INCOTERMS 2000

AuthorBeatriz Campuzano Díaz
Pages276-278

Page 276

  1. Los Incoterms (International Commercial Terms) son un conjunto de reglas elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional para la interpretación de los términos comerciales usados en los contratos de compraventa internacional (una referencia bastante amplia a los trabajos de la CCI puede encontrarse en F. de LY, «Uniform Commercial Law and International Self-Regulation», Diritto del commercio internazionale, 1997, págs. 522 y ss). Su primera versión se realizó en 1936, y posteriormente han sido revisados y ampliados en 1953, 1967, 1976, 1980, 1990 y 2000, con objeto de adaptarlos a las nuevas necesidades del comercio internacional.

  2. Los Incoterms regulan determinados derechos y obligaciones del comprador y vendedor relacionados con la entrega de las mercaderías, básicamente el lugar donde ésta se produce, quién debe contratar el transporte y realizar los trámites aduaneros, así como la transmisión de riesgos. E. Guardiola Sacarrera destaca que la presentación de los Incoterms ha sido denominada «el espejo», porque esos derechos y obligaciones se concretan en diez epígrafes referidos a cada una de las partes, estructurados en dos columnas paralelas que permiten establecer una rápida comparación (La compraventa internacional. Importaciones y exportaciones, Bosch, Barcelona, 1994, págs. 111-112).

    Se aplican en base al acuerdo de las partes contratantes. En este sentido, cabe reseñar que existen numerosas Sentencias en nuestro país que han reconocido la eficacia de tales pactos, por citar algunos ejemplos: Sentencias del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 1991 (ARJ 1991/3559), 3 de marzo de 1997 (ARJ 1997/1638), 31 de marzo de 1997 (ARJ 1997/2481), y 3 de octubre de 1997 (ARJ 1997/7406); Sentencias de la Audiencia Provincial de Navarra de 19 de diciembre de 1997 (AC 1997/2525) y 10 de marzo de 1999 (AC 1999/4281); y Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 31 de octubre de 1997 (AC 1997/2063) (Para un análisis de esta última Sentencia y de las relaciones de los Incoterms con las normas sobre transmisión de riesgos en el Convenio de Viena de 11 de abril de 1980, vid. F. Oliva Blázquez, La transmisión del riesgo en la compraventa internacional de mercaderías, tirant lo blanch, Valencia, 2000, págs. 120 y ss.)

    No obstante, entendemos que cabría alegar también su aplicación fundamentándose en las prácticas previas existentes entre los contratantes o usos aplicables (así opina igualmente G. Jiménez (ed.), Incoterms 1990...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT