Nota informativa. IMSS: Otorgamiento prestaciones a trabajadores a través de portal electrónico

AuthorLic. Gil Zenteno García/Lic. Gerardo Nieto Martínez/Lic. Jorge G. De Presno/Lic. Santiago Villanueva Durán

Mayo, 2020

El 4 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación “ACUERDO emitido por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social que autoriza la expedición de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto, a disposición de los asegurados y patrones, basados en definiciones operacionales vigentes homologable a la Incapacidad Temporal para el Trabajo que deberá mantener el soporte legal para cubrir la ausencia del trabajador en su centro laboral, determinar el descuento de cuotas obrero patronales y permitir el pago del subsidio en el ramo de enfermedad general para todos los casos”.

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En este acuerdo, el IMSS autoriza el uso de su plataforma digital (www.imss.gob.mx) para que trabajadores asegurados obtengan un “permiso especial por contingencia” que será homologable a la incapacidad temporal para el trabajo y reciban el pago de subsidio por Enfermedad General y, por otra parte, para que los patrones determinen el descuento de cuotas obrero patronales en términos de la Ley del Seguro Social.

De esta forma se evita que, durante el tiempo en que se mantenga la emergencia sanitaria en el país, los trabajadores realicen en forma presencial este procedimiento. De igual forma, en el portal electrónico del Instituto, los asegurados podrán registrar su cuenta bancaria en donde se depositará el subsidio económico correspondiente al permiso especial por contingencia.

Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.

ATENTAMENTE

zenteno@basham.com.mx

nieto@basham.com.mx

jorgedepresno@basham.com.mx

svillanueva@basham.com.mx

Ciudad de México, 7 de mayo de 2020.

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