La jurisdicción universal en España a la luz de la STC 140/2018 de 20 de diciembre de 2018: la regresividad escapa al control de constitucionalidad

AuthorBeatriz Vázquez Rodríguez
PositionProfesora Sustituta en el Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, acreditada como Contratada Doctora, Departamento de Derecho Público, Universidad de Oviedo
Pages1-31
www.reei.org
DOI: 10.17103/reei.37.12
LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN ESPAÑA A LA LUZ
DE LA STC 140/2018 DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018: LA
REGRESIVIDAD ESCAPA AL CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDAD
UNIVERSAL JURISDICTION IN SPAIN ACCORDING TO
STC 140/2018 OF DECEMBER 20, 2018: REGRESSIVITY
ESCAPES TO THE CONTROL OF CONSTITUTIONALITY
BEATRIZ VÁZQUEZ RODRÍGUEZ*
Sumario: I. INTRODUCCIÓN. II. LA EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DE LA
JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN ESPAÑA. III. LA JURISDICCIÓN
UNIVERSAL LLEGA AL TC: LOS ASUNTOS GUATEMALA Y FALUN
GONG. IV. LA STC 140/2018 DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018: ¿EXISTE
UN MODELO CONSTITUCIONAL DE EXTENSIÓN
EXTRATERRITORIAL DE LA JURISDICCIÓN PENAL ESPAÑOLA? V.
LAS CONSECUENCIAS DE LA STC 140/2018. VI. UN ASPECTO NO
ACLARADO: LA LO 1/2014, ¿ALTERA LAS OBLIGACIONES
DERIVADAS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES CELEBRADOS
POR ESPAÑA? VII. CONCLUSIONES.
RESUMEN: El pasado mes de diciembre, nuestro Tribunal Constitucional en su sentencia 140/2018
desestimó el recurso de inconstitucionalidad contra la LO 1/2014 que da nueva regulación a la competencia
de la jurisdicción española para la represión penal extraterritorial de ciertos delitos. Como el propio tribunal
reconoció en su fallo, era la primera ocasión en que fue r equerido para manifestarse sobre la existencia o
inexistencia de un modelo constitucional de extensión extraterritorial de la jurisdicción penal española. Así,
resulta indiscutible la relevancia de este pronunciamiento que arroja luz sobre el modelo vigente de
jurisdicción uni versal en España; no obstante, esta sentencia no está exenta de polémica y desde luego
plantea dificultades con respecto al compromiso de España en la lucha contra la impunidad ante violaciones
graves de derechos humanos.
ABSTRACT: Last December, our Constitutional Court in its judgment 140/2018 dismissed the
unconstitutionality appeal against the LO 1/2014 that gives new regulation to the jurisdiction of the Spanish
Fecha de recepción del trabajo: 12 de mayo de 2019. Fecha de aceptación de la versión final: 27 de mayo
de 2019
* Profesora Sustituta en el Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales,
acreditada como Contratada Doctora, Departamento de Derecho Público, Universidad de Oviedo. Correo
electrónico: vazquezbeatriz@uniovi.es. Miembro del Grupo de Investigación Consolidado de Der echo
Europeo de la Universidad de Oviedo (EURODER-UNIOVI-IDI/2018/000187). El presente trabajo se
enmarca en el proyecto de investigación "Obstáculos a la movilidad de personas en los nuevos esce narios
de la UE", DER2017-86017-R.
[37] REVISTA ELECTRÓNICA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (2019)
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DOI: 10.17103/reei.37.12
jurisdiction for the extraterritorial criminal repression of certain crimes. As the court itself acknowled ged
in its ruling, it was the first time it was required to demo nstrate the existence or nonexistence of a
constitutional model of extraterritorial exten sion of the Spanish criminal jurisdiction. Thus, the releva nce
of this pronouncement that sheds light on the cu rrent model of universal jurisdiction in Spain is
indisputable, however, this ruling is not without controversy and certainly poses difficulties with respect to
the commitment of Spain in the fight against impunity before serious violations of huma n rights.
PALABRAS CLAVES: Crímenes inter nacionales, impunidad, jurisdicción extraterritorial, jurisdicción
universal y derecho internacional, LO 1/2014, de 13 de marzo.
KEYWORDS: International crimes, impunity, extraterritor ial jurisdiction, universal jurisdiction and
international law, Organic Law 1/2014 of March 13.
I. INTRODUCCIÓN
No cabe duda de que el principio de “justicia universal” o “jurisdicción universal” es una
herramienta de indiscutible utilidad para combatir la impunidad de los crímenes
internacionales más graves. Como afirma M. Abad Castelos, "el principio de jurisdicción
universal surge porque hay una serie de delitos muy graves, crímenes, que por su
gravedad se aprecia que atentan contra la comunidad internacional en su conjunto, y por
tanto, aunque se plantee su persecución desde el plano interno, se abre o se extiende la
jurisdicción nacional, precisamente para compensar las deficiencias de la justicia
internacional, dado que es necesario luchar contra la impunidad”1. Sin embargo, su
alcance y límites ha generado importantes controversias tanto desde la perspectiva del
derecho internacional como del derecho comparado, lo que por un lado ha afectado a las
relaciones entre algunos Estados en la escena internacional y por otro ha supuesto intensos
debates sobre este principio por parte de la doctrina, convirtiéndose “en una categoría
jurídica que suscita un extraordinario grado de polémica y controversia”2.
Desde la perspectiva del derecho internacional3, no existe en la actualidad un régimen
jurídico internacional respecto del ejercicio de la jurisdicción universal que pueda
aplicarse con carácter general; no obstante, como afirma C. Escobar Hernández, existe un
amplio consenso sobre la existencia de dos tipos de jurisdicción universal que coexisten
pacíficamente y están en conformidad con el derecho internacional: la jurisdicción
1 ABAD CASTELOS, M., “La persecución restringida de los delitos que lesionan valores esenciales de la
Comunidad Internacional: ¿sigue existiendo la jurisdicción universal en España?, Revist a de Filosofía,
Derecho y Política, nº 15, 2012, pp. 69-70.
2 ROBLES CARRILLO, M., “El principio de jurisdicción universal: estado actual y perspectivas de
evolución, Revista española de derecho internacional, vol. 66, nº 2, 2014, p . 81.
3 Véanse: BOLLO AROCENA, M. D., Derecho Internacional Pena l. Estudio de los crímenes
internacionales y de las técnicas para su represión, ed. Universidad de País Vasco, Guipúzcoa, 2004;
SÁNCHEZ LEGIDO, A., Jurisdicción Universal Penal y Derecho Internacional, ed. Tirant Lo Blanch,
Valencia, 2004, pp. 1-399; JIMÉNEZ G ARCÍA, F., “Justicia universal e inmunidades estatales: Justicia o
impunidad: ¿Una encrucijada dualista para el Derecho Internacional?”, Anuario de derecho internacional,
XVIII, 2002, pp. 63-124; FERNÁNDEZ-FLORES DE FÚNES, J. L., “De la jurisdicción territorial a la
jurisdicción universal”, en: Soberanía del Estado y derecho internacional: homenaje al profesor Juan
Antonio Carrillo Salcedo / coord. por Marina Var gas Gómez-Urrutia, Ana Salinas de Frías; vol. 1, 2005,
pp. 569-574; OLLÉ SESÉ, M., Justicia Universal para Crímenes In ternacionales, La Ley, 2008.

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