Nacionalidad

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    Esta crónica es continuación de la publicada en el volumen anterior de la REDI, pp. XXXXXX. Colaboran en la presente: Rafael Arenas García, Beatriz Campuzano Díaz, Rosario Espinosa Calabuig, Gloria Esteban de la Rosa, Miguel Gardeñes Santiago, Pilar Jiménez Blanco, Antonio Marín López, Javier Maseda Rodríguez, Patricia Orejudo Prieto de los Mozos, Eloy Miguel Rodríguez Gayán y M.a Ángeles Rodríguez Vázquez de las Universidades Autónoma de Barcelona, La Coruña, Granada, Jaén, Oviedo, Santiago, Sevilla y Valencia.

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2000-1-Pr

NACIONALIDAD.-Adquisición de la nacionalidad española por opción.-Nacido en el antiguo Sáhara español.-Acreditación del requisito de residencia legal y continuada.

Preceptos aplicados: artículo 22 Cc; Decreto 2258/1976, de 10 de agosto de 1976.

Tiene derecho a obtener la nacionalidad española, en primer lugar, porque, habiendo nacido en el Sáhara ejercitó oportunamente la opción que ofreció el Decreto 2258/1976, de 10 de agosto, careciendo de fundamento alguno la denegación expresa por parte de la Administración, denegación, que fue puramente arbitraría, siendo así que, por un lado, consta acreditado que había nacido en el Sáhara, y, por otro lado, nadie ha dicho, ni ha intentado siquiera probar, que la conducta y modo de vida del recurrente haya sido en ningún momento contraria al interés o al orden público. El recurso administrativo interpuesto contra esa denegación expresa no obtuvo respuesta alguna de la Administración, y como quiera que la interpretación que hace la sentencia impugnada al hacer recaer en el recurrente las consecuencias del incumplimiento por parte de la Administración de su deber de resolver, es contraria a la jurisprudencia de este TS, y también del TC, nuestra Sala...

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