Igualitarismo de la suerte y asignación universal por hijo
Author | Facundo García Valverde |
Position | Universidad de Buenos Aires ? CONICET |
Pages | 217-235 |
Revista inteRnacional de Pensamiento Político - i ÉPoca - vol. 10 - 2015 - [217-235] - issn 1885-589X
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IGUALITARISMO DE LA SUERTE Y
ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO
LUCK EGALITARIANISM AND UNIVERSAL ALLOCATION PER
CHILD
Facundo García Valverde
Universidad de Buenos Aires – CONICET
fgarciavalverde@gmail.com
Recibido: julio de 2015
Aceptado: diciembre de 2015
Palabras claves: Desarrollo social, mitigacion de la pobreza, programas de acción
Keywords: Social development, poverty mitigation, action programs
Resumen: Este artículo identica la lógica normativa interna de los princi-
pios generales y de aplicación de la Asignación Universal por Hijo, la trans-
ferencia monetaria condicionada más importante de Argentina. A través del
análisis de su justicación general y de sus reglas operativas, se muestra
que tanto las condicionalidades como su fuente de nanciación son exigi-
das por el Igualitarismo de la Suerte como forma de mitigar el impacto de la
suerte y asegurar que las desigualdades económicas y sociales dependan
de elecciones individuales. El carácter monista con el que el Igualitarismo
de la Suerte concibe a la igualdad de oportunidades permitirá explicar los
diversos problemas morales que acarrea la AUH y señalar algunas guías
igualitaristas para su eventual modicación.
Abstract: This paper identies the internal normative rationale that justies
the general principles and the operative rules of the Asignación Universal
por Hijo, the largest conditional cash transfer in Argentina. The analysis of
its general justication and its practical rules will show that both its conditio-
nalities and funding are demanded by Luck Egalitarianism as a way of miti-
gating the impact of pure luck and guaranteeing that social and economic
inequalities arise only from individual choices. The monist perspective that
Luck Egalitarianism adopts regarding equality of opportunities will explain
the different moral concerns that the AUH carries and it will indicate some
egalitarian guidelines for its eventual modication.
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1. Introducción
La Asignación Universal por Hijo (AUH, de
aquí en adelante) benecia a 3.500.000
de niños, otorgando a sus padres recur-
sos destinados a su escolarización y al
cuidado básico de su salud. Gracias a su
masividad y rápida implementación, esta
política de inclusión a la seguridad social
se ha convertido en una política central en
la mitigación de la indigencia, la pobreza
y su transmisión intergeneracional. Debi-
do a la ausencia y desconanza justica-
da en las estadísticas ociales del estado
argentino, no existe consenso sobre sus
efectos luego de cinco años de implemen-
tada, No obstante, las mediciones y simu-
laciones estadísticas de distintos estudios
académicos muestran que la AUH no sólo
aumenta el consumo y mejora los índices
nutricionales de las poblaciones vulnera-
bles; también produce caídas importantes
en los niveles de indigencia, moderadas o
escasas en los niveles de pobreza y que
aumenta la tasa de retención en las ins-
tituciones educativas aunque no mejora
considerablemente la inscripción1.
Dada la importancia y alcance de esta po-
lítica social, es importante evaluar la jus-
ticación normativa y losóca tanto de
sus principios implícitos como de sus re-
glas operativas y de aplicación. ¿Es, como
sostienen los documentos ociales, real-
mente una política de corte universalista y
preocupada por la desigualdad de géne-
ro? ¿Puede la AUH asegurar iguales opor-
tunidades para los niños, independien-
temente de la condición laboral de sus
1. Lo Vuolo (2011: 211-2) pasa revista a varios
de estos estudios, cuyas cifras oscilan signica-
tivamente: la pobreza podría reducirse desde un
55 % hasta un 4% y la indigencia desde un 70%
hasta un 11%.
padres? ¿Es equitativo su nanciamiento
o, por el contrario, obliga arbitrariamen-
te a los trabajadores formales a nanciar
el costo de vida de los desocupados y los
trabajadores informales? ¿La AUH habilita
juicios paternalistas por parte del Estado
respecto de cómo los pobres deberían
invertir sus escasos recursos? ¿Implica la
AUH una clasicación de los pobres en
“merecedores” y “no merecedores”?
Si bien la aproximación a estas preguntas
será realizada en base a argumentos de
losofía práctica, considero que su rele-
vancia dista de ser puramente teórica. A
pesar de su frágil apoyo legal pero consi-
derable grado de aceptabilidad social, la
AUH probablemente permanecerá allen-
de lo que ocurra en las próximas eleccio-
nes generales argentinas. Dada esta per-
manencia, es importante poder reconocer
su lógica normativa interna y, en el caso
en que está sea problemática, considerar
si existen implementaciones alternativas
que carezcan de estos problemas o si
debe ser complementada con otros enfo-
ques o principios normativos.
Este artículo identica una lógica norma-
tiva interna a la AUH y, a partir de ella,
ofrece diversas respuestas a las pregun-
tas planteadas. Como se mostrará, esta
política opera con un doble proceso de
inclusión y exclusión de sus beneciarios,
donde el criterio para la inclusión o la ex-
clusión es si la desventaja del trabajador
informal o desocupado se debe a una
elección o a una circunstancia azarosa.
Esta distinción, común a las Transferen-
cias Monetarias Condicionadas, no sólo
es compatible con el Igualitarismo de la
Suerte, una corriente post-rawlsiana del
liberalismo igualitario. Las distintas con-
dicionalidades de la AUH, su fuente de
nanciamiento y los tratos desiguales que
implica son exigidos por el Igualitarismo
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