NUYTS, Arnaud y HATZIMIHAIL, Nikitas E. (Coords.), Cross-Border Class Actions ? The European Way, Ed. Sellier European Law Publishers, Munich, 2014, 327 pp.

AuthorAlexia Pato
PositionUniversidad Autónoma de Madrid
Pages1-3
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.30.30
NUYTS,
Arnaud
y HATZIMIHAIL,
Nikitas
E. (Coords.), Cross-Border Class
Actions – The European Way, Ed. Sellier European Law Publishers, Munich, 2014,
327 pp.
En las últimas décadas, tanto la globalización como la integración del mercado europeo
han multiplicado las conexiones interpersonales transfronterizas. Consecuentemente, la
probabilidad de que un acto único afecte a una pluralidad de actores vinculados a
distintos ordenamientos jurídicos es grande. A la luz de esta realidad, los recursos
colectivos se presentan como un instrumento procesal interesante y potente, pues
permite la agregación de un gran número de demandas en un solo procedimiento. En
efecto, se ve que los mecanismos de agregación de demandas facilitan la resolución de
conflictos de masa porque evitan el solapamiento de distintos procedimientos
individuales y preservan los recursos del sistema judicial. Es más, la Unión Europea
percibe los recursos colectivos como una herramienta de litigación privada que cubre un
actual “enforcement gap” en el sentido de que provee un acceso a la justicia a víctimas
cuyo daño es tan pequeño que no les compensaría litigar (small claims claimants).
Como subrayan Lukasz GORYWODA, Nikitas E. HATZIMIHAIL y Arnaud NUYTS,
resulta importante para el legislador europeo crear una vía de resolución capaz de tratar
este tipo de demandas porque la existencia y la efectividad de los instrumentos privados
de litigación condicionan el buen funcionamiento del mercado interior (Introduction:
Market Regulation, Judicial Cooperation and Collective Redress, pp. 4-10).
En este contexto, son muchos los Estados miembros de la Unión Europea que se han
dotado de este instrumento procesal a día de hoy. Sin embargo, los modelos que se han
ido adoptando limitan sus efectos al territorio nacional y no se adecuan a las
legislaciones europeas en materia de derecho internacional privado – en particular el
Reglamento 1215/2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la
ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I bis), y los
Reglamentos 593/2008 y 864/2007 sobre la ley aplicable a las obligaciones
contractuales (Roma I) y extracontractuales (Roma II). Además, los recursos colectivos
transfronterizos se oponen a la concepción tradicionalmente individualista que subyace
al derecho procesal europeo según la cual un demandante sólo puede defender el
derecho que le pertenece.
La obra que aquí se presenta es el resultado de un proyecto de investigación de gran
calidad en el cual han participado expertos de alto prestigio. En concreto, explora las
distintas cuestiones generadas por los recursos colectivos transfronterizos en el seno de
la cooperación judicial en materia civil. Esta investigación ha sido coordinada por
Arnaud NUYTS (Unit for Private International Law, Universidad de Bruselas) y
Nikitas E. HATZIMIHAIL
(Laboratory for Private International Law, Commercial
Law and Comparative Legal History, Universidad de Chipre) y ha sido financiada por
la Comisión Europea a través de su Programa marco para la cooperación judicial en
materia civil. Desde un punto de vista estructural, la obra se divide en tres partes que
están precedidas por una introducción y seguidas de una conclusión.

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