Nota informativa. INFONAVIT: Reglas para otorgamiento de créditos a derechohabientes

AuthorLic. Gil Zenteno García/Lic. Gerardo Nieto Martínez/Lic. Jorge G. De Presno/Lic. Santiago Villanueva Durán

Mayo, 2020

El 4 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las “Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”.

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Estas Reglas establecen los requisitos para el otorgamiento de créditos a trabajadores inscritos en el Régimen Obligatorio de la Seguridad Social, en los siguientes supuestos:

  1. Adquisición en propiedad de habitaciones financiadas o no por el Infonavit;

  2. Construcción de vivienda; y

  3. Reparación, ampliación o mejoras de habitaciones.

Asimismo, el documento incorpora, entre otros puntos, los siguientes:

* La vivienda que se pretenda adquirir deberá tener una vida útil probable de treinta años;

* Asignación de primeros créditos a trabajadores conforme al sistema de puntuación;

* Trabajadores que liquiden primer crédito otorgado podrán ser sujetos de un segundo crédito en coparticipación con entidades financieras;

* El saldo de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de la Afore que administre los recursos del trabajador se aplicará con el monto del crédito otorgado;

* El plazo para la amortización del crédito no será mayor de treinta años de pagos efectivos. Transcurrido el plazo, si presenta saldo insoluto a cargo del trabajador, el INFONAVIT liberará el pago de ese saldo pendiente, cancelando los gravámenes constituidos a esa fecha sobre la vivienda, siempre que no tenga pagos omisos el trabajador o prórrogas concedidas; y

* En recibos de nómina (CFDI) expedidos por el patrón al trabajador que no consignen los descuentos por amortizaciones del crédito de vivienda y el trabajador denuncie esa irregularidad al INFONAVIT, el Instituto exigirá al patrón lo retenido y ejercerá en su contra las acciones correspondan.

Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.

ATENTAMENTE

zenteno@basham.com.mx

nieto@basham.com.mx

jorgedepresno@basham.com.mx

svillanueva@basham.com.mx

Ciudad de México, 6 de mayo de 2020.

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