MINAGRI aprueba "Protocolo para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al COVID 19 en las actividades de fauna silvestre"

AuthorRafael Lengua/Favio Ruesta
PositionSocio/Asociado

El 1 de agosto del 2020, se publicó la Resolución Ministerial 0177-2020-MINAGRI mediante la cual se aprueba el “Protocolo para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al covid-19 en las actividades de fauna silvestre”, con el objetivo de establecer las medidas de vigilancia, prevención y control de la salud (COVID 19) de los trabajadores que realizan actividades de manejo y aprovechamiento de fauna silvestre en los títulos habilitantes y actos administrativos. Aplica en todas las unidades organizacionales y de cumplimiento para todos los trabajadores con vínculo laboral en todas las modalidades.

Asimismo, establece la responsabilidad de su cumplimiento para las personas jurídicas, naturales o indiviuales que son titulares de títulos habilitantes, titulares de manejo de vicuña o que desarrollan actividades de fauna silvestre o servicios conexos, de medidas como lavarse con frecuencia las manos con agua y jabón, cubrirse la nariz y boca con el antebrazo, no automedicarse, restringir las visitar y limitarlas a las imprescindibles, usar ropa exclusiva para labores de campo, no compartir cabinas de vehículos (salvo cuenten con separadores), desinfectar frecuentemente loas asientos, tapicería, volantes, manijas de puertas, muebles, pisos, teléfonos, entre muchas otras medidas.

Adicionalmente, establece las consideraciones a cumplir previo al retorno de actividades (tales como brindar revisión, actualización o reforzamiento de los procedimientos de las labores que los trabajadores realizaban antes de la cuarentena), las de reincoporación al trabajo para trabajadores de riesgo, las consideraciones para el regreso al trabajo y para la reincorporación al mismo.

Por otro lado, el protocolo establece los siguientes lineamientos:

– Lineamientos generales para la vigilancia, prevención y control del Covid – 19 en el desarrollo de actividades en fauna silvestre.

– Lineamientos para la evaluación de la condición de salud del trabajador, previo a la reincorporación al centro de trabajo

– Lineamiento para el lavado y desinfección obligatorio

– Lineamiento para la vigilancia de la salud de la prevención del contagio en el centro de trabajo

– Lineamientos de atención al público

– Otros lineamientos específicos

Finalmente, el presente protocolo es de aplicación complementaria a los “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición de COVID-19” aprobado por Resolución Ministerial 448-2020-MINSA.

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