La auditoría ambiental como una herramienta de gestión en la mitigación de la problemática medioambiental, vínculo con el derecho administrativo sancionador, actualidad cubana

AuthorAlcides Francisco Antúnez Sánchez.

Reseña histórica del tracto administrativo-jurídico de la auditoría en cuba En el siglo XVIII la función de la auditoría y el control fue asumida por la metrópoli española en la situación de colonia de España en que se encontraba Cuba. Otra parte de nuestra historia recoge que en nuestras luchas por la soberanía nacional, fue el Brigadier Domingo Méndez Capote el primer Auditor General del Ejército Libertador en Cuba, quien ejerciera esta función pública bajo la dominación de la metrópoli. Para el año 1764 la administración relacionada con las finanzas públicas estaba constituida por la intendencia de Hacienda y el Tribunal de Cuentas, sobre los cuales recaen las funciones de la percepción, los registros contables y la vigilancia del cumplimiento de las rentas así como los recursos públicos. Entre los años 1790 y 1837, se manifiesta una tendencia a la formación y constitución de los organismos técnicos económicos del país, dando lugar a una organización verdaderamente estatal. La creación del Consejo de la Administración en 1861, en la que participaba el Intendente General de Hacienda y el Presidente del Tribunal de Cuentas, fue un paso importante en el fortalecimiento de los mecanismos de control. Las posteriores reformas establecieron nuevos sistemas de contabilidad, rentas y la regularización en la formación de los presupuestos, lo que debía funcionar bajo la vigilancia y la supervisión del Gobierno Superior Civil, una especie de poder ejecutivo, dirigido por el Gobernador General y estructurado por los intendentes, el Fiscal de la Real Audiencia y el Presidente del Tribunal de Cuentas. En 1909 al promulgarse el Decreto No. 78 “Ley del Poder Ejecutivo”, el 12 de enero de ese año y durante una parte importante de la etapa republicana, la función de fiscalización fue ejercida por el Interventor General de la República, el cual era nombrado por el Presidente de la nación y se subordinaba directamente al Ministro de Hacienda. Correspondió al Interventor General recibir, examinar e interesarse de las cuentas generales de ingresos y gastos del Estado, así como certificar sus saldos para su remisión al Ministro de Hacienda, entre otras funciones. La Ley quiso hacer de este cargo un verdadero fiscal de las operaciones económicas del Estado, proveyendo al Interventor de los medios de información y comprobación necesaria para el cumplimiento de su misión. En el año 1940, en la Constitución de la República, se establece el Tribunal de Cuentas como la entidad fiscalizadora superior, con una más amplia jurisdicción que la que ejercía el Interventor General, sin embargo, por diferentes razones demora su creación por disposición legal hasta el 1950. Que con la fundación del Banco Nacional de Cuba en el año 1948, se le conceden entre sus atribuciones, la fiscalización de todas las entidades bancarias establecidas en el país. Período de antes del año 1959 En los primeros años de constituida la República, a través del Decreto No. 78 del 1909 se crea la figura para la fiscalización del Interventor General de la República, designada esta por el Presidente de la República de Cuba. Con posterioridad esta fiscalización recayó en el MINISTERIO DE HACIENDA, creado por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del año 1909, con el amparo de lo que se establecía en la Constitución de 1940 como ya citábamos anteriormente. En el año 1950, de acuerdo con la Constitución, se crea un órgano denominado TRIBUNAL DE CUENTAS, con las funciones de fiscalización al patrimonio, a los ingresos y los gastos del Estado y de los organismos autónomos, y a la ejecución de los presupuestos del Estado, de las provincias y de los municipios; así como asegurar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones relativas a los impuestos, derechos y contribuciones, sin perjuicio de las facultades y atribuciones que se confieren al Ministerio de Hacienda, por su carácter autónomo e independiente en teoría, aunque rendía cuentas al Poder Ejecutivo y al Congreso. Ya en el año 1953, se celebra en La Habana, el 1er Congreso Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores, y con ello la constitución de la Organización Internacional de Entidades de Fiscalización Superior (INTOSAI). Período desde el año 1959 hasta 1978 En enero de 1959, con el cambio de la estructura económica del país, no se considera necesario mantener el Tribunal de Cuentas, cesando en sus funciones en el año 1960. Ya en el 1961, el Ministerio de Hacienda, al promulgarse la Ley No. 943, relativa a la comprobación de gastos del Estado, es creada la DIRECCION DE COMPROBACION, con el encargo de cumplir la actividad de fiscalización. A finales de 1965 al disolver este Ministerio de Hacienda y con la decisión del Estado de pasar sus funciones más importantes al Banco Nacional de Cuba, entre estas las de la Dirección de Comprobación, perdura en el tiempo hasta el año 1967. Ya con posterioridad en el año 1976 dentro del período de institucionalización , es a través de la Ley 1323, donde se crea el Comité Estatal de Finanzas, que incluye la Dirección de Comprobación, quien entre sus funciones tuvo la de ejercitar la auditoría estatal. En la Constitución Cubana, se dispone en su artículo 10, y cito: " todos los órganos del Estado, sus dirigentes, funcionarios y empleados, actúan dentro de los límites de sus respectivas competencias y tienen la obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad " . Por lo que como organismo parte de esta Administración Central del Estado, y de este actuar para la Administración Pública ejerce la función llamada de policía, al ejercitar acciones de control sobre las restantes instituciones estatales que son parte de estos Organismos de la Administración Estatal, refrendadas como citáramos en el párrafo anterior en nuestro texto constitucional, y de forma ya particular en los Decretos Leyes no. 67 y 147 respectivamente. Período desde el año 1979 hasta el 2011 Hay que señalar que dentro del término de tiempo de los años del período de la institucionalización en el país no ocurren cambios significativos a señalar, y es a partir de los años 1985 hasta el 1993, donde se realizan estudios relacionados con la forma más conveniente de implementar y fortalecer los mecanismos de control incluida la auditoría, así como la creación de un órgano de fiscalización superior. Y es en el año 1990 donde se gestan las primeras ideas para la realización del Control Gubernamental con la participación de los organismos rectores existentes en aquel momento y las funciones de la Comisión de Control Gubernamental. Ya para el año 1994, como parte del perfeccionamiento de la administración estatal, se decide la extinción del Comité Estatal de Finanzas, asumiendo sus funciones, el actual Ministerio de Finanzas y Precios, en cumplimiento del Decreto Ley No. 147 del 21 de abril de 1994, “De la Reorganización de los Órganos de la Administración Central del Estado”. Posteriormente por el Acuerdo 2914, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, del 30 de Mayo de 1995, se crea la Oficina Nacional de Auditoría, adscrita al citado Ministerio de Finanzas y Precios, la que se constituye como Órgano de Fiscalización Superior del país con el objetivo de ejecutar las funciones que, con relación a esta materia, le fueron asignadas al Ministerio de Finanzas y Precios. Un año más tarde, el 8 de junio de 1995 se aprueba el Decreto Ley No. 159 “De la Auditoría”, el que declara como tarea fundamental del Estado el fortalecimiento del control económico y administrativo de las entidades dirigida a prevenir el uso indebido de los recursos, la disciplina y la responsabilidad, lograr la máxima transparencia en la información económica-contable así como verificar la honestidad de personas naturales y jurídicas en la administración de los recursos del Estado. Para lograr un mayor nivel de independencia y autonomía, las disposiciones especiales del mencionado Decreto Ley, establecen que las unidades de auditoría, y en su defecto los auditores, cualquiera que sea la organización adoptada, estarán subordinados, directamente, a su máximo nivel de dirección. Dicha formulación explicita constituyó un reforzamiento de la autoridad de la auditoría. Durante los años 1999 y 2000 continúan los estudios para una propuesta de un órgano independiente que sobre la base de la experiencia alcanzada, que fuera capaz de cumplir con mayor efectividad la actividad de control y se adapte, atendiendo a las características propias de nuestro país, a las concepciones vigentes a nivel mundial. Con el desarrollo alcanzado en el control económico y administrativo, en la fiscalización superior desde la creación de la Oficina Nacional de Auditoría, como un órgano adscrito al Ministerio de Finanzas y Precios, determinó la creación del Ministerio de Auditoría y Control, el que fue sustituido por la actual Contraloría General de la República. El tema tiene como objetivo básico particularizar sobre la figura de la auditoria ambiental como tipo, la que ya la encontramos establecida en la legislación cubana en el Reglamento de la Contraloría de la República de Cuba , a ejercitarse por el órgano de control con encargo estatal, bajo el fuero de la letra de la Ley de nuestro derecho positivo. El Decreto Ley no. 159, Ley de la auditoría en Cuba, norma jurídico administrativa que entró a regular el ejercicio de la auditoría través de las acciones de control que ejecutó en su momento la Oficina Nacional de Auditoría; con la creación el 25 de abril del 2001, a través del Decreto Ley número 219, del ya extinto Ministerio de Auditoría y Control, como un Organismo de la Administración Central del Estado y del gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y el Control Gubernamental; quien entra dentro de la Administración Pública cubana a regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente el Sistema Nacional de Auditoría. “El Ministerio de Auditoría y Control en su período de tiempo...

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