Report No. 11 (1984) IACHR. Case No. 9274 (Uruguay)

Report Number11
Case Number9274
Case TypeMerits
Respondent StateUruguay
CourtInter-American Comission of Human Rights
Alleged VictimVladimir Roslik, Esteban Balachir, Roman Klisov, Juan Chamalov, Pedro Marsceniok, Basilio Jacina, Gmorenki y Otros Tres

CAPITULO III

RESOLUCIONES RELATIVAS A CASOS INDIVIDUALES

RESOLUCION Nº 11/84
CASO Nº 9274 (URUGUAY)
3 de octubre de 1984

ANTECEDENTES:

1. Mediante comunicación cablegráfica de fecha 19 de abril de 1984, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos transmitió al Gobierno del Uruguay la siguiente denuncia recibida telefónicamente:

CASO 9274- COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS HA RECIBIDO SIGUIENTE DENUNCIA: "EN LA MADRUGADA DEL 15 DE ABRIL DE 1984 EN LA LOCALIDAD DE SAN JAVIER FUERON DETENIDAS DIEZ PERSONAS Y TRASLADADAS AL NOVENO REGIMIENTO DE CABALLERIA EN FRAY BENTOS. EL 16 DE ABRIL SE COMUNICO A LA ESPOSA DEL CIUDADANO Y MEDICO CIRUJANO VLADIMIR ROSLIK, QUE ESTE HABIA MUERTO. EL COMANDANTE EN JEFE DEL EJERCITO DIJO QUE EL SE[OR ROSLIK HABIA SIDO DETENIDO PARA AVERIGUACIONES Y QUE MURIO DE UN PARO CARDIACO. SE TEME POR LA SEGURIDAD DE LOS OTROS ARRESTADOS: ESTEBAN BALACHIR, ROMAN KLISOV, JUAN CHAMALOV, PEDRO MARSCENIOK, BASILIO JACINA, GMORENKI Y OTROS TRES MAS.

SOLICITAMOS A VUESTRA EXCELENCIA SE SIRVA SUMINISTRAR A LA BREVEDAD POSIBLE LA INFORMACION QUE ESTIME OPORTUNA. DESEAMOS MANIFESTAR A VUESTRA EXCELENCIA QUE AL TENOR DEL ARTICULO 31 DEL REGLAMENTO COMISION, PRESENTE SOLICITUD DE INFORMACION NO ENTRAÑA PREJUZGAR ADMISIBILIDAD DE LA DENUNCIA.

APROVECHO OPORTUNIDAD EXPRESAR VUESTRA EXCELENCIA TESTIMONIO DE MI MAS ALTA Y DISTINGUIDA CONSIDERACION.

CESAR SEPULVEDA EDMUNDO VARGAS CARRE[O

PRESIDENTE SECRETARIO EJECUTIVO

2. El día 8 de mayo de 1984, la Comisión remitió al gobierno uruguayo la siguiente información adicional recibida por parte de los denunciantes:

La muerte de Vladimir Roslik no se debió a causas naturales ni a un accidente durante un episodio de tortura.

Vladimir Roslik de 35 años, fue detenido el 14 de abril de 1984 por efectivos del ejército uruguayo y entregado dos días después muerto a su familia.

Días atrás se había conocido que una autopsia pedida por la familia y practicada por un equipo de médicos entre los que se contaban representantes de los familiares, confirmó que la muerte había sido producida por torturas. En la autopsia revelaron los denunciantes, se descubrió que el cadáver de Roslik presentaba agua en los pulmones y señales de asfixia por

inmersión, de donde se podía inferir que le habría sido practicada la tortura conocida como EL SUBMARINO, consistente en sumergir al detenido en tachos de agua.

Pero la gran cantidad de agua encontrada en los pulmones permitió confirmar que no se había tratado de un imprevisto acaecido durante una sesión de torturas --agregaron-- indicando que experiencias de otros casos de muerte a causa del SUBMARINO demuestran que nunca queda tal volumen de agua en los pulmones de la víctima.

La certeza de que la muerte obedeció a la tortura proviene de las conclusiones a las que arribaron los cinco médicos que practicaron la autopsia: los doctores Mojoli, Montauban, Burgel, Zuast y Laluz. Los facultativos coincidieron en que el cadáver del señor Vladimir Roslik presentaba inequívocas señales de haber sido sometido a diversas formas de violencia de severísima magnitud.

3. Durante el transcurso de los meses sucesivos, la Comisión continuó recibiendo otras comunicaciones de denuncia sobre los mismos hechos materia de la investigación. Asimismo, dado que el caso despertó mucho interés en los periódicos, se exhortó a la Comisión a requerir de las autoridades uruguayas "una urgente explicación pública y la realización de una exhaustiva investigación encaminada al establecimiento de las responsabilidades que correspondan".

4. El 16 de mayo de 1984, llegó a la Comisión la siguiente información escrita fundamentando la anterior denuncia telefónica, recibida de los denunciantes con respecto al arresto y muerte del doctor Roslik:

Se denuncia que el domingo 15 de abril de 1984 a las 4 horas a.m. aproximadamente, se hicieron presente en el domicilio sito en la Colonia San Javier (Río Negro, Uruguay) un comando militar (S.2) del Regimiento del 9 de Caballería de Fray Bentos, capital del departamento, a los efectos de detener a Vladimir Roslik.

El matrimonio se encontraba descansando con su hijo de 4 meses.

Al llamar a la puerta su esposo se levantó y procedió a abrir. Allí le comunicaron --el oficial encargado de la comisión-- que venían a detenerlo por averiguaciones.

El se vistió y sin ofrecer ninguna clase de resistencia fue encapuchado y conducido por los militares estando esposado.

Los efectivos militares hicieron una rápida revisión de la casa y preguntados qué buscaban, respondieron que venían para

saber si había armas. No encontraron nada y únicamente se llevaron el botiquín de Roslik, que era médico y ejercía en la localidad.

Más tarde al notar que Roslik no había llevado documentación, la señora se trasladó a la Comisaría y le entregó al oficial que había actuado en el procedimiento el documento de identidad de su esposo. Allí se le informó que los hechos que trataban de averiguar eran anteriores a 1980. Entonces expresó su preocupación porque en esa fecha había sido detenido su esposo, sometido a torturas en la misma unidad actuante y procesado por la Justicia Militar por el delito de Asistencia a la Asociación Subversiva.

El día lunes 16 de abril, a las 6 horas a.m. le avisaron por intermedio de la Comisaría que pasara a retirar el cuerpo de su esposo por el Hospital de Fray Bentos, pues había fallecido.

En el hospital le requirió al Dr. Sainz, médico del Cuartel de Fray Bentos, una explicación de lo sucedido sin que obtuviera alguna respuesta. Por información recibida de las enfermeras, se le dijo que su esposo había ingresado al hospital ya muerto. Allí se le practicó una autopsia a la cual responde el certificado de defunción.

De inmediato solicitó al Comandante una nueva autopsia realizada por médicos que le ofrecieran garantías, a lo que accedió. Habló entonces a Paysandú con el Dr. Jorge Burgel y se trasladó a Paysandú con el cuerpo de su esposo. La segunda autopsia practicada con autorización judicial se realizó en la morgue, habiendo intervenido el citado Dr. Burgel. A la fecha no tenía conocimiento de los resultados de la misma, pero sí sabía que se había levantado acta de la misma cuyo contenido era a la fecha reservado.

5. Una copia del Certificado de Defunción expedido por el médico militar Dr. Eduardo Sainz que certifica la causa del deceso como...

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