La justicia transicional en Colombia: ¿Un instrumento creado para erradicar la impunidad?

AuthorJoana Loyo Cabezudo
Pages32-61
32 ANIDIP, Bogo tá, ISSN e: 234 6-3120 , Vol5 , pp . 32-61, 2017
La justicia transicional en Colombia:
¿Un instrumento creado para erradicar
la impunidad?*
Transitional Justice in Colombia: A Mechanism to
Erradicate Impunity?
A Justiça Transicional na Colômbia: Um Instrumento
Criado para Erradicar a Impunidade?
Joana Loyo Cabezudo**
Fecha de recepción: 28 de junio de 2016
Fecha de aprobación: 15 de noviembre de 2016
Doi: http://dx.doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/anidip/a.5669
Para citar este artículo: Loyo Cabezudo, J. (2017). La Justicia Transicio-
nal En Colombia: ¿Un Instrumento Creado Para Erradicar La Impuni-
dad? Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal-ANIDIP
ANIDIP, 5, 32-61. Doi: http://dx.doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.
co/anidip/a.5669
Re su me n
El Acuerdo Final de 12 de noviembre de 2016 entre el Gobierno de Colombia y las
FARC-EP para poner n al conicto plantea, en la parte relativa al Acuerdo sobre
Víctimas, complejos debates en torno a su adecuación a los estándares internacio-
nales previstos, especialmente al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El presente ensayo aborda la cuestión relativa a si el Acuerdo es un instrumento
dirigido o no a erradicar la impunidad. Para ello analiza desde el punto de vista
del Derecho internacional qué implica la impunidad, la relación que ésta mantiene
con la justicia transicional y la inuencia que la Corte Penal Internacional ejerce en
estos procesos transicionales.
Palabras clave: Justicia transicional, Corte Penal Internacional, impunidad,
sanción, Colombia.
* Artículo realizado durante el período de disfrute de la beca del Programa Predoctoral de Formación de
Personal Investigador No Doctor, nanciada por el Departamento de Educación, Política Lingüística y
Cultura del Gobierno Vasco (PRE-2015, MOD.A).
** Doctoranda en el área de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho de la Universidad
del País Vasco (UPV/EHU). La autora quiere mostrar su más sincero agradecimiento a la Doctora María
Dolores Bollo Arocena por la supervisión de la investigación. Correo electrónico: joana.loyo@ehu.eus
33 ANIDIP, Bo gotá , IS SNe: 2346-3120, Vol5 , pp . 32-61, 2017
La jus ticia tra nsici onal en Colom bia: ¿Un ins trum ento cread o pa ra e rradi car la i mpun idad?
Ab st ra c t
e 12 November 2016 Final Agreement between the Colombian government and
the FARC-EP to put an end to the armed conict in Colombia, raises a number of
issues on whethe r various aspects of the Ag reement on Victims meet internatio-
nal legal standards, especially those provided for in the Statute of the International
Criminal Court. e present article looks into the issue of whether or not the Final
Agreement is an instrument to eradicate impunity. In order to do so, the article
analyses what impunity from an international law perspective is, the relationship
between impunity and transitional justice and the inuence of the International
Criminal Court in transitional processes.
Keywords: Transitional Justice, International Criminal Court, impunity, sanction,
Colombia.
Re su m o
O Acordo Final do 12 de novembro de 2016 entre o Governo da Colômbia e as
FARC-EP para pôr m ao conito apresenta na parte relativa ao Acordo sobre
Vítimas complexos debates em torno à sua adequação aos standards internacionais
previstos, especialmente ao Estatuto de Roma da Corte Penal Internacional que
implica a impunidade, a relação que esta mantém com a justiça transicional e a
inuência que a Corte Penal Internacional exerce nestes processos transicionais.
Palavras-chave: Justiça transicional, Corte Penal Internacional, Impunidade,
Sanção, Colômbia
Introducción
El día 24 de agosto de 2016, el Gobierno colombiano y las FARC-EP anunciaron
que, tras más de cuatro año de negociaciones,1 habían suscrito un Acuerdo Final
para la Terminación del Conicto y la Construcción de una Paz Estable y Durade-
ra. No obstante, en el plebiscito convocado el 2 de octubre por el presidente Juan
Manuel Santos, dicho Acuerdo fue rechazado por un escaso margen del 50,21% de
los votos. Conscientes de que el rechazo se debió a ciertos términos del Acuerdo y
no a la paz, las partes prosiguieron con las negociaciones, con la nalidad de llegar
a un nuevo consenso que recogiera las propuestas de aquéllos que habían votado
en contra.2 En apenas un mes, el 12 de noviembre de 2016, se dio a conocer un
nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conicto y la Construcción de una
1 La Mesa de Conversaciones se reunió por primera vez el 18 de octubre de 2012 en Oslo, Noruega.
2 Este esfuerzo del presidente Juan Manuel Santos para poner n al conicto le fue reconocido internacio-
nalmente al ganar el Premio Nobel de la Paz el 7 de octubre de 2016.

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