De los hombres: libres, esclavos, ingenuos, libertinos, romanos, latinos y peregrinos

AuthorFrancisco Samper
Pages21-31

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III De la condición de los hombres
  1. En primer lugar, la división generalmente aceptada como principal en lo relativo a la posición de las personas es ésta: todos los hombres son o bien libres, o bien esclavos.

  2. A su vez, entre los hombres libres los hay ingenuos y los hay libertinos.

  3. Ingenuos son los que nacieron libres. Libertinos los que fueron manumitidos de una esclavitud lícita.

  4. Entre los libertinos se distinguen tres géneros: pues bien son ciudadanos romanos, bien latinos, o bien pertenecen al grupo de los dediticios; es decir, de los que se rindieron a Roma. Veamos acerca de cada uno de ellos, y en primer lugar, consideremos a los dediticios.

IV De los dediticios y de la ley Elia Sentia
  1. La ley Elia Sentia ordena que los esclavos castigados a cárcel por sus dueños, los marcados con estigmas, los que con motivo de un delito han sido puestos al tormento y convictos de ese delito, los entregados para luchar con armas o contra las fieras, y los que fueron lanzados al circo o a la prisión, cuando, posteriormente, aquel mismo dueño u otro los manumite, sean hombres libres de la misma condición que los extranjeros dediticios.

V De los peregrinos dediticios

14 Se llaman peregrinos dediticios quienes en tiempos anteriores lucharon contra el pueblo romano a mano armada y luego, vencidos, se entregaron incondicionalmente.

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  1. De manera que a los que son esclavos por tal ignominiosa causa, aunque estuvieran bajo el pleno dominio de sus amos, manumitidos después, no importa de qué modo ni a qué edad, nunca los consideraremos ciudadanos romanos o latinos, sino que los situaremos en el género de los dediticios.

  2. Mas si el esclavo no se encuentra en tal deshonra, diremos que con la manumisión se convierte ora en ciudadano romano, ora en latino.

  3. Respecto de él, tres condiciones han de cumplirse, a saber que sea mayor de treinta años, que esté en propiedad civil de su amo, y que sea liberado por una justa y legítima manumisión, esto es, por la vara ritual o vindicta, por su inclusión en el censo o bien por testamento. Así es como se hace ciudadano romano; y en caso de que faltara alguna de esas condiciones, se hará latino.

VI De la manumision, o de la aprobacion de la causa
  1. Lo que se...

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