno de Control. Se establecen como excepciones a la suspensión de plazos y términos los relativos a los procedimientos de auditoría e investigación de responsabilidades administrativas, los actos de entrega recepción y el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración patrimonial y de intereses de todas las personas servidoras públicas del Instituto, en los términos que se indican en los considerandos de ese Acuerdo. 24/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establecen los criterios a los que deberán sujetarse los partidos políticos nacionales que soliciten renunciar a su financiamiento público, en virtud de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19). El Consejo General considera jurídicamente factible atender las solicitudes de renuncia al financiamiento público federal para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes correspondiente al ejercicio dos mil veinte, que así externen los Partidos Políticos Nacionales. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que resuelva, en su caso, las futuras solicitudes de renuncia al financiamiento público para el sostenimiento de las actividades permanentes que llegaren a presentar los institutos políticos, conforme al procedimiento determinado en considerandos previos, de lo cual, al finalizar dicha contingencia, deberá rendir un informe a este Consejo General, en su sesión ordinaria siguiente, respecto de todas las resoluciones que emita. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba, de manera temporal y extraordinaria, la presidencia e integración de comisiones permanentes, temporales y otros órganos, así como se crea la Comisión Temporal de Presupuesto. Se aprueba, de manera temporal y extraordinaria, la integración de las Comisiones Permanentes, Temporales y otros Órganos del INE hasta en tanto la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión designe a las y los Consejeros Electorales que integrarán el Consejo General. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO GENERAL OIC-INE/06/2020 Se amplía el plazo para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, en la modalidad de modificación del ejercicio 2019, previsto en la fracción II del artículo 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, hasta el 31 de julio de 2020, para todas las personas servidoras públicas del Instituto Nacional Electoral. Se suspende el cómputo de los plazos para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, en sus modalidades de inicio y conclusión, previstos en las fracciones I y III del artículo 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a partir del 20 de abril de 2020 y hasta en tanto este Órgano Interno de Control emita y publique el acuerdo específico en el que se establezca la conclusión de suspensión de plazos. 25/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
EXTRACTO del Acuerdo INE/CG92/2020 Se aprueba que las Credenciales para Votar que perdieron vigencia el 1 de enero de 2020 y no han sido renovadas, continúen vigentes hasta el 1 de septiembre de 2020, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, COVID-19. 02/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
EXTRACTO del Acuerdo INE/CG93/2020 Se aprueba la expedición de Constancias Digitales de situación registral, como medida que promueva la identificación de las y los ciudadanos en sus trámites administrativos, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, COVID-19. 02/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reanudan algunas actividades suspendidas como medida extraordinaria con motivo de la contingencia sanitaria Se determina como medida especial la reanudación de actividades inherentes al proceso de constitución como Partido Político Nacional, conforme a lo señalado en los Considerandos 5 y 6 del Acuerdo. Igualmente se aprueba el calendario para la reanudación de actividades respecto de la revisión, elaboración y aprobación de los dictámenes y resolución correspondientes de los informes mensuales de ingresos y gastos presentados por las 7 Organizaciones de Ciudadanos que presentaron su solicitud formal para obtener su registro como Partido Político Nacional por el periodo de enero dos mil diecinueve a febrero de dos mil veinte, atento a los plazos del proceso de fiscalización en los términos de ese Acuerdo. 11/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CJEF Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos Se suspenden plazos y términos del 25 de marzo al 19 de abril de 2020, por causas de fuerza mayor, (considerándose inhábiles estas fechas) en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la CJEF, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la CJEF. Los actos que resulten urgentes a juicio de los TUA, o que no sean susceptibles de suspensión conforme a las leyes, deberán desahogarse en los plazos que al efecto éstas señalen o conforme a instrucciones administrativas correspondientes. 25/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SENER Secretaría de Energía ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales Se suspenden plazos y términos de los actos y procedimientos seguidos ante la SENER del 24 de marzo al 19 de abril de 2020, declarándose inhábil el periodo anterior para todos los efectos legales, mismo periodo durante el cual se entenderán realizadas hasta el 20 de abril de 2020 las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la SENER. Pudiendo habilitar días y horas hábiles durante este periodo el titular de cada unidad administrativa a fin de proveer los asuntos cuya urgencia y relevancia lo ameriten. Quedan exceptuados de la medida de suspensión los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios cuya realización sean de extrema urgencia. 25/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado el 25 de marzo de 2020. Se declara la suspensión de los plazos y términos de los actos, y procedimientos previstos en las disposiciones jurídicas aplicables a cargo de la SENER y órganos desconcentrados de esta dependencia, respecto de los asuntos de su competencia, durante el periodo comprendido a partir del día de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente acuerdo al 30 de abril de 2020. Se declaran como inhábiles para todos efectos legales, los días comprendidos en el numeral anterior, en el entendido de que, si dentro del periodo referido, fenece algún plazo legal para esa Secretaría, éste se considerará prorrogado por el mismo número de días que comprenda dicho periodo. Durante el periodo precisado, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la SENER se entenderán realizadas hasta el 4 de mayo de 2020; salvo aquellas que a juicio de la Secretaría requieran una atención inmediata. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica el Acuerdo que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del COVID-19, publicado en el DOF el 25 de marzo de 2020, publicado en dicho órgano de difusión el día 17 de abril de 2020 Se declara la suspensión de los plazos y términos de los actos, y procedimientos previstos en las disposiciones jurídicas aplicables a cargo de la Secretaría de Energía y órganos desconcentrados de esta dependencia, respecto de los asuntos de su competencia, durante el periodo comprendido a partir del día de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente acuerdo al 30 de mayo de 2020. Durante el periodo precisado, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría de Energía se entenderán realizadas hasta el 1° de junio de 2020, en razón de que el domingo 31 de mayo de 2020, en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se considera como día inhábil; lo anterior, salvo aquellas que a juicio de la Secretaría requieran una atención inmediata. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica los artículos primero y segundo del Acuerdo que modifica el acuerdo que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19 Se declara la suspensión de los plazos y términos de los actos, y procedimientos previstos en las disposiciones jurídicas aplicables, a cargo de la Secretaría de Energía y órganos desconcentrados de esta dependencia, respecto de los asuntos de su competencia, durante el periodo comprendido a partir del día 1 de junio de 2020, y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SSPC Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana ACUERDO por el que se suspenden las actividades administrativas, así como los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos administrativos y recursos administrativos. Se suspenden las actividades administrativas, así como los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos administrativos y recursos administrativos, correspondientes a la DG de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del 25 de marzo al 19 de abril de 2020. Independientemente de lo anterior, la DG de Seguridad Privada podrá determinar la reanudación del cómputo de los plazos y términos, en aquellos trámites y procedimientos administrativos en los que existan las condiciones para levantar la suspensión, debiendo notificarlo al interesado. 25/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se adicionan los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020, con motivo de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19. SE ADICIONAN la Sección V bis al Capítulo III, así como los artículos 37-A, 37-B, 37-C y 37-D a los “Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de las actividades administrativas, así como los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos administrativos y recursos administrativos, correspondientes a la DG de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y se habilita una ventanilla electrónica. Se amplía la suspensión de las actividades administrativas de la DG de Seguridad Privada, así como los plazos términos de los trámites, procedimientos administrativos y recursos de revisión incoados a esa Dirección General y que sustancia la Unidad de Política Policial, Penitenciaria y Seguridad Privada, por el periodo comprendido del 20 al 30 de abril de 2020. Por otra parte, se habilita una ventanilla electrónica, por medio de la cual, las empresas de seguridad privada que presten servicios a entidades y empresas con actividades esenciales, podrán presentar electrónicamente únicamente los trámites de consulta de antecedentes policiales, alta y baja de personal, así como de credencialización que requieran, a través del correo electrónico DRNESP@sspc.gob.mx, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento. La DG de Seguridad Privada podrá determinar la reanudación del cómputo de los plazos y términos, en aquellos trámites y procedimientos administrativos en los que existan las condiciones para levantar la suspensión. Lo anterior deberá notificarlo al interesado. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de las actividades administrativas, así como los plazos, términos relacionados con los trámites, procedimientos administrativos y recursos administrativos, correspondientes a la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la operación de la ventanilla electrónica. Se amplía la suspensión de las actividades administrativas de la Dirección General de Seguridad Privada, así como los plazos términos de los trámites, procedimientos administrativos y recursos de revisión incoados a esta Dirección General y que sustancia la Unidad de Política Policial, Penitenciaria y Seguridad Privada, por el periodo comprendido del 1 al 31 de mayo de 2020. Asimismo, continua la operación de la ventanilla electrónica, por medio de la cual, las empresas de seguridad privada que presten servicios a entidades y empresas con actividades esenciales 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se reanudan las actividades administrativas y se levanta la suspensión de plazos y términos relacionados con los trámites, procedimientos administrativos y recursos administrativos, correspondientes a la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y se continúa con la operación de la ventanilla electrónica para la recepción de los trámites que se indican. Se reanudan las actividades administrativas, así como los plazos, términos, recursos de revisión, trámites y procedimientos incoados en esta Dirección General y recursos de revisión sustanciados en la Unidad de Política Policial, Penitenciaria y Seguridad Privada, a partir del 01 de junio del año en curso, a excepción de los que se detallan en el mismo Acuerdo. Continúa la operación de la ventanilla electrónica, por medio de la cual, los prestadores de servicios de seguridad privada, podrán presentar los trámites de consulta de antecedentes policiales, alta y baja de personal, credencialización, revalidaciones para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas, opiniones favorables (reasignación, ampliación, revalidación y concesión) que requieran, a través del correo electrónico DRNESP@sspc.gob.mx, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CONAFOR Comisión Nacional Forestal ACUERDO por el que se hace del conocimiento público los días del mes de marzo y abril 2020, que serán considerados como inhábiles. Se considerarán inhábiles los días comprendidos del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, para efectos de los actos y procedimientos administrativos relacionados con recurso de revisión, procedimientos de rescisión administrativa, reclamación patrimonial, diversos trámites de la LGDFS, así como las supervisiones de verificación de cumplimiento de apoyos sustanciados en las Unidades Administrativas y Subalternas de la CONAFOR. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de esa Comisión para habilitar días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones. 25/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se comunican las actividades esenciales a cargo de la Comisión Nacional Forestal, se declaran días inhábiles los que se precisan y se habilitan días y horas para recibir los trámites y realizar los actos que se detallan. Se declaran actividades esenciales a cargo de la CONAFOR las relacionadas con incendios y sanidad forestal, por tanto, todos los actos y procedimientos relativos a dichas materias continuarán prestándose, en el marco de la normatividad aplicable. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos relacionados con recursos de revisión, procedimientos de rescisión administrativa, reclamación patrimonial, diversos trámites de la LGDFS, así como de las supervisiones de verificación de cumplimiento de apoyos sustanciados en las Unidades Administrativas y Subalternas de la CONAFOR, no se considerarán hábiles los días comprendidos del 20 de marzo al 04 de mayo de 2020, sin implicar suspensión de labores. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se comunican las actividades esenciales a cargo de la Comisión Nacional Forestal, se declaran días inhábiles los que se precisan y se habilitan días y horas para recibir los trámites y realizar los actos que se detallan. Se declaran actividades esenciales a cargo de la Comisión Nacional Forestal únicamente las relacionadas con incendios y sanidad forestal. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos relacionados con recursos de revisión, procedimientos de rescisión administrativa, reclamación patrimonial, diversos trámites de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como de las supervisiones de verificación de cumplimiento de apoyos sustanciados en las Unidades Administrativas y Subalternas de la Comisión Nacional Forestal, no se considerarán hábiles los días comprendidos del 06 de mayo al 29 de mayo de 2020. 11/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplían días inhábiles los que se precisan y se habilitan días y horas para recibir los trámites y realizar los actos que se detallan. Se amplía la suspensión, por causas de fuerza mayor, de los plazos, términos y actividades no esenciales de la Comisión Nacional Forestal, durante el período comprendido del 01 de junio de 2020, y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 09/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
IFT Instituto Federal de Telecomunicaciones ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, determina los casos en los que se suspenden los plazos y términos de ley, así como sus excepciones. A partir del 23 de marzo y hasta el 19 de abril de 2020, por causa de fuerza mayor se suspenden y en consecuencia no correrán plazos y términos de ley para trámites, actuaciones, y procedimientos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Lo anterior en la inteligencia que del 6 al 10 de abril de 2020 son días inhábiles. Por su parte, los trámites, actuaciones y procedimientos previstos en el Anexo de ese acuerdo, continuarán su curso legal en términos del anterior. La Unidad de Cumplimiento podrá llevar a cabo las acciones de vigilancia y verificación en términos de ese acuerdo. Por último, la oficialía de partes del IFT continuará funcionando en días y horas hábiles, en términos del mismo acuerdo. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que la Titular del Órgano Interno de Control del IFT declara la suspensión de la recepción de documentos en la Oficialía de Partes y la práctica de actuaciones y diligencias que le competen al órgano fiscalizador. Se declara inhábil del 23 de marzo al 19 de abril de 2020, para los efectos que en el acuerdo se enuncian. A consideración del titular de la unidad administrativa competente se podrán habilitar días y horas para proveer sobre asuntos cuya urgencia o relevancia lo ameriten. Ese acuerdo no interrumpe ni suspende otros actos que no sean los señalados en sus artículos primero y segundo. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto. Se suspenden labores por causa de fuerza mayor en el IFT del 30 de marzo al 3 de abril y del 13 de abril al 17 de abril de 2020. Salvo las excepciones que se prevén en el acuerdo segundo de ese mismo acuerdo, se declaran inhábiles los días señalados. El cómputo de los plazos y términos de las Unidades Administrativas se reanudará a partir del primer día hábil, esto es, el 20 de abril de 2020. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que la Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de la recepción de documentos en la Oficialía de Partes y la práctica de actuaciones y diligencias no esenciales que le competen al órgano fiscalizador. A partir del 26 de marzo de 2020, se suspenden todas las actividades a que se refiere el numeral CUARTO del “ACUERDO por el que la Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de la recepción de documentos en la oficialía de partes y la práctica de actuaciones y diligencias que le competen al órgano fiscalizador, dada la contingencia por el coronavirus COVID-19”, y que no puedan ser realizadas a través de medios remotos de comunicación, hasta en tanto la SSA determine la reanudación de actividades. Toda vez que la presentación de declaraciones de situación patrimonial, se realiza a través de medios remotos de comunicación, el presente Acuerdo no implica modificación de ninguna naturaleza a las obligaciones previstas sobre el particular en la LGRA, por lo que las personas obligadas deberán presentar las mismas a través de medios remotos en la oportunidad establecida al efecto en la referida ley. Por su parte los servidores públicos del OIC deberán continuar con sus labores de conformidad con el plan de operación a distancia establecido en el órgano fiscalizador. 02/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor. Se suspenden labores en el IFT del 2 de abril al 30 de abril de 2020, declarándose inhábiles los días que comprende el periodo anterior. El cómputo de los plazos y términos de las Unidades Administrativas, se reanudará a partir del primer día hábil siguiente, esto es, el 4 de mayo de 2020. Asimismo, se determina las funciones esenciales a cargo del IFT, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). 07/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) Se MODIFICA el tercer párrafo de la fracción IV, y se ADICIONA una fracción VI al Acuerdo Segundo, del “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)” 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de Coronavirus COVID-19, determina el acceso a la multiprogramación de ciertos concesionarios de radiodifusión de manera temporal para un canal de programación cuyo contenido audiovisual incluya las sesiones escolares de la Secretaría de Educación Pública. Por causa de fuerza mayor con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19, los concesionarios que cuenten con títulos de concesión vigentes para la prestación del servicio de televisión radiodifundida, interesados en acceder a la multiprogramación para transmitir un canal de programación cuyo contenido audiovisual incluya las sesiones escolares de la SEP, por virtud del presente Acuerdo quedan exentos del cumplimiento y aplicación de los requisitos establecidos en los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación. En razón de lo anterior, únicamente deberán informar al Instituto Federal de Telecomunicaciones su adhesión al mecanismo previsto en el presente Acuerdo, a través de correo electrónico a la dirección: “oficialiadepartes@ift.org.mx”, anexando escrito en formato PDF firmado por el representante legal del concesionario que cuente con acreditación previa ante el Instituto. 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
AVISO mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones cancela, por causa de fuerza mayor y con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia del coronavirus COVID-19, el Procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación correspondiente, establecido en la Convocatoria publicada el 24 de abril del 2020. Se cancela el procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación correspondiente, establecido en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril del 2020. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite los Lineamientos de emergencia para sustanciar el procedimiento de orientación general a través de medios electrónicos. Las solicitudes de orientación general se sujetarán a lo dispuesto en los artículos 139 a 142 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, pero su presentación será mediante los correos electrónicos oficialiaai@ift.org.mx o oficialiacompetencia@ift.org.mx, según se refiera a las atribuciones de la Autoridad Investigadora o a las de la Unidad de Competencia Económica, respectivamente. Las notificaciones que deba realizar la Autoridad Investigadora o la Unidad de Competencia Económica, incluso las de carácter personal, se efectuarán mediante el envío de un correo electrónico a la cuenta de la que se reciba la solicitud, al que se adjuntará una copia digitalizada del acuerdo correspondiente. El destinatario deberá confirmar la recepción del correo y del acuerdo dentro de los dos días contados a partir del día siguiente a aquel en que la Autoridad Investigadora o la Unidad de Competencia Económica hayan enviado el correo electrónico. 08/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto para garantizar la continuidad y calidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión. Se suspenden labores por causa de fuerza mayor en el Instituto Federal de Telecomunicaciones, del día 1 al 30 de mayo, todos ellos del año 2020, con motivo de la implementación de medidas para contener la propagación de la pandemia del Coronavirus COVID-19. En consecuencia, y salvo las excepciones que se prevén en el Acuerdo Segundo del presente instrumento, se declaran inhábiles los días señalados. 08/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que la Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina como causa justificada para la no presentación oportuna de declaraciones de situación patrimonial y de intereses la contingencia por el coronavirus COVID-19, exclusivamente respecto de las personas que se indican. Se estima como determina como eximente de responsabilidad administrativa, por causa justificada, en términos del artículo 33 párrafo cuarto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la no presentación oportuna de la declaración de situación patrimonial y de intereses, en cualquiera de sus modalidades (inicio, conclusión y modificación), que debía presentarse en el período del 2 de abril de 2020 y hasta que se decrete la reanudación de actividades presenciales, cuando la persona que deba presentarla hubiera carecido de las herramientas tecnológicas (computadora y acceso a internet) en el domicilio o lugar en que se encuentre durante el confinamiento sanitario. Consecuentemente, respecto de los asuntos que se ubiquen en el supuesto señalado, el Área de Denuncias e Investigaciones, deberá proceder a la emisión del consecuente acuerdo de conclusión y archivo, en términos del artículo 100, segundo párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Para que el incumplimiento a la obligación se considere justificado, toda vez que dicha justificación sólo persistirá hasta que se reanuden las actividades presenciales, la persona obligada a presentar la declaración de situación patrimonial y de intereses, que la hubiere omitido por las razones señaladas en el presente Acuerdo, deberá presentar la declaración omitida, por vía electrónica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la reanudación de actividades presenciales. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus COVID-19, y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto para garantizar la continuidad y calidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión. Se suspenden labores por causa de fuerza mayor en el Instituto Federal de Telecomunicaciones, del día 1 de mayo al 30 de junio, todos ellos del año 2020, con motivo de la implementación de medidas para contener la propagación de la pandemia del Coronavirus COVID-19. En consecuencia, y salvo las excepciones que se prevén en el Acuerdo Segundo del presente instrumento, se declaran inhábiles los días señalados. Los Titulares de las Unidades Administrativas del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por necesidades del servicio, podrán requerir al personal que éstos determinen la realización de actividades institucionales de su competencia, a través de la modalidad de teletrabajo, a fin de atender los asuntos cuya urgencia y/o relevancia lo amerite o que tengan por objeto dar continuidad a las operaciones de las funciones esenciales determinadas por el Instituto. 05/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SE Secretaría de Economía ACUERDO por el que se suspenden términos Se suspenden todos los términos de los trámites seguidos ante la SE, salvo lo dispuesto en ese acuerdo (prácticas desleales de comercio internacional, comercio exterior, entre otros supuestos), lo anterior por causa de fuerza mayor. La suspensión será durante la vigencia del mismo, comprendiéndose estos días como inhábiles. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica al diverso por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas Se adiciona el numeral Décimo Séptimo, y se reforman los numerales Séptimo, Décimo Cuarto primer párrafo, y el último numeral Décimo Sexto y se recorre su numeración a Décimo Octavo, todos del Acuerdo por el que se suspenden términos en la SE y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del Coronavirus COVID-19, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2020. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
LINEAMIENTOS para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Estos lineamientos tienen por objeto regir la operación y funcionamiento del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Para la difusión y promoción del Programa, podrá hacerse referencia a él como “Programa de Crédito a la Palabra”. 24/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los Lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Se adiciona una fracción III Bis al lineamiento SEGUNDO; se modifica el primer párrafo de la fracción I y el inciso b) de la fracción II del lineamiento TERCERO; el lineamiento CUARTO; la fracción I del lineamiento QUINTO; la fracción II del lineamiento SEXTO; la tabla del lineamiento OCTAVO; el segundo apartado de la fracción I, el segundo apartado de la fracción III y el último párrafo de la fracción IV del lineamiento DÉCIMO TERCERO. 27/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica al diverso por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19. Se reforman los numerales Quinto y Décimo Séptimo, así como el Transitorio Único del Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020 y su posterior modificación. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Se adiciona un segundo párrafo al lineamiento CUARTO; un último párrafo al lineamiento SEXTO; un cuarto párrafo al lineamiento DÉCIMO SEGUNDO, y se modifica la fracción VIII del lineamiento SEGUNDO; el segundo párrafo de la fracción I del lineamiento TERCERO; la fracción I del lineamiento QUINTO; la fracción I, el párrafo segundo de la fracción II del lineamiento SEXTO; el inciso a) del lineamiento DÉCIMO PRIMERO; el tercer párrafo del lineamiento DÉCIMO SEGUNDO; el primer apartado de la fracción I, las fracciones II, III y IV del lineamiento DÉCIMO TERCERO; el lineamiento DÉCIMO SEXTO, y el lineamiento DÉCIMO NOVENO. 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifican los lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Se adicionan las fracciones IX Bis y IX Ter al lineamiento SEGUNDO; y un Transitorio SEGUNDO; se modifica la fracción VIII del lineamiento SEGUNDO; el primer párrafo de la fracción I y los incisos a) y b) de la fracción II del lineamiento TERCERO; la fracción I del lineamiento QUINTO; el primer párrafo de la fracción II del lineamiento SEXTO; el primer párrafo y la tabla del lineamiento OCTAVO; la fracción b) del lineamiento DÉCIMO; el segundo apartado de la fracción I y el segundo apartado de la fracción III del lineamiento DÉCIMO TERCERO y el primer párrafo del lineamiento DÉCIMO SEXTO. 13/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica al diverso por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19. Se adiciona el numeral Décimo Noveno; y los Transitorios SEGUNDO, TERCERO y CUARTO; se reforman los numerales Quinto; Décimo Séptimo; y el Transitorio ÚNICO en su numeración y contenido; del Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del Coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020 y sus posteriores modificaciones. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SRE Secretaría de Relaciones Exteriores ACUERDO por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos. Se declaran inhábiles los días comprendidos del 27 de marzo al 19 de abril de 2020. Toda actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante unidades y órganos administrativos desconcentrados de la SER, en alguno de los días señalados como inhábiles, surtirá efectos el primer día hábil siguiente, en atención a los arts. 29 y 28 tercer párrafo de LFPA. Se establecen igualmente disposiciones en relación a los procedimientos que sustancien la DG de Servicios Consulares, la DG del Servicio Exterior y de Recursos Humanos, DG de Asuntos Jurídicos, y la DG de Delegaciones. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos. Durante el periodo que comprende del 20 al 30 de abril de 2020, se suspenden los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Como consecuencia de lo señalado anteriormente para efectos legales y/o administrativos se considerarán inhábiles los días que comprende el periodo citado. Lo anterior, debiendo tomar en cuenta las reservas de las modalidades y excepciones que se señalan en ese Acuerdo. 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. Durante el periodo que comprende del 20 de abril al 30 de mayo de 2020, se suspenden los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Se modifican los numerales Primero; Cuarto, en su inciso c); Quinto, en sus incisos a), d) y f) primer párrafo; Sexto, en su inciso a); Séptimo y Octavo, en su primer párrafo. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica por segunda ocasión el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores Se suspenden los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Relaciones Exteriores, desde el 20 de abril de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria competente dicte las medidas necesarias para la reanudación de actividades presenciales, de conformidad con el sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público ACUERDO por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a causa del coronavirus denominado COVID-19. Se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la CNBV, considerando las obligaciones que deben comunicarse o desahogarse ante la SHCP por conducto de esta comisión en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo del 23 de marzo al 19 de abril de 2020. Se suspenden igualmente los plazos que se refieran a las solicitudes de autorización de nuevas entidades o nuevos registros. El presidente de la CNBV identificará los procesos críticos que no se suspenderán y que sean indispensables a fin de procurar la estabilidad y correcto funcionamiento de las Entidades Financieras. Se podrá implementar facilidades administrativas considerando la naturaleza de la Entidad Financiera o persona supervisada de que se trate. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establecen medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19. Se suspenden los plazos respecto de los actos y procedimientos que estén en curso ante la Comisión del 26 de marzo al 19 de abril del 2020. En consecuencia, el día hábil inmediato siguiente a la finalización del periodo señalado se continuará el cómputo de los plazos previstos en la normatividad aplicable. No se suspenden los plazos y términos relacionados con requerimientos emitidos por la Comisión que se efectúen derivados de quejas y procedimientos seguidos por los trabajadores ante la CNDH o las Comisiones de Derechos humanos de los estados. En cuanto a las obligaciones a cargo de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro consistentes en el envío de información o reportes que físicamente deban remitirse a la Comisión en el periodo señalado, deberán enviarse mediante el Sistema de Información Electrónica suscritos por los representantes y apoderados autorizados para tales efectos. 26/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece la suspensión temporal de labores del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Se suspenden labores en el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales del 26 de marzo al 17 de abril de 2020, considerándose como inhábiles para los efectos legales que haya lugar. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden plazos para la atención de las instituciones y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Se considerarán inhábiles los días que compren del periodo del 7 de abril al 30 de abril de 2020. La suspensión de plazos no será aplicable a: v Los Planes de Regularización ni a los Programas de Autocorrección contemplados en los artículos 320, 321 y 322 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, respectivamente. v La información que corresponda proporcionar a las Instituciones de Seguros, de Fianzas y demás personas sujetas a supervisión de la Comisión, respecto a las solicitudes de información, recomendaciones o requerimientos que emita o haya emitido la Comisión durante la vigencia del presente Acuerdo y que se encuentren vinculados con la contingencia sanitaria. Las obligaciones a cargo de las Instituciones de Seguros, de Fianzas y demás personas sujetas a supervisión de la Comisión consistentes en el envío de información. 07/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el término del periodo en el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los efectos de las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la CNBV, publicado el 26 de marzo de 2020. Se amplía el término por el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión, considerando también las obligaciones que deben comunicarse o desahogarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de esta Comisión, en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, al igual que las demás previsiones contenidos en el ACUERDO CNBV, hasta el 30 de abril de 2020 o hasta la fecha en que dicho plazo sea nuevamente prorrogado mediante acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Se prorrogan, por el tiempo que sea necesario para hacer frente a la contingencia sanitaria y sus efectos o hasta en tanto la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores lo determine, las facultades del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores previstas en el ACUERDO CNBV, quedando igualmente facultado para ampliar el término del periodo en el que se suspenden los plazos. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
MODIFICACIONES al Acuerdo por el que se establecen medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19. Se modifican el primer párrafo del acuerdo PRIMERO, así como el Transitorio Primero ambos del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS TEMPORALES Y EXTRAORDINARIAS Y SE SUSPENDEN ALGUNOS PLAZOS PARA LA ATENCIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO A CAUSA DEL COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020. Con la entrada en vigor de las presentes modificaciones, se abrogan todas aquellas disposiciones o actos que contravengan a las presentes. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se determina el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos. Durante el período comprendido del 30 de marzo de 2020 y hasta los 7 días naturales posteriores contados a partir del día natural siguiente a aquel en el que concluya la vigencia del “Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, publicado en el DOF el 30 de marzo de 2020 o, en su caso, hasta 7 días naturales posteriores a que la autoridad competente dé por terminada la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, no serán considerados los consumos de energía eléctrica realizados por los usuarios domésticos. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el término del periodo en el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Se amplía, hasta el 30 de mayo de 2020, el término por el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión, considerando también las obligaciones que deben comunicarse o desahogarse ante la SHCP, por conducto de esta Comisión, en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, al igual que las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la CNBV, a causa del COVID-19. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
MODIFICACIONES al Acuerdo por el que se establecen medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19. Se modifican el primer párrafo del acuerdo PRIMERO, así como el Transitorio Primero ambos del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS TEMPORALES Y EXTRAORDINARIAS Y SE SUSPENDEN ALGUNOS PLAZOS PARA LA ATENCIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO A CAUSA DEL COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020, y sus modificaciones publicadas en el mismo medio de comunicación oficial, del 17 de abril de 2020. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden plazos para la atención de las instituciones y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a causa del coronavirus denominado COVID-19. A partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 30 de mayo del 2020, se suspenden los plazos respecto a los trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante esta Comisión con excepción de los señalados en los numerales SEGUNDO y TERCERO del presente. Durante dicho periodo no correrán los plazos que establece la normativa aplicable y serán considerados como inhábiles para los efectos jurídicos respectivos. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía el término del periodo en el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los efectos de las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a causa del COVID-19. Se amplía, hasta el 30 de junio de 2020, el término por el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión, considerando también las obligaciones que deben comunicarse o desahogarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de esta Comisión, en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, al igual que las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a causa del coronavirus denominado COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020, y ampliado por virtud de los Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 17 y el 28 de abril de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden plazos para la atención de las instituciones y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a causa del COVID-19. A partir del 29 de mayo y hasta el 30 de junio de 2020, se suspenden los plazos respecto a los trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante esta Comisión con excepción de los señalados en los numerales SEGUNDO y TERCERO del presente. Durante dicho periodo no correrán los plazos que establece la normativa aplicable y serán considerados como inhábiles para los efectos jurídicos respectivos. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SADER Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos. Se suspenden los plazos y términos legales y administrativos en la SADER y sus órganos administrativos desconcentrados del día 26 de marzo al 17 de abril de 2020. Los plazos y términos suspendidos se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos. Se suspenden los plazos y términos legales y administrativos en la SADER y sus órganos administrativos desconcentrados, en los asuntos de su competencia, por un periodo que comprenderá del día de la publicación del presente Acuerdo al 30 de abril de 2020. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica por segunda ocasión el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos. Se suspenden los plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, en los asuntos de su competencia, por un periodo que comprende del día 26 de marzo al día 30 de mayo de 2020. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica por tercera ocasión el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos Se suspenden los plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, en los asuntos de su competencia, por un periodo que comprende del día 26 de marzo hasta nuevo Acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación. 26/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CONAPRED Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ACUERDO por el que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación establece medidas preventivas en relación con la atención al público. Se suspenden los plazos y términos relacionados con la tramitación del procedimiento de queja descrito en la LFPED. Se exceptúan los casos que por su gravedad y/o urgencia requieran su tramitación, quedando la determinación de estos casos al titular de la DGAQ. Se suspende igualmente la atención presencial del Centro de Documentación del CONAPRED, así como toda capacitación presencial. El Consejo privilegiará la atención al público a través de medios electrónicos y telefónicos. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2. Del 1 al 30 de abril de 2020 quedarán suspendidos los plazos y términos relacionados con la tramitación del procedimiento de queja establecido en los Capítulos V y VI de la LFPED (exceptuándose casos urgentes), así como la atención presencial, proporcionando orientación y atención a través de los medios telefónicos y electrónicos enunciados en ese acuerdo. 07/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que el CONAPRED establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, publicado el 7 de abril de 2020. Durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y hasta el 30 de mayo de 2020, quedarían suspendidos los plazos y términos relacionados con la tramitación del procedimiento de queja establecido en los Capítulos V y VI de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación amplía la suspensión de los plazos y términos legales, en el marco de las acciones extraordinarias implementadas para atender la emergencia sanitaria Se amplía la suspensión de los plazos y términos, así como la prestación de los servicios de manera presencial, contemplados en el “Acuerdo por el que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor generada por el virus SARS- Cov2”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2020, hasta el 15 de junio de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
STPS Secretaría del Trabajo y Previsión Social ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales. Se suspenden plazos y términos de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante la STPS, incluyendo su órgano administrativo desconcentrado, del 27 de marzo al 19 de abril de 2020, considerándose estos días como inhábiles. Las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas se entenderán realizadas hasta el 20 de abril de 2020. A consideración del titular de la unidad administrativa competente se podrán habilitar días y horas para proveer sobre asuntos cuya urgencia o relevancia lo ameriten. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante la STPS, incluyendo a su órgano administrativo desconcentrado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, se amplían desde el día siguiente de su publicación, hasta el día 30 de abril de 2020. Se exceptúa del presente Acuerdo, la práctica de inspecciones del trabajo, como es el caso de lo previsto en el artículo 28 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones. Para el caso de las inspecciones practicadas en el periodo de vigencia del presente Acuerdo, los plazos del procedimiento respectivo de aplicación de sanciones comenzarán a correr a partir del siguiente día hábil. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEGUNDO Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, incluyendo a su órgano administrativo desconcentrado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo se modifican y se amplían desde el día siguiente de su publicación, hasta el día 30 de mayo de 2020. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Se amplían desde el 1 de junio de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria competente dicte las medidas necesarias para la reanudación de actividades presenciales y determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de conformidad con el sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas, económicas y las relacionadas con la Administración Pública Federal. Se exceptúa del presente Acuerdo, la práctica de inspecciones del trabajo, como es el caso de lo previsto en el artículo 28 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
FGR Fiscalía General de la República ACUERDO A/OIC/001/2020 por el que se declara la suspensión del cómputo de plazos, términos de ley, celebración de diligencias y actuaciones en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República. La suspensión comprende del 23 de marzo al 19 de abril, la cual se realiza sin perjuicio de las facultades que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas con la finalidad de realizar diligencias y actuaciones. Durante el periodo de suspensión la Oficialía de Partes del OIC permanecerá abierta de las 9 horas a las 15 horas, surtiendo efectos cualquier actuación realizada ante éste, el primer día hábil siguiente al fenecimiento de esa declaratoria. 26/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO A/OIC/002/2020 Se suspende por causa de fuerza mayor el cómputo de plazos, términos legales en las actuaciones, diligencias, acuerdos, inicio, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y medios de impugnación en los procedimientos de responsabilidad administrativa, de remoción, de inconformidades y de sanción a proveedores que se desarrollan en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, desde el 20 de abril y hasta el 30 de mayo de 2020. La suspensión a que se refiere este Acuerdo, es vigente solo en los procedimientos de responsabilidad administrativa, de remoción, de inconformidades y de sanción a proveedores, y se realiza sin perjuicio de las facultades que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar diligencias y actuaciones. 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO A/OIC/003/2020 El acuerdo tiene por objeto implementar el medio electrónico denominado DeclaraFGR, necesario para regular lo relativo a la presentación, recepción y resguardo de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses que presentan los servidores públicos de la FGR, así como de llevar a cabo el registro, seguimiento y análisis de la evolución patrimonial de los mismos, al establecer los procedimientos, formatos, medios magnéticos y electrónicos conforme a los cuales se presentarán las declaraciones respectivas, llevando el registro de actualización del padrón de los servidores públicos de la FGR. A partir del 01 de mayo de 2020 todos los servidores públicos de la FGR tienen la obligación de presentar la declaración de situación patrimonial de inicio, conclusión o modificación, que corresponda, así como la de intereses, en los plazos establecidos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ante el Órgano Interno de Control de la Institución a través del medio electrónico denominado DeclaraFGR ubicado en el sitio http://declarafgr.pgr.gob.mx, por lo que no se tendrán por recibidas las declaraciones presentadas en otros sistemas. 29/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INAI Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ACUERDO mediante el cual se aprueba determinar las medidas administrativas, preventivas y de actuación. Las medidas preventivas y administrativas se comprenderán del 17 de marzo al 19 de abril de 2020. Se deben exceptuar de las guardias presenciales a las personas que hace mención en su artículo segundo. El Instituto continuará desarrollando sus funciones esenciales, privilegiando que las actividades se realicen con el personal mínimo e indispensable. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se aprueban diversas medidas para garantizar los derechos de protección de datos personales y acceso a la información. Se suspenden plazos y términos del 23 de marzo al 17 de abril de 2020 por causas de fuerza mayor, respecto de los trámites, procedimientos y demás medios de impugnación competencia del Instituto, en atención a la normatividad aplicable. Dicha suspensión podrá prorrogarse si persisten las causas que la motiva, para lo cual deberá efectuarse declaratoria correspondiente por el Instituto. Las sesiones públicas se transmitirán en vivo en la página oficial del Instituto. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se amplía el periodo de la carga de la información de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados de la Federación. Se amplía el plazo por 30 días naturales, para el caso de las obligaciones cuya periodicidad sea mensual y trimestral, por causa de fuerza mayor, contados del 1 al 30 mayo de 2020. Para las acciones de verificación de obligaciones establecidas en los numerales 6 a 18 del Programa Anual de Verificación y Acompañamiento Institucional para el cumplimiento de las obligaciones en materia de acceso a la información y transparencia por parte de los sujetos obligados del ámbito federal, correspondiente al ejercicio 2020, se tomará en cuenta la ampliación del plazo establecida en el presente Acuerdo. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se modifica y adiciona el diverso ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02 en el sentido de suspender provisionalmente las sesiones del Pleno. El presente acuerdo es una adenda del diverso acuerdo mediante el cual se aprueban diversas medidas para garantizar los derechos de protección de datos personales y acceso a la información, ante la situación de contingencia generada por el denominado virus COVID-19, identificado con la clave ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se presenta al Pleno de este Instituto, el Acuerdo por el que se suspende el cómputo de plazos ante el Órgano Interno de Control. Se tiene por presentado el Acuerdo por el que se suspende el cómputo de plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el OIC del INAI del 23 de marzo al 19 de abril de 2020, en los términos señalados en el presente Acuerdo. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se modifica y adiciona el diverso Acuerdo ACT-EXT-PUB/20/03/2020.05 Se suspende el cómputo de plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, del lunes 23 de marzo al domingo 19 de abril de 2020; en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de abril del año en curso, en los términos señalados en ese Acuerdo. 22/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02 y ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, Se aprueban las modificaciones y adiciones a los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02 y ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de abril del año en curso. 22/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación a los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.03 y ACT-PUB/29/01/2020.07 Punto PRIMERO del Acuerdo ACT-EXT-PUB/20/03/2020.03 à Se amplía el plazo para la carga y actualización de la información que realizan los sujetos obligados del ámbito federal correspondiente al periodo de enero a marzo de 2020 en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia por 60 días naturales, para el caso de las obligaciones cuya periodicidad sea mensual y trimestral, por causa de fuerza mayor, contados del 1 de mayo al 30 junio de 2020. Se modifica el plazo para ejecutar las acciones de verificación en la dimensión Capacidades institucionales de Unidades de Transparencia establecido en el ANEXO I del Acuerdo ACT-PUB/29/01/2020.07 à El levantamiento de la información se realizará a partir del 17 de febrero y podrá concluir hasta el 30 junio de 2020. 13/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se presenta al Pleno de este Instituto, el Acuerdo por el que se modifica y adiciona el diverso ACT-PUB/15/04/2020.03 Se amplían sus efectos al 30 de mayo del año en curso la suspensión del cómputo de plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. 13/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04 y ACT-PUB/15/04/2020.02, en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de mayo de 2020 Se aprueban las modificaciones y adiciones a los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04 y ACT-PUB/15/04/2020.02, en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de mayo del año en curso. Se exceptúa de lo dispuesto en el acuerdo PRIMERO y, por lo tanto, se deja sin efectos la suspensión de plazos y términos determinada por este Instituto, respecto de los sujetos obligados que se ubican en el supuesto de la Consideración X del presente acuerdo y que se precisan en su anexo. En consecuencia, tratándose de dichos sujetos obligados, este órgano garante admitirá, dará tramite y resolverá los medios de impugnación interpuestos a través de la Plataforma Nacional de Transparencia o medio electrónico diverso así como cualquier otro mecanismo legal o procedimiento, tendiente a verificar el cumplimiento de la Ley en dichas materias, relacionados con solicitudes de acceso a la información y de ejercicio de derechos ARCO sobre datos personales en posesión de sujetos obligados, incluyendo los procedimientos de investigación y verificación en el sector público en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable. 15/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se presenta al Pleno de este Instituto, el Acuerdo por el que se modifica y adiciona el diverso ACT-PUB/30/04/2020.03, de fecha 30 de abril de 2020 Se tiene por presentado el Acuerdo por el que se modifica y adiciona el diverso ACT-PUB/30/04/2020.03, de fecha 30 de abril de 2020, mediante el cual se tuvo conocimiento de la suspensión del cómputo de plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; en el sentido de ampliar sus efectos hasta que lo determinen las autoridades correspondientes, en los términos y excepciones señalados en ese Acuerdo. 03/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, ACT-PUB/15/04/2020.02 y ACT-PUB/30/04/2020.02 Se aprueban las modificaciones y adiciones a los diversos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, ACT-PUB/15/04/2020.02 y ACT-PUB/30/04/2020.02, en el sentido de ampliar sus efectos al 15 de junio del año en curso inclusive. Se exhorta a los sujetos obligados que, atendiendo al interés público, transparenten de manera proactiva sus acciones durante la emergencia sanitaria en particular las que estén relacionadas con la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19). 03/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
Cámara de Diputados ACUERDO por el que se informa que en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Se suspenden términos durante el periodo comprendido del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, para el ejercicio de sus facultades, incluyendo los procedimientos establecidos en los artículos 103, último párrafo y 104, fracciones III, IV, VI, VIII y IX de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se informa que en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en el periodo comprendido del 20 al 30 de abril de 2020 se suspenden los términos y plazos legales. Se suspenden términos durante el periodo comprendido del 20 al 30 de abril de 2020, para el ejercicio de sus facultades, incluyendo los procedimientos establecidos en los artículos 103, último párrafo y 104, fracciones III, IV, VI, VIII, IX y XIII de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 07/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de plazos y términos legales en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a que se refiere el diverso Acuerdo publicado el 7 de abril de 2020 Se extiende la suspensión de los plazos y términos legales establecidos en el diverso Acuerdo emitido por la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 7 de abril del año en curso, por el periodo comprendido del 1 al 30 de mayo de 2020. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el cual se amplía la suspensión de plazos y términos legales en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Se extiende la suspensión de los plazos y términos legales establecidos en los diversos acuerdos emitidos por la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 7 y 30 de abril del año en curso, del 31 de mayo de 2020 y hasta en tanto se emita acuerdo en el que se dé por concluida la suspensión derivado o con base en las directrices que emitan los Órganos de Gobierno de la Cámara de Diputados o la autoridad sanitaria de nuestro país. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
Cámara de Senadores ACUERDO de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores en relación con la suspensión de plazos y procedimientos relativos a obligaciones pendientes de cumplir. El Senado solicita a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, órganos que conforman el PJF, TFJA, OCA y demás órganos públicos competentes, que amplíen los plazos o, en su caso, los suspendan, en aquellos supuestos en que esta Cámara tenga que cumplir con alguna obligación frente a ellos, con el fin de que el Senado esté en condiciones de atender ante esas instancias públicas sus responsabilidades constitucionales y legales correspondientes. 27/03/2020 DOF – Diario Oficial de la Federación
INIFE Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales. Se suspenden plazos y términos en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia, los cuales se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión, esto es del día 27 de marzo al 17 de abril de 2020. Exceptuándose a consideración del titular de la unidad administrativa competente los asuntos que por su urgencia y relevancia así lo ameriten. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante las unidades administrativas durante el periodo en que dure la suspensión, se entenderán realizadas hasta el primer día hábil siguiente. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales Del 20 al 30 de abril de 2020, se suspenden los plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia, los cuales se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión. Como consecuencia de la suspensión decretada, no se practicarán notificaciones y requerimientos a los particulares o peticionarios. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado el 27 de marzo de 2020. En los días 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de abril y 4, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15 y 18 de mayo de 2020, se suspenden los plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia, los cuales se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión. 12/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales En los días del 27 al 31 de marzo, del 1 al 30 de abril, del 4 de mayo y hasta el 1 de julio de 2020, se suspenden los plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia, los cuales se entenderán prorrogados por un periodo igual al de la duración de la suspensión. 26/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
TEPJF Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ACUERDO General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 2/2020. Se autoriza la resolución no presencial de los medios de impugnación, con motivo de la pandemia originada por el virus COVID-19. La discusión y resolución no presencial de los asuntos es una medida de carácter extraordinario y excepcional, por lo que su vigencia dependerá de la situación sanitaria por la que atraviese el país, por lo que podrá modificarse o ampliarse según lo determine esta Sala Superior, a partir de lo determinado por las autoridades sanitarias. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
VOTO Particular conjunto que emiten la Magistrada Janine M. Otálora Malassis y el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón en relación con la aprobación del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 2/2020. Se autoriza la resolución no presencial de los medios de impugnación, con motivo de la pandemia originada por el virus COVID-19, en aras de garantizar las medidas de salubridad y al mismo tiempo lograr que se cumplan en mayor medida los principios de transparencia y acceso a la información, así como la posibilidad de la deliberación del colegiado. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el que se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares. El TEPJF continuará con el desarrollo de las funciones administrativas que resultan esenciales para dar continuidad a las actividades jurisdiccionales, las cuales se realizarán con el personal mínimo e indispensable, mediante la implementación de guardias presenciales, observando en todo momento las medidas preventivas ordenadas por las autoridades competentes. Se deberá privilegiar en todo momento el uso de las tecnologías para el desarrollo de sus actividades. 02/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 4/2020 Se emiten los lineamientos aplicables para la resolución de los medios de impugnación a través del sistema de videoconferencias. 22/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respecto a lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio del Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el que se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, con motivo de la contingencia. Este Órgano de Gobierno podrá ajustar las medidas establecidas, de conformidad con los acuerdos que emita el Consejo de Salubridad General y las instancias competentes, conforme a las disposiciones de la Constitución y las facultades que esta, sus leyes orgánicas y disposiciones reglamentarias aplicables les otorguen. 11/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 5/2020 Se aprueban los Lineamientos para la implementación y el desarrollo del juicio en línea en materia electoral, respecto de los recursos de reconsideración y de revisión del procedimiento especial sancionador. 10/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social ACUERDO ACDO.AS2.HCT.250320/99.P.DJ Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos los días comprendidos del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a aquel en que se determine por este Órgano de Gobierno que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19; periodo durante el cual no correrán plazos ni términos. 27/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR. Se declaran inhábiles los días comprendidos del 1 de abril hasta que se determine que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19, en el cual no correrán plazos ni términos. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.070420/122.P.SG. Se autoriza suspender los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos y declarar inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos vinculados con el recurso de inconformidad y la respuesta de peticiones ciudadanas, competencia de la Secretaría General, los días comprendidos del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a aquel en que se determine por este Órgano de Gobierno que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19. 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.250320/97.P.DPES Se autoriza la expedición de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto, a disposición de los asegurados y patrones, basados en definiciones operacionales vigentes. Este permiso o certificado será homologable a la Incapacidad Temporal para el Trabajo, por lo que deberá mantener el soporte legal para cubrir la ausencia del trabajador en su centro laboral, determinar el descuento de las cuotas obrero patronales y permitir el pago del subsidio en el ramo de enfermedad general para todos los casos. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES Se autoriza la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, siempre que las aseguradas hayan acudido a los servicios médicos para control prenatal. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CONDUSEF Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público suspende términos y plazos, así como la atención personal en las unidades de atención a usuarios y en las oficinas de atención al público. Se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales del 26 de marzo al 17 de abril de 2020. Suspendiéndose igualmente la atención personal durante el mismo periodo. Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas durante el periodo señalado, se entenderán realizadas hasta el día hábil siguiente. Se exceptúan de ese acuerdo las obligaciones a cargo de las Instituciones Financieras cuya supervisión corresponde a la CONDUSEF. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, suspende términos y plazos, así como la atención personal en las unidades de atención a usuarios y en las oficinas de atención al público, publicado el 31 de marzo del 2020. Se suspenden términos y plazos, así como la atención personal en las Unidades de Atención a Usuarios y en las oficinas de atención al público se amplía hasta el 30 de abril de 2020. En consecuencia, se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos entre el 26 de marzo y el 30 de abril de 2020. Durante dicho periodo, los usuarios de servicios financieros podrán iniciar trámites y dar seguimiento a los procedimientos que se llevan a cabo ante la CONDUSEF, así como solicitar asesoría por vía remota, a través de los distintos medios que se señalan en el portal de internet de la CONDUSEF. Se exceptúan de lo dispuesto en ese Acuerdo las obligaciones a cargo de las Instituciones Financieras cuya supervisión corresponde a la CONDUSEF, consistentes en el envío de informes a que se refieren las disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional, cuyo cumplimiento se realice a través de medios electrónicos. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, suspende términos y plazos, así como la atención personal en las Unidades de Atención a Usuarios y en las Oficinas de Atención al Público, publicado el 31 de marzo de 2020. La suspensión determinada se amplía hasta el 30 de mayo de 2020. Durante dicho periodo, los usuarios de servicios financieros podrán iniciar trámites y dar seguimiento a los procedimientos que se llevan a cabo ante la CONDUSEF, así como solicitar asesoría por vía remota, a través de los distintos medios que se señalan en el portal de internet de la CONDUSEF https://www.condusef.gob.mx. Se exceptúan de lo dispuesto en el presente Acuerdo, las obligaciones a cargo de las Instituciones Financieras cuya supervisión corresponde a la CONDUSEF, consistentes en el envío de informes a que se refieren las disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional, cuyo cumplimiento se realice a través de medios electrónicos. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, suspende términos y plazos La suspensión determinada se amplía hasta el 15 de junio de 2020. En consecuencia, se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos entre el 26 de marzo y el 15 de junio de 2020. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el primer y segundo párrafos de este artículo, las quejas que se tramiten vía remota a través de la página de internet, así como los actos para llevar a cabo la celebración de sesiones de los Comités de Dictámenes y de Transparencia de la CONDUSEF, así como los actos que se emitan derivados de la celebración de éstos. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CNDH Comisión Nacional de Derechos Humanos ACUERDO por el que se suspenden términos. Se suspenden los plazos y términos establecidos en las diversas leyes de los trámites y procedimientos competencia de la CNDH a partir del 26 de marzo de 2020 y hasta que se emita nuevo acuerdo por el que se deje sin efecto ese acuerdo. Con excepción de las actividades que realizan las áreas sustantivas. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO mediante el cual señala la suspensión de términos y plazos contemplados en diversas leyes competencia de la CNDH. El OIC de la CNDH suspende los términos y plazos establecidos en las diversas leyes de los trámites y procedimientos de su competencia del 26 de marzo de 2020 y hasta que se emita un nuevo acuerdo que deje sin efectos ese. 31/03/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SC Secretaría de Cultura ACUERDO por el que se suspenden los plazos y términos legales. Se computará como inhábil el periodo que comprende del 26 de marzo al 17 de abril de 2020, con los efectos legales que ello conlleva. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se continúa con la suspensión de los plazos y términos legales en el Instituto Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor. Se suspenden los plazos, términos, celebración de audiencias y juntas de avenencia, la práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos, así como todo tipo de diligencias aplicables a los trámites y procedimientos seguidos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, durante el periodo que comprende del 20 al 30 de abril de 2020, dicho periodo se computará como inhábil. En el caso de las Reservas de Derechos al Uso Exclusivo, aquellas que se encuentren en proceso de renovación ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor desde el 26 de marzo de 2020, así como las que se venzan durante el periodo de suspensión, seguirán surtiendo todos sus efectos, como si estuvieran vigentes, hasta en tanto se levante el estado de suspensión de mérito. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se continúa con la suspensión de los plazos y términos legales en el Instituto Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor. Por causa de fuerza mayor, se suspenden los plazos, términos, celebración de audiencias y juntas de avenencia, la práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos, así como todo tipo de diligencias aplicables a los trámites y procedimientos seguidos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, durante el periodo que comprende los días del 1° al 29 de mayo de 2020. 11/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se continúa con la suspensión de los plazos y términos legales en el Instituto Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor. Se suspenden los plazos, términos, celebración de audiencias y juntas de avenencia, la práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos, así como todo tipo de diligencias aplicables a los trámites y procedimientos seguidos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, durante el periodo que comprende los días del 20 de abril al 15 de junio de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se continúa con la suspensión de los plazos y términos legales en el Instituto Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor. Se suspenden los plazos, términos, celebración de audiencias y juntas de avenencia, la práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos, así como todo tipo de diligencias aplicables a los trámites y procedimientos seguidos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, durante el periodo que comprende los días del 20 de abril hasta que la autoridad sanitaria dicte las medidas necesarias para la reanudación de las actividades presenciales y determine que no existe un riesgo epidemiológico 11/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CENACE Centro Nacional de Control de Energía ACUERDO por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados ante las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía, del jueves 26 de marzo al domingo 19 de abril de 2020. Se consideran como inhábiles para efectos legales los días comprendidos durante el periodo referido en el Acuerdo Primero. Si durante el periodo de la suspensión fenece algún término para que el CENACE se pronuncie o resuelva respecto de algún acto o procedimiento establecido por alguna norma, éste será ampliado e iniciará el primer día hábil posterior a la conclusión del mismo. Se habilitan días y horas que resulten necesarios para el Consejo de Administración del CENACE, así como sus unidades administrativas provean sobre los asuntos que considere necesarios. 01/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se modifica el Artículo Primero, del Acuerdo por el que se declara la suspensión de plazos y términos Se amplía la suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados ante las Unidades Administrativas del CENACE, hasta el jueves 30 de abril de 2020. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEGUNDO Acuerdo por el que se modifica el Artículo Primero, del Acuerdo por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados ante las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía, del jueves 26 de marzo al domingo 19 de abril de 2020. Se amplía la suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados ante las Unidades Administrativas del CENACE, hasta el sábado 30 de mayo de 2020. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
TERCER Acuerdo por el que se modifica el Artículo Primero, del Acuerdo por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados ante las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía Se amplía la suspensión de los plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados ante las Unidades Administrativas del CENACE, hasta el domingo 14 de junio de 2020. 04/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
IPAB Instituto para la Protección al Ahorro Bancario ACUERDO por el que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario suspende plazos e instrumenta medidas preventivas El acuerdo surtirá sus efectos a partir del 30 de marzo de 2020 y hasta el 17 de abril del mismo año, pudiendo prorrogarse en la medida en que la contingencia de salud pública continúe. Suspendiéndose los plazos respecto de los recursos administrativos de revisión y de los procedimientos administrativos de sanción que estén en curso ante el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. En consecuencia, se continuará con el cómputo de los plazos previstos en la normatividad aplicable, el día hábil inmediato siguiente a la finalización del periodo señalado. 02/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario prorroga el diverso por el que suspende plazos e instrumenta medidas preventivas en contra de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Se prorroga la suspensión de los plazos hasta el 30 de abril de 2020, respecto de los recursos administrativos de revisión y de los procedimientos administrativos de sanción que se encuentren en curso ante el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. En consecuencia, se continuará con el cómputo de los plazos previstos en la normatividad aplicable, el día hábil inmediato siguiente a la finalización del periodo señalado. Dicha suspensión de plazos es aplicable igualmente a los plazos establecidos para que el Instituto tome conocimiento o resuelva lo conducente respecto a las peticiones hechas por los particulares. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario prorroga el diverso por el que suspende plazos e instrumenta medidas preventivas en contra de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) Se prorroga la suspensión de los plazos hasta el 30 de mayo de 2020, respecto de los recursos administrativos de revisión y de los procedimientos administrativos de sanción que se encuentren en curso ante el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. En consecuencia, se continuará con el cómputo de los plazos previstos en la normatividad aplicable, el día hábil inmediato siguiente a la finalización del periodo señalado. 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEDATU Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles. Se considerarán inhábiles los días que comprenden el periodo del 25 de marzo al 17 de abril de 2020, sin implicar suspensión de labores, para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan. Cualquier actuación o promoción realizada ante la SEDATU en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente. Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el último día de éste sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se suspenden los trámites y servicios que brinda el Registro Agrario Nacional, en los Centros de Atención en Oficinas Centrales, y en todas las delegaciones, así como el Archivo General Agrario en su Unidad Central, su archivo registral, su biblioteca especializada y en las 32 Unidades de Control Documental Del 6 de abril al 17 de abril de 2020 no correrán plazos ni términos respecto de las calificaciones registrales que ya se encuentren en trámite, así como respecto de la interposición, substanciación y resolución del recurso administrativo de revisión que promuevan los interesados sobre la denegación del servicio registral u otro procedimiento o trámite judicial o administrativo, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 28 de la LFPA. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la SEDATU. Por razones de salud pública, para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la SEDATU, tanto en oficinas centrales, como en sus oficinas de representación en las entidades federativas o regiones, se considerarán inhábiles del 20 al 30 de abril de 2020, sin implicar suspensión de labores, para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan. 17/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la SEDATU, dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada tanto en oficinas centrales, como en sus oficinas de representación en las entidades federativas o regiones, así como los trámites y servicios que brinda su órgano desconcentrado, Registro Agrario Nacional, en los Centros de Atención en oficinas centrales, y en todas las delegaciones, así como el Archivo General Agrario, su Archivo Registral, su Biblioteca Especializada y en las 32 unidades de Control Documental Se considerarán inhábiles del 4 al 29 de mayo de 2020, sin implicar suspensión de labores. En cuanto hace a su órgano desconcentrado en los Centros de Atención en Oficinas Centrales, y en todas las Delegaciones, así como el Archivo General Agrario, su Archivo Registral, su Biblioteca Especializada y en las 32 Unidades de Control Documental, durante el periodo señalado en el punto de Acuerdo Primero, no correrán plazos ni términos respecto de las calificaciones registrales que ya se encuentren en trámite, así como a la interposición, substanciación y resolución del recurso administrativo de revisión que promuevan los interesados sobre la denegación del servicio registral u otro procedimiento o trámite judicial o administrativo. 11/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO que modifica el diverso por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la SEDATU, dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada tanto en oficinas centrales, como en sus oficinas de representación en las entidades federativas o regiones, así como los trámites y servicios que brinda su órgano desconcentrado, Registro Agrario Nacional, en los Centros de Atención en oficinas centrales, y en todas las delegaciones, así como el Archivo General Agrario, su Archivo Registral, su Biblioteca Especializada y en las 32 unidades de Control Documental. Se considerarán inhábiles del 4 al 29 de mayo de 2020, así como del 1 de junio y hasta que la autoridad sanitaria competente dicte las medidas necesarias para la reanudación de actividades presenciales y determine que no existe un riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de conformidad con el sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas, económicas y las relacionadas con la Administración Pública Federal, sin implicar suspensión de labores, para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan. Como consecuencia de lo anterior y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días que comprenden del 1 de junio de 2020 y hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura, de manera gradual, cauta y ordenada, de las actividades relacionadas con la Administración Pública Federal. 10/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía ACUERDO de suspensión de plazos y términos legales Se determina que del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 los días continúan siendo laborables, empero, no correrán plazos y términos legales en el INEGI. El periodo referido podrá modificarse en atención a la evolución de la contingencia, considerando las determinaciones por las autoridades en materia de salud. Se reducirá al máximo posible la presencia física de su personal en oficinas y optará por el modelo de trabajo desde casa. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General del Órgano Interno de Control, por el que se determina la suspensión de plazos y términos legales. Durante el periodo del 30 de marzo al 30 de abril del 2020, los plazos que legal, reglamentaria y administrativamente deben observarse en los procedimientos que ese Órgano Interno de Control desarrolla en el ejercicio de sus facultades, quedarán suspendidos y no se computarán los mismos. Se establece la implementación de guardias presenciales para aquellas tareas o trabajos que por su naturaleza sean de carácter urgente. 06/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, por el que se modifica el similar mediante el cual determina la suspensión de plazos y términos legales, reglamentarios y administrativos Durante el periodo del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, los plazos que legal, reglamentaria y administrativamente deben observarse en los procedimientos que este Órgano Interno de Control desarrolla en el ejercicio de sus facultades, quedarán suspendidos y no se computarán los mismos 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se prorroga la suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Se prorroga la aplicación de las medidas señaladas en los acuerdos Primero a Cuarto del Acuerdo de suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril de 2020, así como la suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, por el periodo del 1 de mayo al 30 de mayo de 2020. 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SEMAR Secretaría de Marina ACUERDO Secretarial número 166/2020. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en la Autoridad Marítima Nacional se considerarán inhábiles los días que comprende el periodo del 01 de abril al 30 de abril de 2020, sin aplicar suspensión de labores y sin perjuicio de la facultad que se tiene para habilitar días y horas hábiles. Se prorrogan la vigencia de las libretas de mar tipo “A”, “C” Y “D” que tengan como fecha de vigencia hasta el mes de marzo y abril de 2020 hasta el 01 de junio de 2020 o hasta que se reanuden las labores en la DG de Protección y Medicina Preventiva del Transporte de la SCT. Se considerarán válidos hasta el 1 de junio de 2020: los pasavantes de navegación expedidos por la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos o por las Capitanías de Puerto del país; todas las embarcaciones y artefactos navales mexicanos que cuenten con certificados, documentos de cumplimiento y/o verificaciones aplicables que tengan como fecha de vigencia los meses de marzo o abril de 2020. 08/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO Secretarial número 208/2020 Se modifican los artículos Primero, Cuarto, Quinto y el primer párrafo del Sexto, del Acuerdo 166/2020 por el que se hace del conocimiento público, las prórrogas en trámites y los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en la Autoridad Marítima Nacional, con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19) 07/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO Secretarial 242/2020 Por causa de fuerza mayor y para efectos de los actos, trámites y procedimientos administrativos que se hayan ingresado ante la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos y de todas las Capitanías de Puerto del país, se considerarán inhábiles los días 01 al 03, 06 al 10, 13 al 17, 20 al 24 y del 27 al 30 de abril; del 04 al 08, 11 al 15, 18 al 22, 25 al 29 de mayo; así como del 1 al 5, 8 al 12 y 15 de junio, todos de 2020, durante los cuales no se computarán los plazos y términos correspondientes, sin aplicar suspensión de labores y sin perjuicio de la facultad que se tiene para habilitar días y horas inhábiles. 08/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
AGN Archivo General de la Nación ACUERDO por el que se suspenden los plazos y términos legales en el Archivo General de la Nación, relacionado con las medidas preventivas frente al coronavirus COVID-19. Se suspenden los plazos y términos legales en todas las actuaciones y diligencias administrativas que se practican en el AGN durante el periodo que comprende del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, siendo declarado el citado periodo como inhábil. En la inteligencia que cualquier actuación, requerimiento o solicitud surtirán efectos hasta el 04 de mayo de 2020. 08/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de los plazos y términos legales Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en todas las actuaciones y diligencias administrativas que se practican en el Archivo General de la Nación, hasta el 29 de mayo de 2020, por lo que esos días y para los efectos referidos se declaran inhábiles. En ese sentido, los efectos jurídicos de cualquier actuación, requerimiento o solicitud surtirán efectos hasta el lunes 1° de junio de 2020. 30/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en el Archivo General de la Nación, relacionado con las medidas preventivas frente al coronavirus COVID-19. Se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en todas las actuaciones y diligencias administrativas que se practican en el Archivo General de la Nación, hasta el 12 de junio de 2020, por lo que esos días y para los efectos referidos se declaran inhábiles. En ese sentido, los efectos jurídicos de cualquier actuación, requerimiento o solicitud surtirán efectos hasta el lunes 15 de junio de 2020. 29/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
SNDIF Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y sus unidades administrativas. Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales durante el periodo comprendido del 27 de marzo al 19 de abril de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante, dentro o en contra del SNDIF y sus unidades administrativas, en lo tocante a los actos y procedimientos que guarden relación con actuaciones ante toda clase de procedimientos ante tribunales, judiciales o administrativos, actuaciones recursales, impugnaciones en contra o por parte de la paraestatal y en todo lo relativo a la atención de solicitudes de acceso a la información y datos personales, recursos de revisión y denuncias ante el INAI y o de revocación en contra o ante la paraestatal. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
ACUERDO por el que se establece la ampliación de suspensión de plazos y términos legales Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales, a partir del 20 de abril de 2020 y hasta la fecha en que el CSG y la SSA determine que ha cesado la contingencia, se suspende de manera temporal la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante, dentro o en contra del SNDIF y sus unidades administrativas, en lo tocante a los actos y procedimientos que guarden relación con actuaciones ante toda clase de procedimientos ante tribunales, judiciales o administrativos, actuaciones recursales, impugnaciones en contra o por parte de la paraestatal y en todo lo relativo a la atención de solicitudes de acceso a la información y datos personales, recursos de revisión y denuncias ante el INAI y o de revocación en contra o ante la paraestatal. 28/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
BANXICO Banco de México CIRCULAR 8/2020, dirigida a las instituciones de crédito. MEDIDAS PROVISIONALES DE OPERACIONES Y CORRESPONSALÍAS DE CAJA: I. Banxico no iniciará procedimientos administrativos de imposición de sanciones por infracciones cometidas durante el periodo comprendido entre el 19 de marzo y el 30 de abril de 2020. II. Se tiene como fecha límite el 31 de mayo de 2020 para que las instituciones de crédito entreguen la información de las empresas de transporte de valores prevista en la circular de operaciones de caja. III. La operación de los corresponsales de caja con los Usuarios se limita a dos días por semana; es decir, martes y jueves, hasta nuevo aviso. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 9/2020, dirigidas a las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. En los casos que las Instituciones hayan incumplido o incumplan sus obligaciones de reporte de información periódica al Banco de México durante el plazo comprendido entre el 16 de marzo y el 31 de mayo de 2020, ambos inclusive, previstas en las disposiciones y autorizaciones emitidas por este Banco Central -excepto por aquellas correspondientes a los formularios indicados en el Anexo 1 de la presente Circular, al contener información relevante para evaluar y dar seguimiento a la evolución de las condiciones de las Instituciones ante la volatilidad del mercado y la situación interna y externa- no estarán sujetas a los procedimientos administrativos de imposición de sanciones por parte del Banco de México que resulten de tales incumplimientos de conformidad con las disposiciones respectivas, lo anterior en términos del contenido de esa misma circular. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 10/2020, dirigida a los almacenes generales de depósito, casas de bolsa y fondos de inversión. MEDIDAS PROVISIONALES APLICABLES A LAS OBLIGACIONES DE REPORTE DE INFORMACIÓN: I. La información que deba reportarse de forma diaria o semanalmente, se envíe a más tardar al día hábil siguiente al que se hubiera tenido que reportar, o al día hábil siguiente a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello, según corresponda. II. La información que deba reportarse mensualmente, se envíe a más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello. III. La información que deba reportarse trimestralmente, se envíe a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 11/2020, dirigida a los almacenes generales de depósito, cámaras de compensación, casas de cambio, contrapartes centrales de valores, empresas que presten de manera profesional el servicio de transferencias de fondos, empresas que presten el servicio de remesas, fondos de inversión, instituciones de fianzas, instituciones de financiamiento colectivo, instituciones de fondos de pago electrónico, instituciones de seguros, intermediarios que formen parte de grupos financieros, participantes del mercado de contratos de derivados listados en bolsa, sociedades de información crediticia, sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas MEDIDAS PROVISIONALES APLICABLES A LAS OBLIGACIONES DE REPORTE DE INFORMACIÓN: I. La información que deba reportarse de forma diaria o semanalmente, se envíe a más tardar al día hábil siguiente al que se hubiera tenido que reportar, o al día hábil siguiente a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello, según corresponda. II. La información que deba reportarse mensualmente, se envíe a más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello. III. La información que deba reportarse trimestralmente, se envíe a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en la que haya vencido el plazo para ello. Para efectos de lo dispuesto en esta Circular, por día hábil se entenderá a los días en que las instituciones de crédito no estén obligadas a cerrar sus puertas ni a suspender operaciones, en términos de las disposiciones de carácter general que, para tal efecto, emitió la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 12/2020, dirigida a las entidades sujetas a la supervisión del Banco de México, relativa a las exenciones provisionales en relación con la pandemia de COVID-19. Se declaran inhábiles los días comprendidos entre el 23 de marzo y el 30 de abril de 2020, ambos inclusive, y, consecuentemente, suspender el cómputo de los plazos que corresponden a las diligencias y actuaciones respecto de los procedimientos administrativos de imposición de sanción, incluidos los correspondientes a los recursos, tanto de revisión, como de reconsideración, así como los relativos a los requerimientos de información relacionados con los referidos procedimientos, salvo que en estos últimos se hiciera una especificación en contrario, a fin de que tales plazos comiencen a computar de nuevo a partir del 4 de mayo de 2020. Asimismo, el Banco de México ha resuelto suspender las visitas ordinarias de inspección hasta el 30 de abril del 2020, sin que dicha suspensión resulte aplicable al ejercicio de las demás atribuciones que le confieren a este Instituto Central la normativa aplicable en materia de supervisión. El Banco de México notificará en lo individual a las entidades con procedimientos de supervisión en curso, la forma en que se procederá una vez terminada la suspensión. 09/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 14/2020 dirigida a las Instituciones de Crédito, relativa a las modificaciones a la Circular 8/2020, medidas provisionales de operaciones y corresponsalías de caja, en relación con la pandemia de COVID-19. BANXICO se abstendrá de iniciar los procedimientos administrativos de imposición de sanciones por infracciones cometidas a partir del 19 de marzo del 2020 y hasta la fecha que el Banco de México dé a conocer mediante la resolución que emita posteriormente, que resulten del incumplimiento por parte de las instituciones de crédito en la entrega de piezas presuntamente falsas, en el plazo de 20 días hábiles bancarios, así como en el registro del resultado de la verificación de las reclamaciones en el Sistema de Autenticación de Moneda (SAM), en el plazo de 5 días hábiles bancarios, a que se refieren los numerales II.VII.2 y II.VIII.2.4 de la Circular de Operaciones de Caja, respectivamente. Se amplía por tiempo indefinido el plazo para que las instituciones de crédito entreguen a este Instituto Central la información de las Empresas de Transporte de Valores a que se refiere el numeral II.II.7 y el Anexo 28 de la Circular de Operaciones de Caja. Las instituciones de crédito deberán entregar dicha información al Banco de México en la fecha que el Banco de México dé a conocer mediante la resolución que emita posteriormente. 08/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 15/2020 dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a las Modificaciones a la Circular 10/2015 Se modifican las definiciones del numeral 1, “BONDES”, “BPAS”, “Cuenta Única”, “Días Hábiles Bancarios”, “Empresas Productivas del Estado”, “Institución Calificadora de Valores”, “Manual”; así como los numerales 2.1, primer, segundo, tercer y cuarto párrafos, 2.2, primer párrafo, así como los apartados “Acreditada”, “Plazo para la disposición del monto del crédito”, “Plazo para el pago del monto dispuesto por la Acreditada”, “Importe”, “Garantía”, y “Acreditación de recursos”, numeral 2.3, primer párrafo, así como los apartados “Reportada”, “Plazo para el inicio de la operación”, “Plazo para el vencimiento de la operación”, “Títulos Objeto del Reporto”, “Premio” y “Acreditación de recursos”; y los numerales 3.1, 3.2 primer y segundo párrafos, y los Anexos 1 y 2, se adicionan los términos “Criterio de Calidad Crediticia en Escala Global”, “Criterio de Calidad Crediticia en Escala Nacional”, “Depósitos”, “Disposiciones de Operaciones”, “Divisa Elegible”, “Instituciones”, “Valores Gubernamentales” al numeral 1, y el numeral 3.3. “Información al Banco de México”, así como se deroga el término “Dólares” del numeral 1. 13/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 16/2020 dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a la facilidad temporal de operaciones de préstamo de valores con el Banco de México. BANXICO expide las REGLAS APLICABLES A OPERACIONES DE PRÉSTAMO DE VALORES CON EL BANCO DE MÉXICO PARA MEJORAR LA LIQUIDEZ. Las cuales tienen por objeto que las instituciones podrán celebrar con el Banco de México, en los términos establecidos en las presentes Reglas, operaciones de préstamo de valores, con el objeto de que aquellas reciban de este último CETES y BONDES en préstamo, sujeto al otorgamiento de una garantía constituida mediante prenda bursátil de títulos o valores elegibles. 19/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 17/2020 dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a Reglas aplicables a operaciones de reporto de valores gubernamentales con el Banco de México para cubrir necesidades de liquidez. BANXICO expide las REGLAS APLICABLES A OPERACIONES DE REPORTO DE VALORES GUBERNAMENTALES CON EL BANCO DE MÉXICO PARA CUBRIR NECESIDADES DE LIQUIDEZ. Las Instituciones interesadas en celebrar, en su carácter de reportadas, las operaciones de reporto con el Banco de México conforme a las presentes Reglas deberán presentar sus solicitudes en la fecha y dentro de los horarios indicados en las convocatorias que este último les dé a conocer para estos efectos. El Banco de México dará a conocer a las Instituciones cada una de las convocatorias referidas con, al menos, un Día Hábil Bancario de anticipación a la fecha en que este recibirá las solicitudes señaladas. Las convocatorias serán dadas a conocer por conducto del SIAC-BANXICO o en el sitio de internet del Banco de México ubicado en la dirección >. En caso de que dicho sistema no esté disponible, el Banco de México podrá dar a conocer las convocatorias por cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el propio Banco, según lo dé a conocer a las Instituciones. 19/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 18/2020 dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a Reglas aplicables a operaciones de reporto de títulos corporativos con el Banco de México para cubrir necesidades de liquidez. Las Instituciones interesadas en celebrar, en su carácter de reportadas, las operaciones de reporto con el Banco de México conforme a las presentes Reglas deberán presentar sus solicitudes en la fecha y dentro de los horarios indicados en las convocatorias que este último les dé a conocer para estos efectos. El Banco de México dará a conocer a las Instituciones cada una de las convocatorias referidas con, al menos, un Día Hábil Bancario de anticipación a la fecha en que este recibirá las solicitudes señaladas. BANXICO expide las REGLAS APLICABLES A OPERACIONES DE REPORTO DE TÍTULOS CORPORATIVOS CON EL BANCO DE MÉXICO PARA CUBRIR NECESIDADES DE LIQUIDEZ. Para que la Institución de que se trate pueda celebrar con el Banco de México reportos conforme a las presentes Reglas, deberá suscribir previamente con este el contrato respectivo, el cual tendrá, al menos, las características mínimas contempladas en las reglas mencionadas. 19/05/2020. DOF- Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 20/2020 dirigida a las instituciones de banca múltiple y de banca de desarrollo, relativa a las Reglas aplicables a la provisión de recursos a las instituciones de crédito para canalizar crédito a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a las personas físicas. La Institución que corresponda podrá obtener los recursos objeto de las presentes Reglas, con el fin de utilizarlos para otorgar financiamiento a las MiPyME, así como a personas físicas, directamente o indirectamente, a través de otras entidades financieras no bancarias, mediante las siguientes operaciones realizadas en los términos y sujeto a las condiciones señaladas en estas mismas Reglas. 02/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 21/2020 dirigida a las entidades sujetas a la supervisión del Banco de México, relativa a las modificaciones a la Circular 12/2020, sobre exenciones provisionales en relación con la pandemia de COVID-19. Con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de dar certeza jurídica a las entidades e intermediarios financieros bajo su supervisión, ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19, ha decidido considerar inhábiles los días comprendidos entre el 23 de marzo y la fecha que el Banco de México dé a conocer mediante la resolución que emita posteriormente y, consecuentemente, suspender el cómputo de los plazos que corresponden a las diligencias y actuaciones respecto de los procedimientos administrativos de imposición de sanción, incluidos los correspondientes a los recursos, tanto de revisión, como de reconsideración, así como los relativos a los requerimientos de información relacionados con los referidos procedimientos, salvo que en estos últimos se hiciera una especificación en contrario, a fin de que tales plazos comiencen a computar de nuevo a partir de la fecha que se dé a conocer mediante la publicación de la resolución referida. 02/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
CIRCULAR 22/2020 dirigida a las instituciones de banca múltiple, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con entidades distintas a las instituciones de crédito, sociedades financieras populares con nivel de operaciones IV, en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, y otras, relativa a las medidas provisionales en materia de montos de pago mínimo aplicables a créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas de crédito, en relación con la pandemia de COVID-19. Los montos de pago mínimo que las Entidades Financieras, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 18 Bis 7 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, están obligadas a cobrar respecto de los créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas, serán aquellos que, de conformidad con el cálculo previsto en las Disposiciones sobre Tarjetas, correspondan a los periodos de pago que resulten aplicables a partir de octubre de 2020. En consecuencia, las Entidades Financieras no quedarán obligadas a realizar el cobro de los correspondientes montos de pago mínimo calculados conforme a las Disposiciones sobre Tarjetas, para los periodos de pago comprendidos entre abril y septiembre del presente año, cuando así lo determinen y convengan con los clientes respectivos. Las Entidades Financieras no podrán cobrar, durante el periodo a que se refiere la presente Circular, a aquellos tarjetahabientes que hayan convenido acogerse a los esquemas referidos comisiones por incumplimientos de pago de los montos mínimos anteriormente referidos o intereses moratorios relacionados con dichos incumplimientos. 02/06/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
PRODECON Procuraduría de la Defensa del Contribuyente ACUERDO General número 003/2020 Se suspenden temporalmente las actividades presenciales (no así sus servicios) que la PRODECON realiza en sus oficinas centrales y delegaciones, del 6 de abril de 2020 y hasta la fecha en que el Consejo de Salubridad General determine que ha cesado la contingencia. De igual manera se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de sus áreas sustantivas, con motivo de la pandemia derivada del Coronavirus (COVID-19) 16/04/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores AVISO por el que se hace del conocimiento del público en general la suspensión de plazos para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como organismo fiscal autónomo, derivado de la contingencia sanitaria COVID-19, en los términos que se indican. Para efectos de los actos y procedimientos que realiza el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como organismo fiscal autónomo, se considerarán como inhábiles, y en consecuencia no correrán los plazos ni se computarán términos legales, los siguientes días del 2020: v A partir del día siguiente al de la publicación del presente documento en el Diario Oficial de la Federación, y hasta la fecha que se determine por el Instituto, en la que se considere que han cesado las causas que dieron origen a las presentes medidas suspensivas derivadas de la Contingencia por COVID-19. v En este contexto, los plazos establecidos en el artículo 46-A primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, se suspenderán por el periodo comprendido en la fracción que antecede. 04/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INDEP Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado ACUERDO por el que se suspenden los plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y sus unidades administrativas, con las excepciones que en el mismo se indican Se suspenden, por causa de fuerza mayor, los plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y sus unidades administrativas, en el periodo comprendido del 6 de mayo al 30 de mayo de 2020, siendo, de manera enunciativa mas no limitativa, las siguientes: la recepción de documentos e informes; trámites; actuaciones; diligencias; inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos; notificaciones; citatorios; emplazamientos; requerimientos; solicitudes de informes o documentos; medios de impugnación; así como cualquier otro acto administrativo que sea solicitado a sus servidores públicos adscritos. 06/05/2020. DOF – Diario Oficial de la Federación
INPI Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas GUÍA para la Atención de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19). La información relacionada con la epidemia deberá ser difundida y transmitida con pertinencia cultural y lingüística. En especial las instancias correspondientes deberán traducir, a las lenguas indígenas del país, las partes sustantivas de los principales instrumentos legales y medidas administrativas emitidas por las autoridades federales, estatales y municipales competentes. Las disposiciones y medidas adoptadas para hacer frente a la epidemia deben implementarse con pertinencia cultural, y respetando las formas de organización y especificidades culturales de las comunidades indígenas y afromexicanas, que se enlistan, pero no se limitan en la guía respectiva. 19/05/2020. DOF- Diario Oficial de la Federación
TSJCDMX Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Acuerdo 39-14/2020 Se autoriza la suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de términos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, a partir del día dieciocho de marzo y reanudando labores el veinte de abril de dos mil veinte, salvo pronunciamiento que emita este H. Consejo, en torno a nuevas acciones y medidas que se adopten en el Plan de Contingencia a que se ha hecho alusión. 17/03/2020. TSJCDMX
Acuerdo V-15/2020 Se amplían los efectos del “Plan de Contingencia para el Poder Judicial de la Ciudad de México” los Juzgados Familiares de Proceso Escrito en turno, conforme al punto TERCERO del citado acuerdo 39-14/2020, deberán recibir demandas o solicitudes, única y exclusivamente en los casos en que se argumente violencia contra la mujer, adolescentes, niñas y niños, así como comparecencias en materia de alimentos bajo los supuestos contemplados. 28/03/2020. TSJCDMX
Acuerdo 06-15/2020 Se deja sin efectos el Acuerdo V-15/2020, aprobado por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México. 13/04/2020. TSJCDMX
Acuerdo V-17 /2020 Se autoriza la suspensión de los plazos para la presentación de las Declaraciones de Modificación de Situación Patrimonial Anual, de Intereses y envío de constancias de presentación de Declaraciones Fiscales correspondientes al año 2019; así como para la presentación de la Declaración de Situación Patrimonial de Inicio, Declaración de Situación Patrimonial de Conclusión, y de intereses, que tengan obligación de presentar los servidores públicos del Poder Judicial de la Ciudad de México. 22/04/2020. TSJCDMX
Acuerdo V-19/2020 Se autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que inició el 18 de marzo y hasta el 31 de mayo de 2020; por consecuencia, se reanudan labores el día 1° de junio de 2020. 28/04/2020. TSJCDMX
Acuerdo 25-17/2020 Se autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que inició el día 18 de marzo, hasta el 15 de junio de 2020; reanudándose labores el día 16 de junio de 2020, salvo pronunciamiento que emita este H. Consejo, en torno a nuevas acciones y medidas que se adopten en el Plan de Contingencia. 26/05/2020. TSJCDMX
Acuerdo 03-19/2020 Se autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que inició el día 18 de marzo, para quedar hasta el día 30 de junio de 2020; reanudándose labores el día 1° de julio de 2020, salvo pronunciamiento que emita este H. Consejo, en torno a nuevas acciones y medidas que se adopten en el Plan de Contingencia. 10/06/2020. TSJCDMX
Acuerdo 04-19/2020 Se autoriza la habilitación del Sistema de Citas Electrónicas de Atención al Usuario en el Portal de Internet del Poder Judicial de la Ciudad de México, con efectos a partir del día 22 de junio del 20200 10/06/2020. TSJCDMX
CIRCULAR CJCDMX- 18/2020 Se autoriza la reanudación de las actividades en las Salas y Juzgados Civiles y Familiares del Poder Judicial de la Ciudad de México, en los términos precisados en ese acuerdo plenario, a partir del 1° de julio de 2020. 10/06/2020. TSJCDMX
CIRCULAR CJCDMX-20/2020 Se aprueban los “Lineamientos de Seguridad Sanitaria en el Poder Judicial de la Ciudad de México”, mismos que deberán ser implementados por parte de los órganos jurisdiccionales, áreas administrativas y de apoyo judicial, servidoras y servidores públicos, así como público en general, a partir del día 1° de julio de 2020. 10/06/2020. TSJCDMX

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