Los organos de la Corte Penal Internacional

AuthorNicolás Cabezudo Rodríguez

En expresión del ECPI. (art. 34), bajo el vocablo "Corte" se da acogida tanto a los órganos judiciales que componen esta estructura, esto es: la Presidencia, la Sección de Apelaciones, la Sección de Primera Instancia y la Sección de Cuestiones Preliminares; como a los no judiciales: la Fiscalía y la Secretaría2.

La ciudad sede de la institución será La Haya, de ahí que Holanda se defina como "Estado anfitrión", admitiéndose, empero, la posibilidad de que la Corte Penal Internacional se constituya en otro lugar > (art. 3).

La Presidencia de la Corte Penal Internacional

La Presidencia tiene como función primordial, amén de las que expresamente le atribuya el ECPI., la >, bien claro que exceptuando las cuestiones relativas a la Fiscalía (art. 38.3). Aunque a tenor de lo previsto en el Estatuto, se trata de un órgano gubernativo que no tiene atribuida potestad jurisdiccional alguna3, tal afirmación resulta desvirtuada al depositarse en la Presidencia las funciones que competen a la Corte durante la fase de ejecución, con arreglo lo previsto en el Proyecto de Reglas de Procedimiento y Prueba (regla 199).

Como en el Tribunal Internacional de Justicia (TIJ.)4, la Presidencia está compuesta por el Presidente, un Vicepresidente Primero que sustituirá al anterior, cuando éste no pueda ejercer sus funciones o sea recusado, y un Vicepresidente Segundo, que en las mismas circunstancias del anterior hará lo propio con el Primero (art. 38.2 y 3)5. Todos ellos son elegidos por mayoría absoluta de los Magistrados por un período de 3 años, o hasta la expiración de su mandato si fuera inferior, siendo reelegibles por una vez más (art. 38.1). Conforme a lo previsto en el Proyecto de Reglas de Procedimiento y Prueba, la elección del Presidente y los Vicepresidentes se efectuará por los Magistrados presentes en la primera sesión plenaria, que tendrá lugar antes de que transcurran dos meses desde la designación de estos últimos [regla 4.1.a)]6.

La mutua colaboración con la Fiscalía se encuentra prevista en el art. 38.4.

Las Secciones de la Corte Penal Internacional

La estructura jurisdiccional de la Corte se articula en Secciones, a saber7:

LA SECCIÓN DE APELACIONES compuesta por el Presidente de la Corte y otros 4 Magistrados, quienes constituyen la Sala de Apelaciones, órgano jurisdiccional que tiene atribuido funcionalmente el conocimiento de los recursos de apelación contra resoluciones dictadas por la Sala de Primera Instancia y la Sala de Cuestiones Preliminares, así como del juicio de revisión [art. 39.1 y 2 a) y b) i)].

LA SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA compuesta de no menos de 6 Magistrados, desarrollando sus funciones en Sala o Salas de Primera Instancia formadas por 3 Magistrados, competentes para el enjuiciamiento de los hechos delictivos tipificados en el Convenio [art.39.1 y 2 a) y b) ii)].

LA SECCIÓN DE CUESTIONES PRELIMINARES compuesta también por no menos de 6 Magistrados, que al igual que el anterior actúa en Sala o Salas compuestas por 3 Magistrados o por un único Magistrado8, según lo que se disponga en el ECPI. y las Reglas de Procedimiento y Prueba, con funciones de supervisión del Fiscal y colaboración con el mismo durante la investigación de los delitos competencia de...

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