La integralidad de los derechos humanos de las mujeres frente a la violencia de género

AuthorMaría Eugenia Espinosa
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Expreso sinceramente mi gratitud y aprecio por el doctor Roberto Bergalli, quien ha contribuido a la formación académica y a la práctica profesional de quienes hemos asumido, a partir de ello una actitud crítica y un compromiso conciente para transformar espacios de inequidad e injusticia social, y con ello formar parte del diseño de estrategias teóricas, académicas y políticas que nos permitan construir formas más equitativas y dignas de vida.

Hoy nos referiremos a la historia de los derechos humanos de las mujeres en plural, "pues la mujer en abstracto no tiene existencia histórica concreta en un tiempo y en un espacio... las mujeres son sujetos en lo individual y de manera colectiva, de una historia propia, una historia compleja, diversa y llena de contradicciones que sólo podrá conocerse con profundidad mediante un análisis que, sin pasar por alto su especificidad, las vincule con los procesos históricos globales" [Marcela Lagarde].1La historia de las mujeres mexicanas no ha sido ajena a las contradicciones y a las situaciones de desigualdad político-cultural y económico-social que viven el resto de las mujeres en el mundo, y que han limitado el disfrute de sus derechos fundamentales. Los acontecimientos históricos a nivel mundial demuestran que una de las primeras batallas que han librado las mujeres, ha sido, la búsqueda de su incorporación como género dentro de lo humano, para que la sociedad entera reconociera su calidad de humanas y de sujetas de derecho y con derechos.

No por otras razones, Maribel Pimentel, en su libro Tiempos de Violencia, menciona que las mujeres son convertidas física y emocionalmente en objetos, "y como los objetos no sienten ni tienen derechos, luego entonces, el acto violento no existe",2lo anterior se demuestra con muchas y muy diversas historias de vida en la que no sólo se les concibe como inferiores o se les desvaloriza en razón de su género, sino que por la gravedad de las formas en que se ejercen contra ellas diversas formas de violencia, pareciera que ni siquiera asumen una calidad de personas y son vistas como "cosas".

Esta situación evidencia que la discriminación, la desigualdad y la inequidad son incompatibles con la dignidad humana y con el bienestar de la sociedad, por ello, las circunstancias de pobreza, las deficiencias en la alimentación, la salud, la educación, la capacitación y las oportunidades de empleo son también faltas de equidad en el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Pero respecto al término de discriminación, existen diversas posturas teóricas, como la denominada de la "igualdad en la diferencia", la cual plantea que las diferencias pueden ser negativas y causar discriminación cuando responden a prejuicios o estereotipos; y otras positivas, por su connotación reivindicativa, que se denomina acciones positivas. Por ejemplo, cuando en ocasiones la ley dice que hombres y mujeres son iguales y que los

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trata en igualdad de condiciones, el resultado puede ser discriminatorio, por ello, se plantean políticas de diferenciación para la igualdad. Tratan diferente a quien se encuentra en situación de desigualdad para disminuir las distancias económicas, sociales, culturales y políticas. Las medidas que reconocen esa situación diferente, desigual e injusta y se adoptan para reducirla, se convierten en acciones afirmativas para compensar y remover barreras sociales, económicas, políticas, etc., que reproducen esas formas de discriminación. Estas acciones positivas o afirmativas tienen como finalidad lograr la equidad, se convierten en estrategias que establecen la igualdad de oportunidades por medio de medidas que permiten corregir las discriminaciones resultado de prácticas o sistemas sociales prejuiciados. Se dice en este sentido que hombres y mujeres son igualmente diferentes, pero reconocer las diferencias biológicas no debe tener como resultado legitimar los estereotipos de la desigualdad, sea ésta de género, laboral, social, o cualquier otra, sino asumir que diferente no significa desigual.

Otra concepción de igualdad y de equidad entre las personas se encuentra en la definición que hace la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), con base en el concepto de discriminación, el cual señala que es discriminatorio "todo trato que tenga por resultado la desigualdad y deje a una persona en posición inferior es discriminatorio aunque su objetivo haya sido la igualdad". En este sentido, Alda Facio señala que: "si reconocemos que las mujeres y los hombres vivimos en condiciones distintas y desiguales [...], es obvio que tendremos necesidades diferentes y por ende, una ley que parte de que somos iguales, que nos trata como si estuviéramos en igualdad de condiciones, no puede menos que tener efectos discriminatorios. Siempre habrá desigualdad cuando dos seres formados de acuerdo a una concepción de género que los hace desiguales, se enfrenten con una legislación ‘unisex’ que se pretende neutral en términos de género".3En este sentido, no podemos obviar que los derechos humanos de las mujeres revisten una connotación histórico-política y social, que no ha sido lo mismo declarar derechos que tener la posibilidad de ejercerlos y acceder a los mecanismos para su defensa, protección y promoción. Por ello, en la actualidad, los derechos humanos de las mujeres representan un logro en cuanto al reconocimiento de la diversidad y la heterogeneidad que implica, tanto la pertenencia a un género como a una etnia o a condiciones sociales y económicas prevalecientes dentro de un país u otro.

Algunas posturas teóricas proponen reconstruir el concepto de los derechos humanos para que sean las propias mujeres quienes describan y manifiesten las diferentes maneras en que se han visto sometidas, subordinadas, marginadas y excluidas de poder ejercer sus derechos, garantías y ciudadanía, asimismo, para que propongan los mecanismos, no sólo para transformar relaciones de desigualdad, sino para que por medio de una educación, de una cultura y de una socialización distinta puedan propiciar formas no violentas de relación, y contribuir a la construcción de una convivencia equitativa y democrática para todos los seres humanos.

Las mujeres mexicanas para adquirir plenitud en el goce de sus derechos han tenido que enfrentar diversas resistencias culturales y sociales, hechos de discriminación y violencia. Al luchar por la reivindicación de estos derechos no se busca identificarlas como víctimas y vulnerables, sino demostrar que las mujeres pueden transformar estas relaciones injustas, y que ellas, con su práctica social y política, pueden hacerlo, pero que esto no debe servir para olvidar los hechos de injusticia que han tenido que

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vivir y soportar al buscar que la sociedad y en particular, el género masculino respete sus diferencias y participe en la construcción de los mecanismos jurídicos e institucionales que promuevan, protejan y defiendan sus derechos humanos, sin que éstos sean vistos como meras concesiones o actitudes de buena voluntad sino como verdaderos actos de justicia, por ser precisamente humanos.

El proceso por el que han...

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