El inversor español ante la nueva situación jurídica de Bolivia y Ecuador en el centro internacional de arreglo de diferencias relativas a inversiones (CIADI)

AuthorFrancisco José Pascual Vives
Pages307-312

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  1. En los últimos años se viene desarrollando un singular proceso de cooperación política en Iberoamérica denominado Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA). Bajo un discurso de corte socialista, populista e indigenista patrocinado y liderado por la República Bolivariana de Venezuela, ciertos Estados centroamericanos y sudamericanos pretenden construir un marco de cooperación económica autónomo y alternativo al tradicional modelo de Bretton Woods, cuya base jurídica se articula en torno al Acuerdo para la aplicación del ALBA y los Tratados de Comercio entre los Pueblos celebrados el 29 de abril de 2006 por Bolivia, Cuba y Venezuela en la Ciudad de La Habana. Reunidos un año más tarde, los miembros del ALBA decidieron su retirada del Convenio de Washington de 1965 (Convenio CIADI) aduciendo que dicho sistema institucional representa una seria amenaza para el principio de igualdad soberana de los Estados.

    En el marco de este proceso no deben pasar desapercibidas dos decisiones recientes de Bolivia y Ecuador que confirman su desmarque de las instituciones financieras internacionales. El 2 de mayo de 2007 el Gobierno boliviano notificó oficialmente al Banco Mundial (BM) su decisión de denunciar el Convenio CIADI (ver ICSID News Release, 16 de mayo de 2007).

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    Unos meses después, el 23 de noviembre, Ecuador puso en conocimiento del BM que en adelante no someterá a su jurisdicción «las diferencias que surjan en materias relativas al tratamiento de una inversión, que se deriven de actividades económicas relativas al aprovechamiento de recursos naturales como petróleo, gas, minerales u otros» (ver ICSID News Release, 5 de diciembre de 2007).

    Ambos comportamientos presentan una naturaleza distinta desde la perspectiva del Derecho internacional público pero, en cualquier caso, podrían generar importantes consecuencias jurídicas sobre las empresas españolas titulares de inversiones en dichos Estados, especialmente en el ámbito de la exploración y la explotación de los recursos naturales. La presente nota tiene por objeto examinar tales repercusiones con arreglo a las normas generales sobre el Derecho de los Tratados que reglamentan tanto la aplicación del Convenio CIADI, como de los Acuerdos sobre la promoción y la protección recíproca de las inversiones (APPRI) celebrados por España con Bolivia (BOE núm. 247, 15 de octubre de 2002) y Ecuador (BOE núm. 86, 10 de abril de 1998).

  2. Bolivia firmó el Convenio CIADI el 3 de mayo de 1991, entrando éste en vigor tras el depósito de su instrumento de ratificación el 23 de julio de 1995. El APPRI celebrado por España y Bolivia entró en vigor a mediados del 2002 y vino a sustituir a un primer APPRI que ambas partes habían celebrado en abril de 1990 [ver United Nations Treaty Series, vol. 1683 (1992), p. 31]. No es de extrañar así que, precisamente durante el ejercicio 2002 y al calor de esta nueva relación bilateral, el volumen de las inversiones españolas en Bolivia alcanzara cerca de los 93 millones de euros, un máximo histórico en las relaciones entre ambos países. Dicha cifra cobra una verdadera importancia si se considera que en los últimos 14 años, siempre a la luz de los datos ofrecidos por la Secretaría de Estado española de Comercio Exterior (ver http:// datainvex.comercio.es), el montante total de las inversiones españolas en Bolivia ha superado ligeramente los 235 millones de euros. Sin embargo, los flujos inversores han estado marcados por los constantes cambios políticos experimentados en los últimos tiempos en Bolivia.

    En enero de 2006 Evo Morales Ayma fue proclamado presidente de Bolivia con un respaldo del 53,7 por 100 de la población, poniendo en marcha una profunda reforma política que tiene como finalidad última la promulgación de una nueva Constitución. En el plano económico, y desde la perspectiva de los intereses españoles, interesa destacar las consecuencias producidas por el Decreto Supremo número 28701 de nacionalización de los hidrocarburos [ver «Crónica de la política española», REDI, vol. LVIII (2006-I), pp. 528-531]. En virtud del mismo, la empresa petrolera estatal boliviana YPFB recuperó la propiedad de todos los yacimientos de hidrocarburos, obligando a que las compañías controladas por los inversores extranjeros, principalmente la brasileña Petrobras y la española Repsol YPF, renegociaran sus contratos de exploración y explotación. La decisión de nacionalizar los hidrocarburos generó un complejo litigio entre Repsol YPF y el Gobierno boliviano que incluso requirió las gestiones del...

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