Acuerdo de la Conferencia para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas sobre la participación interna de las Comunidades Autónomas en los asuntos comunitarios europeos a través de las Conferencias sectoriales

Document typeAcuerdo
CategoryMultilateral
SubjectAcuerdos de sede
  1. Las Administraciones presentes en la Conferencia para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas acordaron, en la reunión celebrada el día 29 de octubre de 1992, la institucionalización de la Conferencia para lograr un objetivo considerado fundamental: Acometer, con arreglo al principio de cooperación, la solución progresiva de las cuestiones que plantea la participación de las Comunidades Autónomas en la elaboración y aplicación del Derecho y las políticas comunitarias europeas.

    El apartado cuarto del Acuerdo de Institucionalización de la Conferencia determina que corresponde a la misma «el impulso y seguimiento del progresivo desarrollo del esquema de participación de las Comunidades Autónomas aplicable, a través de la respectiva Conferencia Sectorial o instrumento equivalente, en cada una de las políticas comunitarias que afecten a las competencias de aquéllas. El esquema comprenderá los procedimientos de cooperación para hacer efectiva la intervención y participación de las Comunidades Autónomas, tanto en la fase de definición de la posición española en los procesos de adopción de decisiones por las instituciones comunitarias, como en la fase de aplicación en nuestro país del Derecho comunitario y del contenido de las políticas comunitarias».

  2. Para el desarrollo de este cometido propio de la Conferencia, se ha estimado necesario establecer un procedimiento marco en el que se determine el contenido necesario de esa participación de las Comunidades Autónomas, tanto en lo que respecta a la fase ascendente como en lo relativo a la fase descendente.

    El contenido del presente Acuerdo se circunscribe a la dimensión interna de la participación, respondiendo a la línea de trabajo emprendida por la Conferencia y en consonancia con la moción aprobada al respecto por el Pleno del Senado, en su sesión de 28 de septiembre de 1994, sobre el estado de las Autonomías que, a su vez y en lo que respecta a la dimensión externa de la participación, señala como objetivo «el hacer factible que a partir de la práctica de la participación de las Comunidades Autónomas en cada Conferencia Sectorial, se genere la experiencia necesaria para articular, como elemento complementario de esa participación, la inclusión, cuando se considere procedente, de representantes de las Comunidades Autónomas o de expertos en la delegación española que acuda a debatir ante los organismos comunitarios sobre temas que incidan en competencias autonómicas».

  3. Considerando lo anterior, la Conferencia, en su reunión de 30 de noviembre de 1994, adopta el siguiente

    ACUERDO

  4. Principios generales

    Primero.-El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el contenido necesario de la participación de las Comunidades Autónomas en los asuntos comunitarios europeos a través de las Conferencias Sectoriales, determinando el procedimiento marco de cooperación que cada Conferencia Sectorial debe aplicar tanto en lo que respecta a la fase ascendente, de formación de la voluntad del Estado en el seno de la Unión Europea, como en la descendente de aplicación del Derecho comunitario europeo y de los actos de las instituciones.

    Segundo.-A efectos de lo establecido en este Acuerdo y siempre que no se...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT