Los juicios argentinos sobre los crímenes del franquismo

AuthorÁngel Sánchez Legido
PositionUniversidad de Castilla-La Mancha
Pages298-303

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  1. A través de una resolución con muy amplia repercusión mediática en nuestro país, la titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Buenos Aires, María Romilda Servini de Cubría, dictaba el pasado 30 de octubre de 2014 un auto por el que ordenaba la detención preventiva con fines de extradición de veinte ciudadanos españoles por su presunta implicación en graves violaciones de los derechos humanos acaecidas entre 1967 y 1976 bajo el régimen del General Franco y el primer Gobierno de la Transición (causa núm. 4.591/2010, caratulada Galvan Abascal Celso; Muñecas Aguilar; Giralte González, José Ignacio... Y otros s/ imposición de torturas..., disponible en http://file02.lavanguardia.com/2014/10/31/54418479029url.pdf).

    Entre los reclamados se encuentran varios miembros de la policía secreta encargada de la persecución de los movimientos de oposición al franquismo -la llamada Brigada Político-Social- por su presunta implicación en torturas y tentativas de homicidio contra opositores al régimen; un ginecólogo por su supuesta participación en el secuestro de un bebé en el hospital de la Línea de la Concepción en 1967; cuatro ex ministros franquistas -Antonio Carro Martínez, José Utrera Molina, Licinio de la Fuente de la Fuente y Antonio Barrera de Irimo, este último fallecido un mes antes de dictarse el auto- junto a un ex jurista militar participante en el Consejo de Guerra, por la condena a muerte del activista anarquista Salvador Puig Antich, ejecutado a garrote vil en 1974; otros dos ex ministros de Franco -José María Sánchez Ventura Pascual y Fernando Suárez González- y un jurista presuntamente implicados, junto a los ya mencionados Carro Martínez y Utrera Molina, en la condena a muerte de cinco presuntos miembros de ETA y el FRAP, fusilados en septiembre de 1975; y dos ministros del primer Gobierno de la transición todavía encabezado por Arias Navarro -Alfonso Osorio García y Rodolfo Martín Villa-, junto al capitán de la Policía Armada al mando, por su posible responsabilidad en la represión de una asamblea de trabajadores que se estaba desarrollando en una iglesia vitoriana en marzo de 1976, como resultado de la cual resultaron cinco trabajadores muertos y más de 150 heridos de bala.

    El citado auto se añadía al que poco más de un año antes, el 18 de septiembre de 2013, había emitido la misma juez solicitando la detención a efectos de extradición de un capitán de la guardia y civil y tres inspectores de la Brigada Política Social -de los cuales, sólo dos, Jesús Muñecas Aguilar y Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, seguían por entonces con vida- por su posible participación en prácticas de

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    torturas cometidas contra opositores al régimen franquista entre 1971 y 1975 (causa núm. 4591/2010, caratulada N. N. S/ genocidio, disponible en http://www.elclarin.cl/ images/pdf/Resolucionordenesdetencion.pdf).

  2. Las mencionadas resoluciones se enmarcan en las actuaciones abiertas por el citado Juzgado Federal a raíz de una querella presentada con ocasión del 67.º aniversario de la proclamación de la Segunda República Española por dos familiares de políticos socialistas ejecutados durante los primeros meses de la Guerra Civil, y por una decena de asociaciones memorialistas y de derechos humanos por detenciones, torturas, desaparición forzada, eliminación física, exilio y secuestro de menores cometidos a partir del 17 de julio de 1936 por los sublevados (disponible en http://www. Elclarin.cl/images/pdf/argentinaquerella.pdf). En ella, basándose ampliamente en citas textuales de los autos del Juzgado Central de Instrucción núm. 5 sobre los crímenes del franquismo, de 16 de octubre y de 18 de noviembre de 2008, y por sostener su comisión en el marco de un plan orientado a la destrucción y erradicación de los grupos disidentes mediante la eliminación física de sus integrantes, las citadas conductas eran calificadas como constitutivas de un delito de genocidio y, con carácter subsidiario, como crímenes de lesa humanidad (véase MESSUTI, A., «La querella argentina: la aplicación del principio de justicia universal al caso de las desapariciones forzadas», en escudero ALDAY, R. Y pérez GONZÁLEZ, C., Desapariciones forzadas, represión política y crímenes del franquismo, Madrid, Trotta, 2013, pp. 121 y ss.).

    La querella resultaría inadmitida en un primer momento por estimar la juez que, según el Derecho procesal argentino, el criterio del Ministerio...

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