Decisión del Panel Administrativo nº DES2017-0023 of WIPO Arbitration and Mediation Center, July 24, 2017 (case Millet Mountain Group SAS v. liu xuemei)

Resolution DateJuly 24, 2017
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Millet Mountain Group SAS c. liu xuemei

Caso No. DES2017-0023

1. Las Partes

La Demandante es Millet Mountain Group SAS, con domicilio en Annecy, Francia, representada por Nameshield, Francia.

El Demandado es liu xuemei, con domicilio en Zhoukou, China.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio en disputa [milletespana.es].

El Registro del nombre de dominio en disputa es Red.es. El Agente registrador del nombre de dominio en disputa es 1 API.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") el 16 de mayo de 2017. El 16 de mayo de 2017, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 17 de mayo de 2017, Red.es envió al Centro por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.

El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (".ES") (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 24 de mayo de 2017. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 13 de junio de 2017. El Demandado no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó al Demandado su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 15 de junio de 2017.

El Centro nombró a José Carlos Erdozain como Experto el día 26 de junio de 2017, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante es una empresa dedicada al sector textil y material de montaña para adultos.

La Demandante es propietaria de varias marcas de la Unión Europea con el término "Millet", entre las que ha de destacarse la número 341743, con fecha de solicitud 8 de julio de 1996 y registrada el 29 de mayo de 2000, la número 1268648, con fecha de solicitud 29 de julio de 1999 y registrada el 12 de febrero de 2001, y la marca internacional número 435162, con fecha de registro 18 de enero de 1978 (en la...

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