Marchal Escalona, N.: Garantías procesales y notificación internacional

AuthorRafael Arenas García
Pages763-768

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MARCHAL ESCALONA, N.: Garantías procesales y notificación internacional,

Granada, Comares, 2001, 402 páginas.

  1. Son varias las razones por las que, pese a la notable producción científica española y europea sobre la notificación internacional, el trabajo que presentamos de Nuria Marchal debe ser saludado como una aportación fundamental en la materia. En primer lugar, se trata de un estudio que aborda, desde la perspectiva española, el fenómeno de la notificación internacional considerando toda la normativa relevante: convenios multilaterales, régimen convencional bilateral y Derecho autónomo, cuidando especialmente las interacciones entre las distintas fuentes (vid., por ejemplo, las pp. 80 a 95). En segundo término, la monografía de la profesora Marchal Escalona aborda el estudio de la notificación internacional partiendo de un estudio detallado de las diferencias entre los sistemas de los Estados en materia de notificación, distinguiendo entre aquéllos en los que la notificación debe realizarse siempre para que el proceso pueda continuar, pese a que la persona que haya de recibirla se encuentre en el extranjero, y aquellos otros, como el francés, en el que es posible sustituir la notificación por una ficción (la notification au parquet) cuando aquélla deba realizarse en el extranjero. En tercer lugar, el análisis se realiza con la atención siempre puesta en los intereses en presencia, tanto los de las partes implicadas en el proceso en el curso del cual debe realizarse la notificación, como de los Estados. Finalmente, nos encontramos ante un trabajo en el que se ha hecho un esfuerzo importante para que la reflexión teórica a partir de los materiales legislativos existentes y el análisis de las tendencias que se desenvuelven en la doctrina se contraste permanentemente con la práctica en la materia; práctica que en este ámbito no puede limitarse al estudio de la jurisprudencia que se ocupa de alguna cuestión vinculada con la notificación, sino que incluye la actividad de los órganos encargados de realizar las notificaciones en el Estado requerido y de articular las solicitudes de notificación en el requirente. Esta práctica, cuyo conocimiento requiere el contacto directo con tales autoridades, es también objeto de atención por la autora, que puede, de esta forma, presentar un panorama muy completo del fenómeno de la notificación internacional. Page 764

    La consideración simultánea de estos cuatro ejes de articulación del fenómeno de la notificación internacional creo que son los que explican que en un ámbito tan explorado como éste, la aportación de la doctora Marchal Escalona pueda ser considerada como una de las mejores guías, tanto para el práctico que haya de abordar un problema relativo a la notificación internacional, como por el estudioso que desee profundizar en algunos de los aspectos de este fenómeno. Tal como acabamos de señalar, el práctico se podrá encontrar con una presentación global y articulada de la regulación existente, contrastada con la jurisprudencia y la actividad seguida por los órganos que se ocupan de la práctica de las notificaciones. El estudioso agradecerá el que, junto a estos elementos, se encuentre también, como es habitual en los mejores trabajos de nuestra doctrina, una cuidada selección de la bibliografía más relevante de los sistemas de nuestro entorno jurídico en relación con esta cuestión, un análisis de la jurisprudencia comparada y un estudio nada desdeñable de los aspectos relevantes para este problema del Derecho procesal de Estados significativos de Europa (Francia, Alemania e Italia, especialmente).

  2. La obra se estructura en tres capítulos, que van seguidos de una muy completa bibliografía; no existe, sin embargo, una relación de la jurisprudencia manejada, lo que podría haber resultado útil para el manejo de la obra. El Capítulo I se titula régimen jurídico y se ocupa de encuadrar el tema objeto de estudio. Así, se examinan las diferencias en las regulaciones procesales de los distintos sistemas en materia de notificación, se presentan los textos reguladores de la notificación de actos judiciales en DIPr., dedicando una atención especial a la espinosa cuestión de la articulación de las fuentes de regulación (concurrencia de convenios y relaciones entre el Derecho convencional y el Derecho autónomo), y se presentan los diferentes intereses y principios que han de ser considerados en este sector. Finaliza este capítulo con el tratamiento de la notificación en el ámbito del arbitraje; cuestión escasamente estudiada en la doctrina y de una gran importancia práctica, por lo que resulta especialmente útil su inclusión en esta obra.

    Tras este Capítulo I se desarrolla el estudio detallado de la notificación internacional en los Capítulos II y III. El segundo se denomina derecho aplicable al proceso y notificación internacional y trata del régimen jurídico de la notificación internacional. Esto es, de la determinación de la normativa aplicable a la práctica de la notificación en un Estado diferente al del foro, de las distintas formas de llevar a cabo la notificación internacional y de las actuaciones necesarias para que se complete el procedimiento de notificación. El último capítulo de...

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