Nociones previas: arma nuclear y agente no estatal

AuthorMilagros Álvarez Verdugo
ProfessionProfesora agregada de Derecho Internacional Público
Pages19-27

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1. La noción de arma nuclear

La Resolución 1540 no ofrece una definición de arma nuclear. En una primera aproximación, este hecho podría entenderse como una consecuencia lógica por razón de la idea comúnmente asociada a esta noción: artefacto explosivo capaz de concentrar y despedir en un instante la energía liberada por una reacción en cadena de fisión de los núcleos de ciertos isótopos del uranio y del plutonio. Sin embargo, los tratados internacionales en vigor, además de utilizar denominaciones distintas para referirse a este tipo de armas, ofrecen definiciones que no son plenamente equivalentes entre sí.

El primer tratado que incluyó una definición de arma nuclear son los Acuerdos de París de 1954. El Anexo II del Protocolo núm. III de dichos Acuerdos, relativo al control de armamentos, define como "arma atómica toda aquélla que contiene o está concebida para contener o utilizar un combustible nuclear o isótopos radiactivos y que, mediante explosión u otra transformación nuclear no controlada o por radiactividad del combustible nuclear o de los isótopos radiactivos, sea capaz de destrucciones masivas, daños generalizados o envenenamientos masivos", e incluye toda pieza, dispositivo, Page 20 componente o sustancia, que esté especialmente concebido o sea esencial para estas armas.11

También los tratados que establecen zonas libres de armas nucleares ofrecen una definición de este tipo de armas. Nos referimos a los Tratados de Tlatelolco (Latinoamérica y Caribe), Rarotonga (Pacífico Sur), Bangkok (Sudeste asiático) y Pelindaba (África).12 El Tratado de Tlatelolco define arma nuclear como "todo artefacto que sea susceptible de liberar energía nuclear en forma no controlada y que tenga un conjunto de características propias del empleo con fines bélicos". Ninguno de los otros tratados mencionados retiene la exigencia expresa de 'características propias del empleo con fines bélicos', que probablemente se sobreentiende al utilizar el término 'arma'. Así, el Tratado de Bangkok define arma nuclear como "cualquier artefacto explosivo capaz de liberar energía nuclear en forma no controlada", y los Tratados de Rarotonga y de Pelindaba ofrecen incluso una noción más amplia, pues definen 'artefacto explosivo nuclear' como Page 21 cualquier arma nuclear u otro artefacto explosivo capaz de liberar energía nuclear independientemente del propósito para el que pudiera ser usado. Un rasgo común a estos cuatro tratados es que todos ellos excluyen expresamente de la noción 'armas nucleares' los medios de transporte o propulsión de estos artefactos, si son separables y no constituyen parte indivisible de los mismos.

Finalmente, y aunque pueda resultar paradójico, el Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares (TNP) no incluye definición alguna de 'arma nuclear' o de 'dispositivos nucleares explosivos', que son las nociones que utilizan sus artículos I y II al definir las obligaciones principales que impone a sus Estados parte.13 En opinión de Fischer, los trabajos preparatorios de este tratado permiten afirmar que el TNP incluye en esas nociones sólo las bombas y cabezas nucleares, no así sus medios de transporte o lanzamiento (sistemas vectores).14

Las definiciones e interpretaciones reproducidas ponen de manifiesto una evolución significativa: la capacidad destructiva de las armas nucleares parecería haber desaparecido como requisito identificador de las armas nucleares, cuya nota característica principal sería su capacidad para liberar energía nuclear en forma no controlada. Ahora bien, esa evolución sólo introduce un criterio posible para la interpretación de la noción 'arma nuclear' retenida en la Resolución 1540, no necesariamente vinculante para el Consejo de Seguridad. Page 22

La cuestión podría revestir un especial interés atendiendo al hecho de que la tecnología actual permite la fabricación de armas nucleares miniaturizadas cuyo empleo produce, según se afirma, efectos limitados. Fabricación acometida, entre otros, por los Estados Unidos aduciendo precisamente los efectos similares de esas...

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