James Judge, Ecuador
| Subject Matter | Propiedad,Protección judicial y garantías judiciales |
Difundiendo los estándares para la protección de los DDHH de la CIDH
Ficha de Resumen
|
|
||
|
James Judge, Ecuador |
|
|
James Judge |
|
|
Informe No. 44/17 |
|
|
Informe de Fondo (Publicación) |
|
|
23 de mayo de 2017 |
|
|
Informe No. 10/02 (Admisibilidad) Informe No. 45/16 |
|
|
Convención Americana sobre Derechos Humanos |
|
|
Artículos analizados declarados violados |
Artículos analizados no declarados violados |
|
|
Art. 1, art. 8, art. 25 |
Art. 21 (respecto de la supuesta violación del derecho de propiedad del señor Judge) |
|
|
|
||
|
El caso trata sobre las acciones judiciales presentadas por James Judge por la presunta violación de su derecho de propiedad, al haberse declarado como parte del patrimonio cultural de la nación una máscara que le fue cedida en el año 1969. Ante estos hechos, interpuso un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que fue declarado improcedente luego de cinco años. Posteriormente, presentó un recurso ante el Tribunal de Garantías Constitucionales que tras más de 23 años, no habría obtenido aún una resolución definitiva.
|
||
|
|
||
|
Propiedad, Protección judicial y garantías judiciales
|
||
|
|
||
|
En 1967, el Secretario General de la Casa de la Cultura Ecuatoriana emitió a favor del ingeniero Virgilio Vélez una autorización para que realizara trabajos de prospección en los yacimientos arqueológicos de la Isla de La Tolita, ubicada en la Provincia de Esmeraldas en Ecuador. La autorización establecía que era necesario pedir un nuevo permiso para realizar excavaciones y que se debía prescindir de los servicios de arqueólogos extranjeros, de modo que solo participaran arqueólogos ecuatorianos. A pesar de ello, en 1969, el señor James Judge, arqueólogo estadounidense que residía en Ecuador desde el año anterior, participó de las excavaciones que el equipo del ingeniero Vélez realizaba en La Tolita. Estas dieron como resultado el descubrimiento de restos arqueológicos, entre que se encontraba una máscara de oro con ojos móviles de platino (en adelante, la máscara). La máscara fue cedida al señor Judge mediante un acuerdo suscrito con el ingeniero Vélez el 20 de junio de 1969. En 1970, el señor Judge decidió depositar la máscara en el Banco Central de Ecuador por cuestiones de seguridad. Aparentemente, esta acción alertó al Estado de la existencia del objeto, pues el 25 de abril de 1975, se emitió el Decreto Supremo No. 320, el cual declaró patrimonio cultural de la nación a la máscara y adjudicó el derecho de propiedad sobre esta a la Casa de la Cultura Ecuatoriana. Esta norma suspendió, además, cualquier recurso o proceso sobre la propiedad de la misma que se encontrara en curso y desconoció la propiedad de terceros sobre la misma. Esto último implicaba la falta de asignación de una indemnización, ya que al no existir dueño previo, tampoco se trataba de una expropiación. Ante la emisión del Decreto, el señor Judge planteó dos recursos a nivel interno. Por un lado, el 22 de julio de 1980, interpuso una demanda ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo impugnando el Decreto Supremo No. 320. Por otro lado, el 12 de febrero de 1993, presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal de Garantías Constitucionales contra la misma norma. El primer recurso fue desestimado el 18 de marzo de 1985 debido a que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente para resolver el caso y el segundo, mediante la Resolución No. 248-95-CP de 27 de diciembre de 1995, también fue desestimado bajo el argumento de que no se había acreditado el derecho de propiedad sobre la máscara por parte del señor Judge. Esta última resolución derivó el caso a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Esta última decisión nunca fue notificada al señor Judge. No obstante, al enterarse de ella, presentó un escrito ante la Sala de lo Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (en adelante, Sala de lo Administrativo) para solicitar su revocación y pedir la declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto. Cabe precisar que el recurso fue presentado ante dicha instancia, toda vez que los casos conocidos por la Sala de lo Constitucional habían pasado de forma transitoria a esta Sala. Esto sucedió porque el Estado se encontraba en un proceso de reformas constitucionales, que culminaría con la desaparición del Tribunal de Garantías Constitucionales y la creación del Tribunal Constitucional ecuatoriano. La CIDH no contó con información sobre la respuesta frente a ese escrito. Para el año 2000, el señor Judge no habría obtenido una sentencia definitiva sobre su caso. Por ello, ese mismo año, presentó un escrito ante el Tribunal Constitucional, solicitando nuevamente reconocer la afectación de su derecho a la propiedad y la inconstitucionalidad del Decreto. De acuerdo al peticionario, el asunto no contaría con decisión... |
||
Get this document and AI-powered insights with a free trial of vLex and Vincent AI
Get Started for FreeUnlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations
Unlock full access with a free 7-day trial
Transform your legal research with vLex
-
Complete access to the largest collection of common law case law on one platform
-
Generate AI case summaries that instantly highlight key legal issues
-
Advanced search capabilities with precise filtering and sorting options
-
Comprehensive legal content with documents across 100+ jurisdictions
-
Trusted by 2 million professionals including top global firms
-
Access AI-Powered Research with Vincent AI: Natural language queries with verified citations