México avanza en el cumplimiento en materia de tecnología financiera y prevención de operaciones ilícitas

El pasado 24 de marzo de 2020, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la “SHCP”) publicó la Resolución por la cual se expiden los formatos oficiales para (i) informar la designación del oficial de cumplimiento, (ii) informar la integración del Comité de Comunicación y Control, y (iii) reportar operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes conforme a las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (la “Resolución”).

Conforme a lo establecido en la Resolución, los formatos conforme al cual las Instituciones de Tecnología Financiera (las “ITF”) deben de comunicar a la SHCP la designación de su Oficial de Cumplimiento, así como su revocación, en términos de lo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (las “Disposiciones”), así como la integración y los cambios de los integrantes del Comité de Comunicación y Control, se encuentran disponibles en el SITI (el sistema electrónico denominado Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información administrado por la CNBV) y habilitado para las ITFs y al cual se podrá ingresar a través de la dirección electrónica https://www.gob.mx/cnbv.

En el caso del formato para el Oficial de Cumplimiento, el mismo debe llenarse proporcionando los datos y la información del Oficial de Cumplimiento que se especifica en la Resolución (entre otros, información personal y datos de la certificación otorgada por la CNBV) y deberá acompañarse al formato el archivo digital del documento de su designación o revocación. Para el caso del formato respecto de los integrantes del Comité de Comunicación y Control, en el mismo se deberá proporcionar la información que se especifica en la Resolución (entre otros, información personal y fecha de designación) de cada uno de los integrantes del Comité. Conforme a lo establecido en la Resolución y utilizando los formatos y medios electrónicos ahí previstos, las ITF deberán proporcionar la información relativa a la designación de su Oficial de Cumplimiento y, en su caso, de la integración del Comité de Comunicación y Control, a partir del 1 de junio del 2020 y dentro del periodo señalado en los artículos 48 y 53 de las Disposiciones.

Por lo que se refiere al reporte de las operaciones relevantes, inusales e internas preocupantes, las ITF deberán remitir a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la CNBV, un reporte por cada operación considerada relevante, inusual e interna preocupante utilizando los layouts que se agregaron como Anexos A, B y C a la Resolución, según corresponda y conforme al Instructivo para su llenado que la CNBV de a conocer a través del sistema SITI. Los reportes deberán enviarse y presentarse a través del Oficial de Cumplimiento. Los reportes de operaciones relevantes correspondientes al primer y segundo trimestre del 2020, deberán presentarse dentro de los primeros diez días hábiles de julio del 2020. Los reportes correspondientes a los siguientes trimestres, deberán presentarse dentro de los primeros diez días hábiles de enero, abril, julio y octubre de cada año según corresponda. Los reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes, dictaminadas como tal a partir de la entrada en vigor de la Resolución, deberán presentarse a partir del 1 de julio del 2020.

Las operaciones inusuales e internas preocupantes que se dictaminen como tal con posterioridad al 1 de julio del 2020, deberán reportarse dentro de los tres días hábiles siguientes a dicha dictaminación.

Con la publicación de la Resolución, México da un paso adicional en el combate al lavado de activos y operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuya importancia social impacta, según lo ha indicado la OCDE, en buscar eliminar las amenazas a las economías, velar por la integridad de las instituciones financieras, evitar distorsionar la competencia y prevenir la comisión de delitos.

En caso de ser necesario, ponemos a su disposición la dirección contacto@ritch.com.mx mediante la cual podremos canalizar su inquietud a los miembros idóneos de nuestro equipo.

Deseamos que ustedes y sus familias se mantengan a salvo gozando de salud en estos tiempos inciertos.

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