La persecución penal en la búsqueda de justicia

AuthorLeonardo Filippini
ProfessionProfesor de Derecho, Universidad de Palermo
Pages367-388
La persecución penal en la búsqueda de justicia
Leonardo Filippini*
I. PRESENTACIÓN
La justicia penal es una de las herramientas más problemáticas de la transi-
ción. En parte, debido a que su empleo replica problemas propios del castigo,
como la selectividad o la rusticidad y, en parte, porque su uso se asocia a riesgos
nuevos y propios, como la posibilidad de desestabilizar a una democracia en
formación, de un modo en que parecen no poder hacerlo otras instituciones1.
Cuando se asume, no obstante —como muchas comunidades lo hacen hoy—,
que bajo ciertas circunstancias el recurso a la justicia penal es un curso de acción
justicado, los dilemas acerca de si y por qué reprochar ciertas conductas pier-
den algún interés práctico y los interrogantes se concentran en torno a cómo y
cuándo hacerlo, lo que constituye un asunto igualmente complejo y desaante.
El caso argentino presenta una experiencia relativamente consolidada de
transición con aplicación del Derecho Penal. En su desarrollo de casi tres déca-
das, la Argentina, aun con interrupciones importantes, parece haber sellado una
opción favorable a la persecución penal de los crímenes contra la humanidad.
Ello ha generado una pluralidad de experiencias concretas en la implementa-
ción de la idea de investigar y sancionar penalmente los crímenes y la observa-
ción de estos desarrollos presenta un innegable interés para la reexión acerca
de los problemas universales que repetidamente aparecen frente a escenarios de
conicto superados, o que se creen superables. Solo en el ámbito regional, por
cierto, la experiencia es efectivamente observada con atención en Brasil, Colom-
bia, Perú, Uruguay y Chile.
Aquí nos detendremos en algunas de las preguntas que la experiencia argen-
tina puede haber iluminado. Haremos primero un brevísimo resumen de los
principales acontecimientos de la transición y ofreceremos una caracterización
posible del proceso argentino. Como se verá, la opción por la justicia penal es-
* Profesor de Derecho, Universidad de Palermo. Estas ideas ya fueron presentadas en “Ha-
cer Justicia”, Siglo XXI, Bs. As., 2011, pp. 19-47.
1 H. KIM y K. SIKKINK ponen en duda la existencia de prueba cientíca del carácter des-
estabilizador de los juicios, en “Explaining the Deterrence Effect of Human Rights Prose-
cutions for Transitional Countries”, International Studies Quarterly 54, 2010, pp. 939-963.
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tuvo enmarcada en un reclamo social amplio, sostenido por la resistencia a una
forma peculiar de superación del pasado con impunidad. La Argentina tuvo así
dos ciclos de persecución penal. El primero, de casi un lustro, fue intentado re-
cién superada la última dictadura, a partir de diciembre de 1983. Los juicios de
ese ciclo estuvieron enfocados en los máximos líderes y lograron un alto impacto
simbólico. Pero no fueron sustentables y resultaron rápidamente revertidos en
sus consecuencias penales por las leyes de impunidad de 1986 y 1987. El segundo
ciclo de investigaciones, el actual, nació como fruto de la resistencia a la impu-
nidad y se consolidó a partir de la declaración de nulidad de las leyes de Punto
Final y de Obediencia Debida, entre 2001 y 2005. A partir de entonces, la perse-
cución penal de los crímenes del terrorismo de Estado parece ser una política
estatal consolidada e irreversible en sus notas centrales2.
La existencia de dos ciclos de persecución penal llama la atención sobre la
dicultad de acotar cronológicamente la transición y las consecuencias de un pa-
sado conictivo. También torna evidente la dicultad de concebir soluciones de
factura instantánea a problemas serios. La justicia de hoy, tardía o demorada, im-
plica no solo una decisión sobre los hechos del terrorismo de Estado —facilitada
por el tiempo transcurrido desde los sucesos— sino también respecto del valor
de las primeras soluciones adoptadas para la superación del pasado. Lo mismo
ocurre en Chile, Colombia, Uruguay o Brasil, donde se debate, luego de déca-
das, la calidad y la validez de los efectos de los primeros mecanismos elegidos
para superar el pasado. La Argentina revisa en la actualidad su pasado violento
a través del prisma de la justicia penal. Y, para ello, revisó primero las decisiones
adoptadas apenas superado el conicto. La exposición que sigue reexiona so-
bre estos dos fenómenos asociados: la revisión de la impunidad, por un lado, y
los efectos del tiempo sobre la justicia penal actual frente a hechos ocurridos tres
décadas atrás.
II. TREINTA AÑOS EN BUSCA DE JUSTICIA
3
1. El pasado represivo
Durante los años setenta y al amparo del poder político, se cometieron vio-
laciones masivas a los derechos humanos contra la población civil, incluyendo
2 Así lo expresó el Congreso de la Nación, Declaración de la Honorable Cámara de Dipu-
tados, 57-P-2010.
3 En general, entre muchos otros, véanse H. VERBITSKY, “Entre olvido y memoria”, en G.
ANDREOZZI (coord.), Juicios por crímenes de lesa humanidad en Argentina, Atuel, Buenos Ai-
res, 2011; M. NOVARO y V. PALERMO, Historia argentina. La dictadura militar 1976/1983.

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