La comisión especial sobre la aplicación del convenio y el protocolo de la haya de 2007 en materia de alimentos (10-17 de noviembre de 2009)

AuthorAlegría Borrás
Pages567-572

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  1. En la XXI Sesión de la Conferencia de La Haya (2007), (en esta Revista, A. Borrás y C. Parra, 2007, 2, pp. 855-860) se aprobó el Convenio de 23 de noviembre de 2007 sobre cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia y el Protocolo de la misma fecha sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias. En las recomendaciones que se incluyen en el Acta final de dicha Sesión se incluía la conveniencia de convocar una Comisión especial a la mayor brevedad para ocuparse de la aplicación de estos instrumentos. En el Consejo de Asuntos Generales y Política de la Conferencia que tuvo lugar entre los días 1 a 3 de abril de 2008 (Nota en esta Revista, 2008, 1, pp. 339-346), se añadió que «reconoce que es necesario organizar una Comisión especial sobre la aplicación de estos instrumentos preferentemente en 2009». La convocatoria de la presente Comisión responde, pues, a este mandato.

    Fue elegida Presidenta de la Comisión la Sra. Jane Doogue (Nueva Zelanda), que había presidido el Comité de redacción durante la elaboración del Convenio de 2007. Con carácter previo, se había dispuesto en formato electrónico de los documentos preliminares número 1 a 9, que pueden consultarse en http://www.hcch.nl. Las conclusiones y recomendaciones de la Comisión especial fueron aprobadas en la última parte de la reunión, pudiéndose consultar en el mismo lugar.

  2. Si ya con anterioridad, en la preparación del Convenio, dada la existencia de normas en materia de alimentos en los Reglamentos 44/2001 y 805/2004 y la elaboración de un Reglamento comunitario en la materia, la Comisión de la CE y el Consejo de la UE mantuvieron reuniones de coordinación con las delegaciones de los Estados miembros, la aprobación del Reglamento 4/2009 en materia de alimentos y su vinculación con los instrumentos de La Haya aconsejó celebrar una larga reunión previa de coordinación, seguida de numerosas reuniones a lo largo de la Comisión Especial. De hecho, pues, se trata de una importante reunión, ya que después interviene en las reuniones generales únicamente la Comisión o la Presidencia, apoyan-Page 568do la postura los Estados miembros, cuando lo creen necesario. Los documentos de trabajo han sido presentados siempre en nombre de la Comunidad Europea, sin posibilidad para los Estados miembros de presentar documentos de forma individual, como ya viene siendo habitual.

  3. Al término de la celebración de la Sesión Diplomática de 2007, correspondía a las co-relatoras, A. Borrás y J. Degeling, preparar la versión definitiva del Informe explicativo, siendo numerosas las modificaciones que han debido introducirse en relación al texto anterior que se correspondía con el texto del anteproyecto de Convenio, debiendo, además, incorporarse una serie de declaraciones de naturaleza esencialmente política que han realizado algunos Estados. En cuanto al método de trabajo, tras la redacción del texto se envió a los diversos países y Organizaciones internacionales para que realizasen sus observaciones. Recibidas éstas y con la colaboración del Prof. W. Duncan y el Sr. Ph. Lortie, de la Oficina Permanente de la Conferencia, se preparó un nuevo texto, que se volvió a enviar a los Estados y a la Comunidad Europea que habían realizado observaciones. Recibidas todavía nuevas observaciones, se volvieron a examinar para realizar la redacción definitiva. En el día anterior al inicio de la Comisión Especial se mantuvo una reunión de las co-relatoras y los mencionados miembros de la Oficina Permanente en la que se cerró definitivamente el texto, que fue distribuido en su versión francesa e inglesa en el curso de la reunión de la Comisión Especial. En las conclusiones de la Comisión Especial se hace especial mención del Informe explicativo y de su importancia para la comprensión del Convenio.

  4. La primera parte de la reunión se dedicó a realizar un tour de table para conocer el estado general del Convenio. Desde este momento inicial fue posible percatarse de que pocos se encuentran preparados para convertirse en parte en el Convenio. En efecto, en este tour de table, mucho más breve de lo que imaginaba la Oficina Permanente, sólo intervinieron la Comunidad Europea, Estados Unidos, Canadá, Suiza, Noruega, Brasil y Australia.

    Las intervenciones de Canadá, Suiza, Noruega, Brasil y Australia se limitaron a indicar su interés en el Convenio y el haber iniciado el proceso de estudio para llegar a ser parte en el mismo. Estados Unidos y la Comunidad Europea presentaron planes mucho más específicos, que permitirán un avance más rápido hacia la entrada en vigor, a ser posible en 2012. Recuérdese que Estados Unidos fue el primer firmante del Convenio al término de la Sesión de 2007, manifestando en este caso el avance de los trabajos para que sea posible una pronta ratificación, algo que constituye una novedad por parte de los Estados Unidos. Burkina Faso también ha firmado el Convenio.

    Por...

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