Lando, O. y Beale, H. (eds.), Principios de Derecho Contractual Europeo. Partes I y II (Los trabajos de la «Comisión de

AuthorGuillermo Palao Moreno
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LANDO, O. y BEALE, H. (eds.), Principios de Derecho Contractual Europeo. Partes I y II (Los trabajos de la ´Comisión de Derecho contractual europeoª), edición española a cargo de P. Barres Benlloch, J. M. Embid Irujo y F. Martínez Sanz, Colegios Notariales de España, Madrid, 2003, 767 pp.

A mediados de los años 70, durante un seminario que congregaba a un destacado grupo de juristas europeos celebrado en la ciudad de Copenhague -en donde, por cierto, se discutía el proyecto de lo que llegaría a ser con el tiempo el Convenio de Roma de 1980-, se acuñó la famosa frase: ´Necesitamos un Código de obligaciones europeoª. Desde ese momento un importante número de académicos (principalmente civilistas, internacionalprivatistas y mercantilistas) provenientes de todos los Estados miembros, y coordinados por el entusiasta Profesor danés Ole Lando (con el auspicio inicial de las instituciones comunitarias), se embarcó en un ambicioso proyecto que duró más de tres lustros y que dio lugar a los denominados ´Principios de Derecho Contractual Europeoª (PDCE). Un trabajo realizado por la comúnmente denominada ´Comisión Landoª y que consta de tres Partes (Partes I y II publicadas en 2000, mientras que la Parte III lo ha sido recientemente -en inglés- en el 2003; LANDO O. y BEALE H. (eds.): Principles of European Civil Code, Kluwer, La Haya/Londres/Boston, ), siendo que en esta edición se nos presenta traducida al español para su mejor conocimiento y difusión entre el público de lengua castellana.

Así pues, aunque la señalada necesidad uniformizadora nunca ha sido del todo justificada, ni tampoco resulta evidente que la unificación del Derecho de contratos sea la única Page 1149 alternativa viable para eliminar los obstáculos que genera la disparidad legislativa en la materia en Europa, lo cierto es que tanto la Comunidad Europea, como un nutrido conjunto de privatistas europeos han centrado sus esfuerzos en dotar a la materia contractual de una normativa común en nuestro continente, durante las últimas dos décadas. Una labor que se ha visto recientemente relanzada, debido a la publicación de diversas iniciativas presentadas por las instituciones comunitarias, destacando a este respecto las decisivas: tanto la ´comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre Derecho contractual europeoª de julio de 2001 (DOCE núm. C 255, de 13 de septiembre de 2001), como la ´Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo...

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