Internet y Derecho Aplicable

AuthorSara L. Feldstein De Cárdenas
ProfessionAbogada, recibida en la Universidad de Buenos Aires, con diploma de honor y Doctora (U.B.A.) en el área Derecho Internacional Privado
Pages154-164
INTERNET Y DERECHO APLICABLE
Por Sara L. Feldstein de Cárdenas
”...Los progresos de la civilización, espiritualizan las instituciones, las desprenden de la materia, y
las trasladan al dominio de la inteligencia. Esta tendencia se manifiesta eminentemente cuando se
observan los actos jurídicos. Con tales actos una civilización adelantada se asocia inmediata y
principalmente a lo que es espiritual, a la voluntad, a la intención; no pide a la material sino lo que
es indispensable para descubrir y asegurar la voluntad. En las sociedades poco adelantadas era
preciso impresionar profundamente los sentidos para llegar al espíritu. La voluntad, como todo lo
que no tiene cuerpo, es impalpable, penetra en el pensamiento, desaparece y se modifica en un
instante. Para encadenarla era preciso revestirla de un cuerpo físico; pero ¿cuáles serán los actos
exteriores que darán a los actos jurídicos una forma sensible?...Los interrogantes y las
respuestas, y aquellas fórmulas austeras, precisas y muchas veces inmutables, expresadas en
alta voz, no dejaban duda alguna acerca de la voluntad, y grababan profundamente en el ánimo
las consecuencias del acto que se hacía o al cual cooperaban...”1.
I. INTRODUCCION
Peculiar, extraño lugar Internet2. Un ámbito inquietante, dinámico, fascinante, con marcada
vocación para eludir al derecho, en el que los habitantes del llamado espacio virtual, internautas,
mercaderes, pedófilos, científicos, usuarios, solitarios, jugadores, entre tantos otros, se exhiben,
se mueven fantasmágoricamente en una suerte de cambalache discepoliano.
El espacio cibernético, es una suerte de “microcosmos digital”3 de comunicación, donde las
distancias, las fronteras, las autoridades, las soberanías parecen desvanecerse. Constituye un
entorno fértil para el desarrollo de un fenómeno pleno de interactividad, que se presenta
caracterizado por la expansión de las comunicaciones, de la contracción de las distancias con
entidad suficiente para proporcionar conocimientos, servicios, entretenimientos. Sin embargo,
nadie puede ignorar que el cyberespacio no es espacio físico, un espacio territorial, sino un
espacio virtual; lo es en tanto y en cuanto le permite a cualquier persona acceder desde una
computadora libremente a la web.
No puedo soslayar que hablar de la net implica reconocer que en ella funcionan una serie de
protocolos de intercambio o de comunicación, entre ellos los protocolos e-mail y Web. Así como
cuandos dos personas se comunican, una habla, la otra se calla, bajan o aumentan el volumen de
la voz, manejan el mismo lenguaje, también en el ámbito de la informática sucede que
1 Nota al art. 973 del Código Civil Argentino donde el codificador cita a Ortolan.
2 “Nous avons beau enfler nos conceptions au-delà des espaces imaginables, nous nënfantons que des
atomes, au prix de la réalité des choses. C’est une sphère dont le centre est partout, la circonférence nulle
part”. Pascal, Les pensées. Pensée 72 de la Edición de Brunschvicg:”Disproportion de l´homme”.
3 A.E.PEREZ LUÑO. “Impactos sociales y jurídicos de Internet”. Universidad de Sevilla. España. 21/05/2001.
www.argumentos.us.es/numero 1/bluno.htm.
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FELDSTEIN - MEDINA - RODRIGUEZ - SCOTTI

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