Report IACHR. Case No. 11.552 (Brasil)

Submitted Date26 March 2009
Respondent StateBrasil
Case TypeCases in the Court
CourtInter-American Comission of Human Rights
Alleged VictimJulia Gomes Lund y Otros (Guerrilha do Araguaia)
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en el caso de
J.G.L. y Otros (Guerrilha do Araguaia)
(Caso 11.552)
Contra la República Federativa de Brasil
DELEGADOS:
C.K.R., Comisionado
Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo
ASESORES:
E.A.
.
L.C.
.
M.L.
26 de marzo de 2009
1889 F Street, N.W.
Washington, D.C., 20006
2
I. INTRODUCCIÓN ..................................................................................... 3
II. OBJETO DE LA DEMANDA ................................................................... 4
III. REPRESENTACIÓN............................................................................... 6
IV. JURISDICCIÓN DE LA CORTE ............................................................... 6
V. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA...................................... 7
VI. FUNDAMENTOS DE HECHO................................................................ 12
VII. FUNDAMENTOS DE DERECHO ............................................................ 61
VIII. REPARACIONES Y COSTAS............................................................. 81
IX. CONCLUSIÓN ................................................................................... 90
X. PETITORIO ........................................................................................... 91
XI. RESPALDO PROBATORIO ................................................................... 92
3
DEMANDA DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS
ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CONTRA LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
CASO 11.552
J.G. LUND Y OTROS
(GUERRILHA DO ARAGUAIA)
I. INTRODUCCIÓN
1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”), somete ante la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) la
demanda en el caso número 11.552, J.G.L. y otros (Guerrilha do Araguaia), en
contra de la República Federativa de Brasil (en adelante “el Estado”, “el Estado brasileño” o
“Brasil”) por su responsabilidad en la detención arbitraria, tortura y desaparición forzada de
70 personas, entre miembros del Partido Comunista de Brasil (en adelante “Partido
Comunista do Brasil” o “PCdoB”) y campesinos de la región, (en adelante “las víctimas” o
“las víctimas desaparecidas”) (Infra párrs. 105 y 106), resultado de operaciones del
Ejército brasileño emprendidas entre 1972 y 1975 con el objeto de erradicar a la Guerrilha
do Araguaia, en el contexto de la dictadura militar de Brasil (1964 – 1985).
2. Asimismo, la CIDH somete el caso ante la Corte porque, en virtud de la Ley
Nº 6.683/79 (en adelante también “Ley de Amnistía”), promulgada por el gobierno militar
de Brasil, el Estado no llevó a cabo una investigación penal con el objeto de juzgar y
sancionar a las personas responsables de la desaparición forzada de 70 víctimas y la
ejecución extrajudicial de M.L.P. da Silva (en adelante “la persona ejecutada”),
cuyos restos mortales fueron encontrados e identificados el 14 de mayo de 19961; porque
los recursos judiciales de naturaleza civil con miras a obtener información sobre los hechos
no han sido efectivos para garantizar a los familiares de los desaparecidos y de la persona
ejecutada el acceso a información sobre la Guerrilha do Araguaia; porque las medidas
legislativas y administrativas adoptadas por el Estado han restringido indebidamente el
derecho de acceso a la información de los familiares; y porque la desaparición de las
víctimas, la ejecución de M.L.P.d.S., la impunidad de sus responsables y la
falta de acceso a la justicia, a la verdad y a la información, han afectado negativamente la
integridad personal de los familiares de los desaparecidos y de la persona ejecutada.
3. En relación con lo anterior, la Comisión solicita a la Corte que establezca la
responsabilidad internacional del Estado, el cual ha incumplido con sus obligaciones
internacionales al incurrir en la violación de los artículos 3 (derecho al reconocimiento de la
personalidad jurídica), 4 (derecho a la vida), 5 (derecho a la integridad personal), 7
1 CIDH, Informe No. 91/08 (fondo), 11.552, J.G.L. y otros (Guerrilha do Araguaia), Brasil, 31 de octubre de
2008, Apéndice 1, párr. 106.

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