Nivel ético: el código
Author | Samuel Alberto Mantilla Blanco |
Pages | 175-210 |
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Un hombre sin ética es una bestia salvaje soltada a este mundo.
Albert Camus
Resumen
En este capítulo se hace una síntesis de las problemáticas éticas asociadas con la profesión del contador profesional y del contador público colombiano, a la luz, principalmente, del Código de Ética para Contadores Profesionales de IESBA. Se ofrece un resumen del Código de IESBA, y se hace una comparación entre este Código y el colombiano.
Objetivos:
Después de leer este capítulo, usted debe ser capaz de:
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Entender cuáles son los elementos centrales del actuar ético.
-
Conocer los rasgos centrales del Código de Ética para Contadores Profesionales, de IESBA.
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Analizar las principales diferencias entre el Código de Ética de IESBA y el Código de Ética del Contador Público colombiano.
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De la ética muchos hablan pero pocos están dispuestos a aceptar sus consecuencias. Por esa razón muchos prefieren ya sea enfoques moralistas o legalistas.
Este fenómeno se da entre las profesiones, las instituciones, los negocios y la sociedad en general.136Los enfoques moralistas de la ética se caracterizan por cuidar la apariencia: se muestra integridad cuando en el fondo lo que hay es un sistema de explotación de mayorías a favor de ciertos intereses privilegiados. Dentro de éstos se destaca la ‘ética de la excelencia.’
Los enfoques legalistas identifican lo ético con lo legal e insisten en que el cumplimiento legal es sinónimo de actuar ético integral.
La contaduría pública colombiana se caracteriza por ser una profesión que privilegia su actuar legal/formal (cumplimiento) por encima del actuar ético. Por esa razón su actuar siempre va después de la emisión de las normas y siempre está ceñido a los requerimientos normativos. De esta manera, un reclamo que le hace la sociedad es que es más reactiva que proactiva.
A nivel internacional, la profesión contable siempre se ha presentado en cumplimiento de las leyes y regulaciones y le ha dado fuerza a la emisión e implementación de estándares técnicos, principalmente en la esfera de los países anglosajones.
Con el advenimiento de los movimientos de estandarización tales reclamos y situaciones han sido percibidos de manera más clara y, en respuesta a ello, la profesión contable ha iniciado procesos importantes para fortalecer los requerimientos de ética y calidad. Los resultados todavía están en sus primeras etapas pero es claro que la dirección para la supervivencia exitosa de la profesión está en privilegiar la ética y la calidad por encima de los estándares técnicos.
Así las cosas, no debe extrañar que el Código de Ética para Contadores Profesionales, emitido por IESBA, sea condición sine qua non [sin la cual no] para la implementación de los estándares técnicos.
Algo similar está sucediendo con la calidad. Hasta el presente, está claro que la profesión debe cada día darle más énfasis a la calidad. Ello se ha concretado, por una parte con la emisión de la estructura para la calidad de la auditoría (Cfr. el Capítulo 6 Nivel Conceptual) y, por otra, la emisión de estándares internacionales sobre el control de la calidad de la firma (ISQC 1) y de cada contrato/compromiso (ISA/NIA 220) (Cfr. el Capítulo 7 Nivel Técnico).
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Cuando se avance un poco más en lo relacionado con la calidad, ésta deberá llegar a tener un nivel similar al del Código de Ética, esto es, condición sine qua non de la implementación de los estándares técnicos.
Ello explica por qué el nivel relacionado con lo ético es presentado como compuesto por la ética y la calidad.
Mientras estas cosas van avanzando, en este capítulo se hace una presentación del Código de Ética para Contadores Profesionales, emitido por IESBA y contenido en la edición 2015 del Handbook. Posteriormente se ofrece una comparación entre el Código de IESBA y el Código de Ética de la ley 43 de 1990 en el contexto de la incorporación, en Colombia, del Código de Ética de IESBA del año 2009 tal y como lo hizo el Decreto 0302 de 2015. Las diferencias entre la edición 2015 (actualmente vigente) y la incorporada en Colombia son importantes y el lector debe ser consciente de ellas.
CÓDIGO DE ÉTICA PARA CONTADORES PROFESIONALES
Code of Ethics por Professional Accountants
El resumen que aquí se ofrece es independiente, no-oficial y no-autorizado. No es una traducción del Código ni lo reemplaza de manera alguna. La versión oficial es la que emite IAASB en inglés y a ella debe acudir el lector.
Este resumen tiene, en la traducción de algunos términos, diferencias importantes con relación a la versión oficial que se está incorporando en Colombia.
La principales diferencias se relacionan con los siguientes términos:
· Contador profesional [Professional Accountant]. Algunos prefieren usar la expresión ‘profesional de la contabilidad’ y otros ‘profesional de la contaduría.’ El CTCP ha propuesto que la expresión ‘contador profesional’ utilizada en el Código de IESBA sea sustituida por la expresión?ontador público, tal y como las normas colombianas lo definen.’ Parece que IFAC autorizó ese cambio pero no hay seguridad de que sea incorporado en el Código que finalmente se emita en Colombia. La principal dificultad radica en que si se incorpora el Código de Ética será necesario diferenciar entre ejercicio profesional público (independiente) y ejercicio profesional de negocios (privado), cosa que no será sencillo de lograr si se mantiene la denominación ‘contador público.’
· Los estándares de IESBA y de IASB distinguen entre Firma [Firm] y Rúbrica [Signature]. Las normas colombianas relacionadas con la contaduría pública han identificado firma con rúbrica y ello ha creado un entendimiento muy diferente de la profesión (‘el oficio consiste en firmar’) y de la auditoría (‘rechazo a la auditoría por ser ejercida por las firmas multinacionales’). La propuesta del CTCP no hace claridad al respecto dado que por un lado propone incorporar las normas internacionales (el Código y las NIA) pero por otro guarda silencio en relación
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con la derogatoria o no de las normas colombianas vigentes (principalmente Ley 43/90 y el Código de Comercio en lo que a la revisoría fiscal se refiere). Esta no claridad puede generar dificultades bastante grandes en la implementación de los estándares internacionales. Ello no fue resuelto con la emisión del decreto 0302 de 2015 que incorporó en Colombia las NIA (2010) y el Código de Ética de IESBA (2009) pero no hizo derogatorias: legalmente están vigentes dos códigos de ética (el de la ley 43/90 y el de IESBA 2009), con el agravante de que una parte del de la ley 43/90 tiene que ser aplicado ‘en consonancia’ con el de IESBA 2009.
Algunas precisiones que el lector debe tener claras:
· Versión utilizada para este resumen: 2015. Publicada en: IESBA. Handbook of the Code of Ethics for Professional Accountants. IFAC: New York, 2014.137· Revisión principal al Código realizada en el año 2009: (1) aclara los requerimientos para todos los contadores profesionales; (2) estableció de manera significativa los requerimientos de independencia para todos los auditores; y (3) efectivo el 1 enero 2011, con adopción temprana permitida.
· Cambios principales introducidos desde la revisión de claridad realizada en el año 2009:
* 2012: enmiendas editoriales
* 2013: (1) incumplimiento de un requerimiento del Código (efectivo 1 abril 2014); (2) conflictos de interés (efectivo 1 julio 2014); (3) equipo del compromiso; y (4) relación con los auditores internos (efectivo 15 diciembre 2014). 9 2014: (1) quienes tienen a cargo el gobierno (de la empresa); (2) actividad profesional. (Efectivos 1 julio 2014).1389 2015: (1) Servicios de no-aseguramiento (Sección 290): (a) prestación permitida de servicios de teneduría de libros y de tributación a clientes de auditoría que sean entidades de interés público emergentes; (b) responsabilidad de la administración; y (c) servicios rutinarios o mecánicos relacionados con la preparación de registros de contabilidad y estados financieros para clientes de auditoría que no sean entidades de interés público; y (2) enmiendas en conformidad a la Sección 291 del Código con relación a los clientes de aseguramiento.
· Propuestas en discusión (a finales de 2015): las relacionadas con la re-estructuración del Código (ver sección adelante).
· Versión que está incorporada en Colombia: publicada en julio 2009 en inglés por IFAC, traducida por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de
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España en 2010.139Las diferencias con relación a la versión 2015 son importantes, el lector debe estar atento a ello.
Emisor del Código: International Ethics Standards Board for Accountants (IESBA), un cuerpo independiente que sirve al interés público mediante el establecer están-dares de ética, de alta calidad, para los contadores profesionales, y mediante facilitar la convergencia de los estándares de ética internacionales y nacionales, que incluyen los requerimientos de independencia del auditor, mediante el desarrollo de un código de ética robusto, internacionalmente apropiado.
Para más detalles acerca de IESBA, así como sobre el debido proceso para la emisión del código, vea el sitio web de IESBA. Para más detalles, vea: vea: http://www.ifac.org/ethics
Contenido:
Prefacio
Parte A - APLICACIÓN GENERAL DEL CÓDIGO
100 - Introducción y principios fundamentales
110 - Integridad
120 - Objetividad
130 - Competencia profesional y debido cuidado
140 - Confidencialidad
150 - Comportamiento profesional
Parte B - CONTADORES PROFESIONALES EN PRÁCTICA PÚBLICA
200 - Introducción
210 - Designación profesional
220 - Conflictos de interés
230 - Segundas opiniones
240 - Honorarios y otros tipos de remuneración
250 - Mercadeo de servicios profesionales
260 - Regalos y hospitalidad
270 - Custodia de activos del cliente
280 - Objetividad - Todos los servicios
290 - Independencia - Auditoría y compromisos de revisión 291 - Independencia - Otros compromisos de aseguramiento Parte C - CONTADORES PROFESIONALES EN NEGOCIOS
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