Decisión del Panel Administrativo nº DES2017-0025 of WIPO Arbitration and Mediation Center, July 28, 2017 (case Mirto Corporación Empresarial, S.L. v. Victor PALADE)

Resolution DateJuly 28, 2017
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Mirto Corporación Empresarial, S.L. c. Victor Palade

Caso No. DES2017-0025

1. Las Partes

La Demandante es Mirto Corporación Empresarial, S.L., con domicilio en Madrid, España, representada por Elzaburu, España.

El Demandado es Victor Palade, con domicilio en Bas-Rhin, Francia.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio en disputa [elmirto.es] (“el Nombre de Dominio”).

El Registro del Nombre de Dominio en disputa es Red.es. El Agente registrador del Nombre de Dominio en disputa es PDR LTD.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 22 de mayo de 2017. El 22 de mayo de 2017, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 25 de mayo de 2017, Red.es envió al Centro por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.

El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (“.ES”) (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 8 de junio de 2017. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 28 de junio de 2017. El Demandado no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó al Demandado su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 3 de julio de 2017.

El Centro nombró a Carolina Pina-Sánchez como Experta el día 13 de julio de 2017, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con artículo 5 del Reglamento. La Experta considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante es una empresa española que cuenta con más de 60 años de experiencia en el sector de la moda, destacando por los diseños y calidad de sus productos. Del contenido de la Demanda y sus Anexos se desprende que la Demandante goza de un gran prestigio en España, siendo la marca MIRTO notoriamente conocida en dicho país. Todo ello se acredita por la Demandante en el Anexo 4 de la Demanda, mediante: (i) noticias de prensa sobre la Demandante; (ii) sentencias de juzgados españoles, decisiones de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y de la Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO); (iii) certificado expedido por el Corte Inglés, de fecha 26 de mayo de 2015; (iv) membresía de la Demandante en el Foro de la Marca Renombrada, así como pago de las correspondientes cuotas en los años 2011 a 2015; (v) cifra de ventas en los años 2014 a 2016; (vi) listado de registros internacionales de la marca MIRTO por la Demandante; (vii) certificado expedido por Audijuris sobre la inversión en promoción y publicidad hecha por la Demandante en los años 2009 a 2014; y (viii) fotografías de distintos personajes famosos españoles luciendo prendas de vestir de la Demandante y Press Book del 2016 donde se observa la presencia de la marca MIRTO en la prensa española.

La Demandante ha acreditado en el Documento 8 del Anexo 4 de la Demanda las inversiones realizadas en publicidad y marketing durante los años 2009 a 2014, siendo éstas de un importe medio de EUR 450,000.

Además, la Demandante ha acreditado, mediante el Anexo 5 de la Demanda, la titularidad de distintas marcas registradas que protegen el término “mirto” con efectos en España, destacando, entre otras, las siguientes marcas:

(i) Marca de la Unión Europea nº 1653351, MIRTO (denominativa), con fecha de presentación 15 de mayo de 2000 y fecha de concesión 8 de noviembre de 2002, para distinguir productos dentro de las clases 3, 18 y 25 del Nomenclátor Internacional de Niza.

(ii) Marca española nº 143300, MIRTO (denominativa con gráfico), con fecha de presentación 11 de mayo de 1943 y fecha de concesión 3 de marzo de 1945, para distinguir productos dentro de las clases 24 y 25 del Nomenclátor Internacional de Niza.

(iii) Marca española nº 483408...

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