Decisión del Panel Administrativo nº D2018-0026 of WIPO Arbitration and Mediation Center, March 09, 2018 (case Helena Revoredo Delvecchio, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. v. Whois Privado, helenarevoredo.com / Raquel Nieto Mena)

Resolution DateMarch 09, 2018
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionComplaint denied
DominioGeneric Domains

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL PANEL ADMINISTRATIVO

Helena Revoredo Delvecchio, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. c. Raquel Nieto Mena

Caso No. D2018-0026

1. Las Partes

La Demandante es Helena Revoredo Delvecchio, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., con domicilio en Madrid, España, representada por UBILIBET, España.

La Demandada es Raquel Nieto Mena, con domicilio en Leganés, Madrid, España, representada por Avelino Arroyo Álvarez, Leganés, Madrid, España.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio [helenarevoredo.com] (el “nombre de dominio en disputa”).

El Registrador del nombre de dominio en disputa es Arsys Internet, S.L. dba NICLINE.COM.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 8 de enero de 2018. El 8 de enero de 2018 el Centro envió a Arsys Internet, S.L. dba NICLINE.COM por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 10 de enero de 2018, el Registrador envió al Centro, por correo electrónico, su respuesta develando el registrante y los datos de contacto del nombre de dominio en disputa los cuales difieren del nombre del demandado y los datos de contacto señalados en la Demanda. El Centro envió una comunicación electrónica a la Demandante en fecha 10 de enero de 2018 suministrando el registrante y los datos de contacto develados por el Registrador, e invitando a la Demandante a realizar una enmienda a la Demanda. El Centro envió además en fecha 11 de enero de 2018 una petición de aclaración. La Demandante presentó una Demanda enmendada en fecha 12 de enero de 2018. El Centro verificó que la Demanda junto con la Demanda enmendada (ambos documentos referidos como “la Demanda”) cumplían los requisitos formales de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (la “Política”), el Reglamento de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).

De conformidad con los párrafos 2 y 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda a la Demandada, dando comienzo al procedimiento el 12 de enero de 2018. De conformidad con el párrafo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 1 de febrero de 2018. El Escrito de Contestación a la Demanda fue presentado ante el Centro el 27 de enero de 2018.

El Centro nombró a Reyes Campello Estebaranz como miembro único del Grupo Administrativo de Expertos el día 22 de febrero de 2018. La Experta considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento. La Experta ha presentado la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, tal y como solicitó el Centro de conformidad con el párrafo 7 del Reglamento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante es una persona física de nacionalidad argentino-española, que ostenta desde 2004 el cargo de presidenta y desde 1997 el cargo de consejera dominical de la mercantil española Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (en adelante, “Prosegur”). Además, es Presidenta de la Fundación Prosegur desde 1997, Presidenta de Euroforum desde 2004, Consejera de Mediaset España Comunicación desde 2009 y Consejera de Endesa Energía desde 2014.

Prosegur es una empresa que opera en el sector de la seguridad privada desde 1976, con presencia tanto en España como a nivel internacional en diversos países, más de 168.000 trabajadores y tres líneas de negocio que se identifican como “prosegur alarmas”, “prosegur seguridad” y “prosegur cash”.

Prosegur opera en el mercado a través de diversas marcas que contienen o consisten en la denominación “prosegur”. En cambio, ninguna de estas marcas incluye el nombre de su presidenta “Helena Revoredo”.

El nombre de dominio en disputa [helenarevoredo.com] fue registrado el 30 de octubre de 2017 por la Demandada, ocultando sus datos mediante WhoIs Privado. En el momento de presentación de la Demanda, el nombre de dominio en disputa se encuentra sin contenido.

La Demandada trabaja para un sindicato de trabajadores de la empresa...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT