III. Orden, legitimidad y licitud histórico-políticas

Pages57-102
AuthorFrancisco Javier González Martín
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III
Orden, legitimidad y licitud histórico-políticas
El orden es un marco, un sistema y un entorno, pero antes de referir-
nos a las modalidades o tipología, cabe especificar que el orden no solo es
lo que nos rodea, sino lo que nos confiere una garantía de seguridad en la
que no solemos pensar. Puede ser flexible o inflexible, pero en cualquier
caso el ordo, debe buscar y ser adaptable, con principios que garanticen su
continuidad que es como exponer también su adaptabilidad para que no
perezca. Ciertamente nos viene dado, se trata de una sensación de pro-
tección o por contra de ahogo, una situación lo suficientemente genérica
con el que estamos identificados (los valores que conforman esa vida del
Derecho) o por el contrario a disgusto, porque no existe una identifica-
ción o creemos que es injusto, depravado, abusivo corrupto, gastado. Un
orden tanto en su sentido intangible (donde se comparten valores, princi-
pios o podemos convivir con ellos, aunque no los hagamos nuestros) tan-
gible (leyes, instituciones, modelo político de convivencia) lo abarca todo,
incluye no solo una normativa, sino algo que suponga una aceptación o
identidad con cierta psicología colectiva. Ineludiblemente debe estar res-
paldado jurídicamente en lo que convenimos es un orden justo, por ejem-
plo, de garantías constitucionales, que tienen proyección y cumplimiento
real. Aparte podemos hablar de orden burgués, el de las ideas, ideológi-
co-político, social, económico, político. El concepto tiende a conferir su
significado a otras entidades o circunstancias más pequeñas. De hecho, el
organicismo, el krausismo son teorías que defienden un sistema vivo, un
Francisco Javier González Martín
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orden biológico u organicista, en el que cada parte que lo compone tiene
funciones específicas. El orden legal tiene que ser una situación aceptada
por una mayoría, que debe mostrar su voluntad no ajena a los principios
de soberanía y que, identifique garantías de justicia, equidad al menos en
un clima de preponderancia del Derecho, y no de los “derechos”; pero no
porque haya sido votado o elegido, sino porque sea capaz de demostrar su
cumplimiento y digna supervivencia.
Un sistema que se corrompe a si mismo muestra su incapacidad para
mantener criterios de convivencia, la legitimidad institucional salta por los
aires si se carece de garantías, si los abusos o los acosos no se frenan. Es una
situación en donde cada una de las partes se impone al todo, como algu-
nos partidos quieren apoderarse de esa totalidad, subvirtiendo el orden.
No hace falta un golpe de estado declarado, se puede hacer volviendo del
revés instituciones, principios jurídicos y todo tipo de veleidades, con com-
portamientos sectarios que solo benefician un partido, facción o grupo de
partidos, al margen de toda legalidad inicial. Esa situación genera un vacío
de poder real, un enfrentamiento, persecuciones, toda una serie de ilicitu-
des, que pasan por legales como subterfugio. Una república es un modelo
político de orden, un sistema de participación de origen romano, que no
debe afectar al Estado-Nación, es solo un régimen como podía ser otro,
su legitimidad estriba en su aceptación, su funcionalidad, su capacidad de
justicia, su flexibilidad y su duración. Así duró la republica romana, unos
quinientos años (509-27 aC), la república española, solo cinco, porque
se basó en el predominio de unos cuantos revolucionarios sobre el resto,
como ocurrió en la revolución francesa, patrón del partidismo o partido-
cracia. Cuando un sistema, situación o un orden se vuelve excesivamente
ideológico, se corre el riesgo de subvertir igualmente el modelo de convi-
vencia, anteponiendo lo ideológico a lo jurídico, se cae en el sectarismo,
el arribismo y la ilegitimidad y se desprotegen las garantías jurídicas, con
lo que la supuesta legalidad, entendida como aceptación soberana -si bien
esta puede ser alterada o manipulada, a modo de aceptación pasiva, por
imposición- queda dañada, cuando no destruida, desde dentro, no hace
falta que vengan a hacerlo desde fuera, supuestos enemigos externos. Al
analizar el fenómeno del estallido de una guerra civil, es decir no del 36
solo sino de cualquier otra y en la medida de cómo acontece, en cualquier
caso, cabe hablar de factores internos relativos a un orden roto, lo ocurri-
do en España es un hecho más.
El conflicto civil armado. Concepto, historia y modernidad
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La república quiso poner el suyo desde antes de 1930, conspirando,
alterando el orden anterior, buscando sustituir a la Monarquía. En Rusia
fue la revolución fue la que trajo una nueva situación. La república fue
un resultado de la revolución y la guerra civil, fue un proceso inverso. En
la Finlandia de Ernest Linder y Gustav Mannerheim el gobierno provisio-
nal anticomunista se volvió contra los soviéticos, estableciendo su orden
defendiéndose de los rusos bolcheviques. En Polonia ocurrió lo mismo y
también en las repúblicas bálticas, no es que no quisieran ser rusos, aparte
de su entidad como naciones independientes o intentar recuperar su his-
toria, es que no querían ser comunistas.
La idea de ruptura pertenece a una situación en la que un modelo de
orden es sustituido por otro, sea legal o no. La legalidad es un tema que
deriva de una situación de fuerza más que de un acto de sufragio, lo que
da garantías de supervivencia no es otra cosa que el orden identificado con
una convivencia sin rupturas. Se trata de un estado de inestabilidad. Un
conflicto armado es el resultado de una serie de crisis, no de una sola y des-
de luego acude o acontece al fin de ese binomio legalidad-legitimidad que
tiende a desaparecer, por la misma razón, es como cuestionar la licitud de
lo viejo frente a lo nuevo. Pues, las alteraciones producidas en una época
revolucionaria tienden a sustituir desde dentro y desde fuera a ese sistema
que se viene abajo cuando choca con una situación joven, distinta y más
vigorosa. Algo que motiva la aparición de otro modelo de orden o siste-
ma, pretendidamente nuevo y se manifieste opuesto e incluso derivado del
mismo hacia posturas divergentes. Es decir, desde el descontento popular,
con el crecimiento de una opinión pública, al surgir de una contestación
que no satisface a una mayoría y que se deja convencer para ejercer accio-
nes subversivas. Se trata de un ámbito donde existe ausencia de autoridad
o la dualidad caos-desorden es imperativa provocada por la radicalización
de problemas sin resolver, por la incapacidad de los gobernantes.
Un conflicto civil no viene solo ni acontece sin más, sino que trae con-
sigo multitud de elementos tangibles e intangibles en sus causas (a largo,
medio y corto plazo), bien como contenidos psicológicos que tienden a
combinarse con una lógica interna en relación con otros elementos de na-
turaleza antropológica o como contenidos que conforman su estructura.
Naturalmente estos contenidos y mecanismos tienen relación con un en-
torno donde surgen figuras o conceptos adaptados a la lógica del conflicto
civil. En particular en tanto derivación o resultado de una serie de circuns-

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