Ordenanza Dirección General de Concesiones: Instrucciones respecto de Tratamiento de Efectos del COVID-19 en Contratos de Concesión de Obra Pública y Consultorías DGC

¿Qué plantea la ordenanza?

Ordenanza Nº 394 de la Dirección General de Concesiones de fecha 20 de marzo de 2020: “Imparte Instrucciones respecto de Tratamiento de Efectos del COVID-19 en Contratos de Concesión de Obra Pública y Consultorías DGC”.

Se establecen criterios aplicables a contratos de concesión de obra pública y consultorías contratadas por la Dirección General de Concesiones, respecto de aquellas obligaciones cuyo cumplimiento pueda verse afectado por las medidas dispuestas por la autoridad:

  1. La situación derivada del COVID-19 presenta las características establecidas en el artículo 45 del Código Civil para atribuirle el carácter de caso fortuito, tal como fue reconocido en el dictamen 3610 del 17 de marzo de 2020 Contraloría General de la República.

  2. Los efectos del caso fortuito en el cumplimiento del contrato se deberán determinar en cada caso, debiendo cada concesionario o consultora presentar los antecedentes que acrediten el impacto en el contrato a través del inspector fiscal.

  3. La concesionaria o consultora que solicite un aumento de plazo para el cumplimiento de una obligación del contrato, deberá realizar las presentaciones correspondientes conforme a los plazos establecidos en las Bases de Licitación, la Ley de Concesiones de Obras Públicas, su reglamento, el reglamento para la contratación de consultorías y demás normativa aplicable, para lo cual se habilitarán los correspondientes medios electrónicos.

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