Presentación

AuthorAgustín Luna Serrano/Carlos Maluquer de Motes y Bernet
Pages19-32

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1. Nacido en Nápoles en 1937 y graduado en su Universidad con la máxima calificación en 1959, el profesor Pietro Perlingieri alcanzó, después de conseguir en 1964 la "libera docenza" del derecho civil en su propia Universidad, la cátedra de esta asignatura en la Universidad de Camerino en 1968. En esta Universidad de la región de Las Marcas, de la que fue rector, fundó la prestigiosísima, única en Italia en su género y bien conocida entre nosotros, "Escuela de perfeccionamiento en derecho civil", de la que, después de ocupar su dirección durante muchos años -hasta que fue elegido senador de la República en 1994-, sigue siendo, como presidente de su comité científico, el constante animador. Como fruto más granado de su intensa y continuada dedicación a la misma -de la que fueron sus primeros profesores juristas de tanto relieve como los civilistas Annibale Marini, actual presidente de la Corte Constitucional italiana, y Francesco Donato Busnelli, como el mercantilista Berardino Libonati o como el romanista Luigi Labruna, que ocupó la presidencia del Consejo Nacional de Investigaciones y del Comité Universitario Nacional, a los que han seguido otros nombres no menos ilustres, y en la que se han formado destacados profesores, magistrados, notarios y abogados- debe considerarse la creación, sobre sus enseñanzas y bajo su inspiración, de una importantísima escuela de privatistas italianos que hoy ocupan un gran número de cátedras universitarias de la especialidad o desenvuelven con gran competencia funciones de alta responsabilidad en los ámbitos profesionales y administrativos.

El profesor Perlingieri, después de la intensa labor universitaria desarrollada en Camerino, ha enseñado en las universidades de Turín, de Salerno, de Nápoles "Federico II" y de Roma-La Sapienza y es actualmente catedrático de derecho privado de la Universidad del Sannio, en Benevento, de la que asimismo ha sido rector y a cuyo ámbito territorial dedica, por lo demás -al igual que a la cercana región del Molise, de cuya reciente Universidad ha sido igualmente presidente-rector-, una constante atención -de manera destacada en su etapa de senador- no solo en los aspectos estrictamente universitarios sino también en las más generales dimensiones culturales y económicas. En la actualidad, en dicha Universidad y en su Facultad de Economía, cuyo decanato viene ocupando desde el año 2000, enseña derecho civil, teoría de la interpretación y derecho constitucional.

Abogado en ejercicio, autor como tal de numerosos laudos y dictámenes o "pareceres pro veritate", muchos de cuyos últimos han sido publicados, ha formado parte, asimismo a través de la preceptiva designación electiva, del Conse-Page 20jo Superior de la Magistratura, que es el órgano constitucional italiano que se corresponde con nuestro Consejo General del Poder Judicial.

En reconocimiento de los muchos méritos que atesora, el profesor Perlingieri ha sido distinguido, entre otras condecoraciones, con el premio Gianbattista Vico, con la medalla de oro como benemérito de la cultura por la República Polaca y con la Gran Cruz de la República Italiana en el ámbito de la cultura, así como con el doctorado honoris causa por la Universidad del Estado de Río de Janeiro.

2. Desde el año 1960 el profesor Perlingieri viene investigando incansablemente y contribuyendo a los estudios civilísticos con un abundantísimo número de publicaciones, que ya alcanzan casi los cuatro centenares.

Entre sus obras monográficas mayores, cabe recordar las relativas a la compraventa de cosa futura (1962), a la servidumbre sobre edificio por construir (1966), a la teoría de la interpretación (1970), a la problemática de la propiedad (1971), a la extinción de las obligaciones (1972 y 1975), a la personalidad humana (1972 y 2005), a los diversos aspectos de la transmisión y de la cesión del crédito (1981, 1982 y 1993), a la forma en el derecho y al formalismo de los juristas (1987 y 1990), a la autonomía negocial y contractual (2000), a la constitución italiana (2001 y 2002), al arbitraje (2002) y a los valores del ordenamiento (2006).

Debe también ponerse de relieve la constante y activa participación de nuestro autor en el debate científico entre civilistas a través de las que suelen denominarse obras menores, como notas a sentencias -género que ha revalorizado dedicándole una atención continuada- y como recensiones, dictámenes, artículos de revista y contribuciones a obras colectivas -con frecuencia por él dirigidas-, muchas de las cuales han sido recogidas en una serie de volúmenes, de publicación en cierto sentido periódica, de "scritti" (1966 y 1972), de ensayos sobre escuelas, tendencias y métodos en la problemática del derecho civil (1989), de estudios sobre el derecho de los contratos entre la persona y el mercado (2003) o de reflexiones sobre la persona y sus derechos (2005). Cabe recordar también que no ha dejado de prestar atención a nuestro ordenamiento civil en materia de derecho civil constitucional español (A.D.C., 1983), sobre la problemática del derecho de obligaciones (R.D.P., 1983) y a propósito de la familia en nuestro sistema constitucional (R.D.P., 1988).

Dentro de la obra científica del profesor Perlingieri es de destacar la que, dedicada a la difícil tarea de presentar con carácter institucional el entero sistema del derecho civil, se condensa en los varios manuales, frecuentemente editados, de los que, con diversa intensidad y extensión, según el destino didáctico de los mismos, es autor desde 1976.

En el ámbito de estas obras generales, cabe situar, porque constituyen antecedente directo de este libro, sus Profili istituzionali del diritto civile, -publicados inicialmente en litografía en 1976 y luego en edición ordinaria en 1979- y, desde luego, la señera contribución del catedrático italiano intitulada Il diritto civilePage 21 nella legalità costituzionale, de la que ahora se traduce la tercera edición, siendo las anteriores de los años 1984 y 1991, al lado de las cuales debe colocarse su monografía sobre Diritto comunitario e legalità constituzionale. Per un sistema italocomunitario delle fonti, de 1992, cuyo contenido sirve también de antecedente a la última de las ediciones del capital libro que es objeto de traducción. En los cuatro grandes apartados del libro traducido se abordan críticamente, en efecto, como fácilmente observará el amable lector, las cuestiones más básicas e importantes que en la actualidad se plantean de manera problemática y acuciante en el ordenamiento civil.

Además de ser un gran estudioso del derecho civil, el profesor Perlingieri ha sido un validísimo promotor de los estudios civilísticos, no sólo fomentando la creación de estructuras universitarias para el perfeccionamiento de los mismos -como la ya recordada Escuela de Camerino o el doctorado "di ricerca" sobre los aspectos civilísticos de la persona que ha organizado en Benevento- sino también promoviendo, fundamentalmente desde las "Edizioni Scientifiche Italiane (ESI)", que preside desde 1979, una intensa actividad editorial dedicada a la publicación de estudios jurídicos y de numerosas revistas de investigación jurídica en sus más variados aspectos, como el derecho civil -entre sus logros más destacados debe recordarse, en efecto, la creación, ya en 1980, y la dirección desde entonces de la magnífica Rassegna di diritto civile-, el derecho de la empresa, el derecho romano, el derecho procesal, el derecho agrario, el derecho deportivo o los derechos humanos. Entre sus iniciativas en este ámbito cabe destacar que el profesor Perlingieri ha ideado y dirigido el Codice civile annotato con la dottrina e la giurisprudenza,formado por siete volúmenes (1980 y 1991), La legislazione in materia civile annotata con la dottrina e la giurisprudenza, formada por catorce volúmenes (1989) y el amplio y prestigioso Trattato di diritto civile del Consejo Nacional del Notariado Italiano, y que por su iniciativa se han publicado recientísimamente veinticinco magníficos volúmenes -cada uno de ellos coordinado por prestigiosos juristas, representantes eminentes de la cátedra y del foro- sobre la doctrina de la Corte Constitucional italiana con motivo de los cincuenta años de su funcionamiento.

3. El libro del profesor Perlingieri que ahora se presenta, en la versión traducida de su tercera edición en lengua italiana, supone la consolidación de una reflexión evolutiva que, sobre la base de los planteamientos progresivamente formulados a partir de algunos de los estudios monográficos que han sido anteriormente citados, luego perfeccionados en otros y ya inicialmente indicados de manera sistemática en la primera edición de la obra, han ido cimentando firmemente -casi siempre a través de estudios específicos cuyas conclusiones se incorporan sintéticamente en numerosos pasajes de la exposición- la posición científica fielmente mantenida por su autor sobre los aspectos más básicos de la normativa civil y, a través suyo y a la luz de la trascendencia que alcanzan sobre la misma los principios constitucionales, del entero ordenamiento jurídico.

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Situado así, metodológicamente, nuestro autor en la perspectiva de la valoración del derecho civil a la luz de la Constitución y de la...

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